Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Resolución 33/2010

Apruébase el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la Capacitación del Personal y al Equipamiento de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo. Modifícase la Disposición N° 255/10.

Bs. As., 3/9/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0274542/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, lo dispuesto en las Leyes Nros. 22.317, 24.624, 25.300 y 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999, 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010, y las Disposiciones Nros. 389 de fecha 29 de septiembre de 2004 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 255 de fecha 19 de marzo de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del Decreto Nº 919 de fecha 28 de junio de 2010, se creó el MINISTERIO DE INDUSTRIA y el MINISTERIO DE TURISMO, con las competencias allí establecidas para cada uno de ellos.

Que como consecuencia de ello, se dictó el Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010, mediante el cual se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada del MINISTERIO DE INDUSTRIA, hasta el nivel Subsecretaría, asignándole a la actual SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que mediante el Artículo 31, inciso b) de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, se fijó el cupo anual referente al Artículo 3º de la Ley Nº 22.317 bajo la administración de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, en la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000).

Que los destinatarios de los beneficios derivados de este Régimen son las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con el fin de que, a través de la capacitación, promuevan su crecimiento y desarrollo, resultando ello política prioritaria del Gobierno Nacional todos los temas vinculados a dicho sector.

Que por el cuarto párrafo del Artículo 27 de la Ley Nº 24.624 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 1996, se modifica el Régimen mencionado ut supra, haciéndolo extensivo a todas las personas de existencia visible o ideal que desarrollen actividades económicas.

Que por los Artículos 2º y 4º de la Ley Nº 22.317, modificados por los Artículos 42 y 43 de la Ley Nº 25.300 respectivamente, se dispuso que el límite del cupo de Crédito Fiscal a solicitar por parte de las empresas, no podrá exceder del OCHO POR MIL (8 ‰), para el caso de grandes empresas, u OCHO POR CIENTO (8%) para el caso de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas respecto de la masa salarial de los DOCE (12) meses anteriores tomados desde la fecha que establece la reglamentación.

Que por el Decreto Nº 819 de fecha 13 de julio de 1998 y su modificatorio, se reglamentó el Régimen de Crédito Fiscal.

Que por el Artículo 1º del Decreto Nº 434 de fecha 29 de abril de 1999 se permitió el acceso al Régimen de Crédito Fiscal a las empresas que tomen a su cargo la inversión, instalación, organización y/o ejecución de centros o actividades específicas para el desarrollo de capacitación integral destinadas al sector de las Pequeñas y Medianas Empresas, o presten asistencia financiera a centros organizados por asociaciones gremiales o profesionales, organizaciones intermedias o instituciones públicas, previa aprobación de los proyectos respectivos por la Autoridad de Aplicación.

Que el mencionado decreto estableció que el Certificado Fiscal se emitirá a favor de quien efectivamente haya realizado el gasto correspondiente, previa identificación de las Pequeñas y Medianas Empresas capacitadas y aprobación de la documentación respaldatoria del destino de tales gastos por parte de la Autoridad de Aplicación.

Que el Artículo 13 de la Ley Nº 24.467 modificado por el Artículo 35 de la Ley Nº 25.300, dispuso la organización de una Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo.

Que en este orden el Título III de la Ley Nº 25.300, establece que la citada Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo tendrá por objeto brindar asistencia homogénea a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que por la Disposición Nº 325 de fecha 26 de agosto de 2004 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se aprobaron los modelos de convenio marco a ser suscriptos entre la mencionada ex Subsecretaría con las Provincias por un lado y, dicho organismo con las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, por el otro.

Que por medio de la Disposición Nº 161 de fecha 13 de mayo de 2005 de la ex SUBSECREARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINSTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se estableció que las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo deberán ser asociaciones civiles sin fines de lucro, fundaciones o personas jurídicas creadas por ley, decreto u ordenanza municipal, debiéndose contemplar en su estructura institucional la representación del sector público y privado.

Que posteriormente, mediante la Disposición Nº 114 de fecha 11 de septiembre de 2006 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias, se procedió a aprobar el Reglamento para la Instalación y Puesta en Marcha de la Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo.

