ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decisión Administrativa 637/2010

Dase por incorporado el cargo de Director Ejecutivo de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Evaluación de la Educación Argentina a la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477/98.

Bs. As., 6/9/2010

VISTO la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, y el Decreto Nº 957 del 23 de julio de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 477/98 se constituye el Gabinete de los señores Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, Jefe de la Casa Militar, Procurador del Tesoro de la Nación y el Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el que estará integrado con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas, que se detallan en la planilla Anexa a la mismaQue por el Decreto Nº 957/09 se creó, en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con dependencia directa de la señora Presidenta de la Nación, la UNIDAD DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Y EVALUACION DE LA EDUCACION ARGENTINA.

Que la mencionada unidad, estará a cargo de un Director Ejecutivo, designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que en esta instancia, y en atención a la naturaleza de sus cometidos, debe dotarse de un Gabinete al Director Ejecutivo de la UNIDAD DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Y EVALUACION DE LA EDUCACION ARGENTINA, incorporándolo, con carácter de excepción, a la nómina de funcionarios a que se refieren los artículos 1º, 2º y 3º, así como el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1º de la precitada Decisión Administrativa Nº 477/98.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1º y 2º de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Articulo 1º — Dase por incorporado, con carácter de excepción, a partir del 1º de junio de 2010, el cargo de Director Ejecutivo de la UNIDAD DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Y EVALUACION DE LA EDUCACION ARGENTINA, en los artículos 1º, 2º y 3º, así como en el inciso c) de la Planilla anexa al Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias.

Art. 2º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20-01 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo