MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 899/2010

Registro Nº 934/2010

Bs. As., 12/7/2010

VISTO el Expediente Nº 1.385.048/10 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 26 del Expediente Nº 1.385.048/10, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS, por la parte trabajadora, y, por la parte empleadora, la empresa SPONSOR P.O.P. Y MERCHANDISING INDUSTRIES SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el mencionado acuerdo las partes convienen el pago a los trabajadores dependientes de la empresa, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, de sumas fijas de carácter "no remunerativo" en los montos y fechas consignadas en el mismo. Dichas sumas serán abonadas a cuenta del aumento que se acuerde en las paritarias de mayo de 2010.

Que es dable indicar con relación a lo pactado que, tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales signantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS y la empresa SPONSOR P.O.P. Y MERCHANDISING INDUSTRIES SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 26 del Expediente Nº 1.385.048/10.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a foja 26 del Expediente Nº 1.385.048/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.385.048/10

Buenos Aires, 15 de julio de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 899/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 26 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 934/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los seis días del mes de mayo de 2010, se reúnen en la Empresa Sponsor P.O.P. y Merchandising Industries S.A. con domicilio en la Av. Larrazábal 3845 de esta capital, en representación del establecimiento el Sr. Roberto Daniel Vergani, por la Unión Obreros y Empleados Plásticos Rojas Fabián y Reguera Omar y por la Comisión Interna Achucarro Horacio y Ramírez Pedro ambas partes establecen los siguientes puntos:

Que el régimen salarial instituido en el C.C.T. 419/05 tiene vigencia hasta el 31/05/2010, razón por la cual tenemos conocimientos que se realizan activas gestiones entre la Cámara Argentina de la Industria Plástica y la U.O y E.P. para culminar en la firma de un nuevo acuerdo salarial.

Interin ello suceda el Sindicato Plástico juntamente con la Comisión Interna de la empresa motivada por el aumento del costo de vida, que es de dominio público han solicitado a la empresa el pago de una suma no remunerativa para todo el personal comprendido en la misma, razón por la cual se han mantenido reuniones, arribando las partes al siguiente acuerdo:

1) Las partes pactan una suma fija de $ 150 (pesos ciento cincuenta) para los meses de abril y mayo de 2010 y/o hasta tanto se resuelvan las negociaciones paritarias del mes de mayo del corriente año.

2) Las partes pactan una suma fija de $ 50 (pesos cincuenta) para los meses de abril y mayo de 2010 y/o hasta tanto se resuelvan las negociaciones paritarias del mes de mayo del corriente año para el personal con asistencia perfecta durante ese período.

3) Los importes acordados tendrán carácter de "no remunerativo" y será abonado en concepto de pago a cuenta del aumento que se acuerde en las paritarias de Mayo 2010. Para el caso que el aumento negociado fuera inferior a dicho monto, el remanente seguirá teniendo carácter "no remunerativo".

4) Ambas partes solicitan la homologación del MTESS conforme Art. 4 de la Ley. 14.250.

5) En prueba de conformidad, se firman 4 (cuatro) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto previa lectura y ratificación de su contenido en el lugar y la fecha y fecha precedentemente señalados.