Que actualmente y de acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de Desarrollo Regional, Sectorial y Comercio Exterior de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO existen SESENTA Y SIETE (67) Agencias Regionales de Desarrollo Productivo formalmente constituidas y en condiciones de participar de proyectos de capacitación.

Que en este orden de análisis las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, resultan ser actores imprescindibles para el desarrollo y promoción de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que para la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL resulta estratégico fortalecerlas institucionalmente, a través de la capacitación de sus recursos humanos y el apoyo al desarrollo de sus centros de capacitación, en pos de lograr una mejora en su gestión que redundará en mejores servicios al sector de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que es necesario lograr mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos a fin de permitir el acceso y la participación de la mayor cantidad posible de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que por lo expuesto, resulta conveniente que el alcance del beneficio de Crédito Fiscal para el Llamado 2010, abarque a las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo que presenten Proyectos destinados a la capacitación del personal y equipamiento de las mismas, a fin de lograr la promoción y el desarrollo productivo empresarial local y/o regional de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que en razón de ello, procede la redistribución de los cupos fiscales fijados para el Ejercicio 2010.

Que por la Disposición Nº 255 de fecha 19 de marzo de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se reglamentó el Llamado a Presentación de Proyectos en el marco del Régimen de Crédito Fiscal, estableciéndose en su Artículo 13, un monto máximo de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000) correspondientes al cupo asignado en el Artículo 31, inciso b) de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Que de acuerdo a la recomendación formulada por la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, resulta conveniente modificar el Artículo 13 de la Disposición Nº 255/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, estableciéndose para el Régimen de Crédito Fiscal para la Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la capacitación del personal y al equipamiento de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo un cupo máximo de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000) correspondientes al cupo asignado en el Artículo 31, inciso b) de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Que para el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas se establece un cupo máximo de PESOS VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 28.700.000) correspondientes al cupo asignado en el Artículo 31, inciso b) de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Que por otra parte los Artículos 9º y 10 del Decreto Nº 819/98 crearon los Registros de Empresas y de Unidades Capacitadoras.

Que la Disposición Nº 389 de fecha 29 de septiembre de 2004 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias establecen que las empresas que soliciten acceso al Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación, deberán estar previamente inscriptas en el Registro de Empresas, disponiendo la información que deben presentar a tal fin y los formularios en que deben hacerlo.

Que al mismo tiempo es pertinente asegurar a las empresas la libertad de contratación de las Unidades Capacitadoras para los Proyectos de Capacitación, en función de las necesidades de las empresas y en consideración de los antecedentes y la especialidad de la Unidad Capacitadora.

Que la precitada Disposición Nº 389/04 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y sus modificatorias, establecen que dichas Unidades Capacitadoras, deberán estar previamente inscriptas en el Registro de Unidades Capacitadoras de la ex SUBSECRETARIA MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, debiendo éste contener los antecedentes relevantes de las Unidades Capacitadoras para el dictado de la capacitación en las diferentes temáticas.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 22.317, los Decretos Nros. 819/98, 434/99, 919/10 y 964/10.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Apruébase el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos Destinados a la Capacitación del Personal y al Equipamiento de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo en el marco del Régimen de Crédito Fiscal del Año 2010, cuyo objetivo sea promover y fomentar el desarrollo productivo y empresarial, local y/o regional, de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que como Anexo I con VEINTICINCO (25) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º — Modifícase el Artículo 13 de la Disposición Nº 255 de fecha 19 de marzo de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 13.- Establécese para el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas regido por el Anexo I de la presente disposición, un cupo máximo de PESOS VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 28.700.000) correspondientes al cupo establecido en el Artículo 31, inciso b) de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, bajo el Régimen de Crédito Fiscal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas".

Art. 3º — Establécese para el Régimen de Crédito Fiscal para la Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la capacitación del personal y al equipamiento de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, que tengan como objetivo promover y fomentar el desarrollo productivo y empresarial, local y/o regional, de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, regido por el Anexo I de la presente resolución un cupo máximo de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000) correspondientes al cupo asignado en el Artículo 31, inciso b) de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Art. 4º — Apruébase el Formulario Electrónico para la Presentación de Proyectos de Capacitación, que como Anexo II, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 5º — Apruébase el Formulario para la Presentación de Proyectos para Equipamiento, que como Anexo III, con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 6º — Apruébase el Modelo de Formulario de Inscripción al Registro de Empresas de Crédito Fiscal, que como Anexo IV, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 7º — Apruébase el Modelo de Formulario de Inscripción al Registro de Unidades Capacitadoras de Crédito Fiscal, que como Anexo V, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 8º — Apruébase el Modelo Tentativo de Escritura Pública para Empresas Solicitantes Cedentes, que como Anexo VI, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 9º — Apruébase el Modelo Tentativo de Escritura Pública para Agencias, que como Anexo VII, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 10. — Apruébase el Modelo de Certificación Contable para Empresas Solicitantes, que como Anexo VIII, con SEIS (6) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 11. — Apruébase el Modelo de Declaración Jurada de la Agencia para la Aceptación y Recepción del Equipamiento, que deberá suscribirse en el marco del proyecto de capacitación, que como Anexo IX, con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 12. — Apruébase el Modelo de Declaración Jurada de la Unidad Capacitadora (Persona Jurídica), que como Anexo X, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 13. — Apruébase el Modelo de Declaración Jurada de la Unidad Capacitadora (Persona Física o Sociedad de Hecho), que como Anexo XI, con UNA (1) hoja, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 14. — Apruébase el Modelo de Acta Acuerdo para la Presentación de Proyectos, bajo la Clasificación A (Capacitación), entre la Empresa Solicitante y la Agencia Regional de Desarrollo Productivo, que como Anexo XII, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 15. — Apruébase el Modelo de Acta Acuerdo para la Presentación de Proyectos, bajo la Clasificación B (Equipamiento), entre la Empresa Solicitante y la Agencia Regional de Desarrollo Productivo, que como Anexo XIII, con DOS (2) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 16. — Apruébase el modelo de Formulario Electrónico para la Rendición de Cuentas de Proyectos Modalidad A, que como Anexo XIV, con TRES (3) hojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 17. — Apruébase el modelo de Formulario Electrónico para la Rendición de Cuentas de Proyectos Modalidad B, que como Anexo XV, con TRES (3) hojas forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 18. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.

ANEXO I

REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A PRESENTACION Y EJECUCION DE PROYECTOS DESTINADOS A LA CAPACITACION DEL PERSONAL Y AL EQUIPAMIENTO DE LAS AGENCIAS REGIONALES DE DESARROLLO PRODUCTIVO DEL REGIMEN DE CREDITO FISCAL AÑO 2010.

ARTICULO 1º.- OBJETO

El presente Reglamento rige la convocatoria de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA (en adelante "SPyMEyDR"), para la presentación y ejecución de Proyectos destinados a la capacitación del personal y a la adquisición de equipamiento y/o adecuación de las instalaciones de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo existentes en la actualidad como así también de aquellas instituciones que puedan adherirse en el futuro a la Red de Agencias Regionales de la "SPyMEyDR" dentro del marco de lo establecido por la Ley Nº 25.300 (en adelante "AGENCIAS"), para capacitar a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

ARTICULO 2º.- PERIODO DE VIGENCIA DEL LLAMADO A PRESENTACION DE PROYECTOS

La presente convocatoria se realiza bajo la modalidad de ventanilla abierta. Ello significa que las Empresas Solicitantes podrán presentar proyectos de capacitación de "AGENCIAS" y proyectos para equipamiento de "AGENCIAS", desde la fecha de publicación de la presente medida en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA hasta el día 19 de noviembre de 2010, o hasta la utilización total del cupo presupuestario asignado.

Cada Empresa Solicitante podrá presentar más de un proyecto, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.

ARTICULO 3º.- MODALIDADES

A los fines del presente llamado, los proyectos deberán encuadrarse en alguna de las siguientes clasificaciones:

1) Clasificación "A": Proyectos destinados a la capacitación de los empleados en relación de dependencia de las "AGENCIAS" en temáticas vinculadas a la mejora de la gestión de la institución, presentados por UNA (1) o más Empresas Solicitante.

2) Clasificación "B": Dentro de esta clasificación, se incluyen proyectos para equipamiento presentados directamente por UNA (1) Empresa Solicitante para la adquisición de equipamiento del centro educativo, instalación de aulas virtuales, o adecuación de las existentes en las "AGENCIAS".

ARTICULO 4º.- CALCULO DE MONTO MAXIMO DE REINTEGRO

Las Empresas Solicitantes podrán ser micro, pequeñas y medianas empresas o grandes empresas y obtener un monto máximo de reintegro de acuerdo a lo siguiente:

a) Para el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas, el monto máximo a reintegrar no podrá en ningún caso superar el OCHO POR CIENTO (8%) de la "Masa Salarial Bruta" correspondiente a los últimos DOCE (12) meses contados a partir de la presentación del proyecto. Para el cálculo de este límite deben detraerse todos los reintegros solicitados bajo el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación establecido por la Ley Nº 22.317, cualquiera fuere el organismo administrador de dicho cupo (la "SPyMEyDR", el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA del MINISTERIO DE EDUCACION y/o el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL).

b) Para el caso de las grandes Empresas Solicitantes, el monto computable será del OCHO POR MIL (8 ‰) de la "Masa Salarial Bruta" correspondiente a los últimos DOCE (12) meses contados a partir de la presentación del proyecto. Para el cálculo de este límite deben detraerse todos los reintegros solicitados bajo el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación establecido por la Ley Nº 22.317, cualquiera fuere el organismo administrador de dicho cupo (la "SPyMEyDR", el INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA y/o el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL). Las Empresas Solicitantes podrán presentarse en tantos proyectos como requieran, siempre que no excedan las limitaciones establecidas en el presente Reglamento.

ARTICULO 5º.- MASA SALARIAL BRUTA

Se entenderá por masa salarial bruta, a los efectos del presente Reglamento, a los montos remuneratorios totales abonados al personal ocupado en las Empresas Solicitantes, computados por sus importes brutos mensuales.

Su cálculo surge de aplicar la reglamentación establecida para determinar los montos imponibles sujetos a aportes y contribuciones previsionales informados en la declaración jurada mensual al Sistema Unico de Seguridad Social (SUSS - Formulario 931 "AFIP", concepto "Remuneración 2") de los últimos DOCE (12) meses previos a la presentación del proyecto.

No se considerará masa salarial a toda asignación en dinero o en especie efectuada de manera no remunerativa.

ARTICULO 6º.- TOPES DEL PRESENTE REGLAMENTO

Las empresas podrán solicitar el reintegro de los gastos de actividades de capacitación y/o equipamiento, con los límites establecidos en el Artículo 4º del presente Reglamento y los estipulados a continuación.

1) Capacitación: La Empresa Solicitante, podrá solicitar un reintegro de hasta la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) para Actividades de Capacitación desarrolladas bajo la Clasificación "A", de las "AGENCIAS".

2) Equipamiento: En la adquisición de equipamiento bajo la Clasificación "B", el reintegro será de hasta la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) por "AGENCIAS".

3) Gastos de certificación: Reintegro de gastos por certificaciones requeridas para la presentación del proyecto, hasta un monto máximo de reintegro por proyecto y/o empresa/s participante/s, de PESOS SEISCIENTOS ($ 600).

Para el caso de la/s "AGENCIA/S" que tenga/n más de una sucursal a nivel provincial y/o regional, los reintegros indicados en los incisos 1) y 2) del presente artículo que podrán solicitarse serán de hasta la suma de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000) por cada proyecto de capacitación presentado, y de hasta la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000) por cada proyecto para equipamiento presentado.

Los límites establecidos en el presente artículo son netos del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y son por todo concepto, incluyendo el gasto de certificación reconocido.

ARTICULO 7º.- PRESENTACION DE PROYECTOS

Los proyectos podrán ser presentados por UNA (1) o más Empresa/s Solicitante/s para la capacitación y/o y/o equipamiento de UNA (1) o más "AGENCIA/S".

ARTICULO 8º.- ACTIVIDADES DE CAPACITACION

Las actividades de capacitación podrán consistir exclusivamente en el dictado de cursos o la realización de talleres teórico-prácticos, presenciales.

Las actividades de capacitación se clasificarán en Abiertas o Cerradas.

a) Actividades Abiertas: se considera actividad Abierta a aquella realizada por una Unidad Capacitadora orientada al público en general, son ejemplos de este tipo de actividades: la participación en un congreso o seminario empresarial, la asistencia a un curso de postgrado, y cualquier actividad de capacitación realizada por institución pública o privada, que se lleve a cabo en lugar y fecha predeterminado por la misma.

En este tipo de actividades no hay requisitos de cantidad mínima de participantes.

b) Actividades Cerradas: Se considera actividad Cerrada a aquella capacitación a medida de las necesidades de una "AGENCIA", realizada por una Unidad Capacitadora con financiamiento exclusivo de la Empresa Solicitante.

En este tipo de actividades la cantidad mínima de participantes aceptable es de TRES (3) personas.

Excepcionalmente, y si la propuesta lo amerita, la "SPyMEyDR" podrá aprobar actividades con menor cantidad de participantes.

No serán admisibles jornadas de más de SEIS HORAS (6 hs) en este tipo de actividades y solo podrán ejecutarse días hábiles.

Una vez que el proyecto ha sido aprobado, la Empresa Solicitante, suscribirá un Acta Acuerdo, cuyo Modelo se incorpora al presente Reglamento como Anexo IV, mediante el cual manifestará en carácter de Declaración Jurada su conformidad a la realización del proyecto de capacitación.

ARTICULO 9º.- PROYECTOS DE CAPACITACION-CLASIFICACION "A"

Se entiende por proyecto de Capacitación Clasificación "A" el conjunto de actividades de capacitación dirigidas a coadyuvar el cumplimiento de los objetivos y a satisfacer o resolver sus necesidades o problemas.

Cada proyecto podrá incluir una o más actividades de capacitación.

Los proyectos podrán incluir actividades de capacitación Abiertas y/o Cerradas.

Las Empresas Solicitantes que deseen presentar proyectos deberán completar y enviar el "Formulario Electrónico para la Presentación de Proyectos", disponible en el apartado de Crédito Fiscal 2010 de la página "Web" de la "SPyMEyDR", (http://www.sepyme.gob.ar), al cual podrán acceder con un nombre de usuario y contraseña, cuyo modelo se adjunta al presente Reglamento como Anexo II.

Este formulario incluirá para su análisis y evaluación, en forma sintética, lo siguiente:

a) Motivo de cesión de la Empresa Solicitante.

b) Objetivo de la/s "AGENCIA/S" a cumplir mediante el proyecto propuesto.

c) Necesidad/problemática que la/s "AGENCIA/S" tiene/n que satisfacer/resolver a partir de las actividades de capacitación que proponga, para cumplir el objetivo definido en el punto b) del presente artículo.

d) Característica/s de la/s actividad/es de capacitación necesaria/s, en función de los puntos b) y c) del presente artículo.

Las actividades de capacitación podrán ejecutarse desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA de la resolución de aprobación de los proyectos con asignación de cupo de Crédito Fiscal y dentro de un plazo máximo de DOCE (12) meses posteriores a la misma.

Las Empresas Solicitantes podrán presentar UNO (1) o más proyectos en el presente llamado para la capacitación de UNA (1) o más "AGENCIA/S" hasta la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000) por cada "AGENCIA".

ARTICULO 10 .- EQUIPAMIENTO

Se entiende por proyecto para equipamiento Clasificación "B" aquel que tiene como objetivo constituir un "Aula Pyme", instalación de centros educativos, aulas virtuales, o adecuación de las existentes, las que serán utilizadas exclusivamente para la organización y realización de actividades de capacitación destinadas a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Solo podrán ser beneficiarias de estos proyectos las "AGENCIAS" de la Red de Agencias de la "SPyMEyDR".

Las solicitudes deben estar acompañadas de DOS (2) presupuestos en los cuales conste: nombre de la Empresa Solicitante o razón social, dirección, C.U.I.T., cantidad, especificaciones técnicas, condiciones de garantía y costo final.

La incorporación del equipamiento para el armado de "Aulas Pyme" deberá realizarse desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA de la resolución de aprobación de los proyectos con asignación de cupo de Crédito Fiscal y dentro de un plazo máximo de DOCE (12) meses posteriores a la misma.

Las Empresas Solicitantes podrán seleccionar el equipamiento a proveer a la "AGENCIA".

El siguiente es un listado enumerativo.

Equipos informáticos (PC) de escritorio.

Accesorios de equipos informáticos de uso habitual.

Proyectores (cañón de proyección, retroproyector o similares).

Pantallas para proyección.

Software de capacitación.

Tecnologías de comunicación para conexión a Internet y "streaming" para videoconferencias.

Rotafolios y sus atriles, etcétera.

Pizarras móviles, magnéticas u otras similares.

Escritorios y sillas o sillones ergonómicos.

Mobiliario especial para equipos informáticos.

Bancos de estudio con o sin apoya libros.

Sistema de sonido y micrófono de mano inalámbrico.

Gastos de inversión para la adecuación del aula.

El equipamiento a adquirir debe tratarse de bienes nuevos indispensables para el desarrollo de las actividades de capacitación.

ARTICULO 11.- PROYECTOS PARA EQUIPAMIENTO-CLASIFICACION "B"

Las Empresas Solicitantes que deseen presentar proyectos para equipamiento deberán completar y enviar el Formulario para la Presentación de Proyectos para Equipamiento disponible en el apartado de Crédito Fiscal 2010 de la página "Web" de la "SPyMEyDR" (http://www.sepyme.gob.ar), al cual podrán acceder con un nombre de usuario y contraseña, cuyo modelo se adjunta al presente Reglamento como Anexo III.

Este formulario incluirá para su análisis y evaluación, en forma sintética, lo siguiente:

a) Motivo de cesión de la Empresa Solicitante.

b) Objetivos de la "AGENCIA" a cumplir mediante el proyecto propuesto.

c) Necesidad/problemática que la "AGENCIA" tiene que satisfacer/resolver a partir del equipamiento que incorporará, para cumplir el objetivo definido en el punto b) del presente artículo.

d) Características del equipamiento necesario, en función de los puntos b) y c) del presente artículo.

Las Empresas Solicitantes podrán presentar UNO (1) o más proyectos durante el presente llamado para la capacitación de UNA (1) o más "AGENCIA/S" hasta la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) por cada "AGENCIA".

ARTICULO 12.- SUJETOS QUE PARTICIPAN EN LOS PROYECTOS

Los sujetos participantes en los proyectos son: las Empresas Solicitantes, las "AGENCIAS", las Unidades Capacitadoras y el Personal Beneficiario de las acciones de capacitación, de acuerdo a las siguientes definiciones.

a) Empresas Solicitantes: Persona física o jurídica productora de bienes o prestadora de servicios, constituida bajo cualquiera de las formas admitidas por la legislación vigente, quien utiliza el reintegro solicitado con destino a la capacitación del personal de las "AGENCIAS", conforme lo establecido en el presente Reglamento, categorizadas de acuerdo a lo establecido por la Resolución Nº 24 de fecha 15 de febrero de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y sus modificatorias y complementarias.

No estarán habilitadas a presentar proyectos las empresas que registren deudas fiscales y/o previsionales exigibles.

b) Las "AGENCIAS": Asociaciones civiles sin fines de lucro, fundaciones o personas jurídicas creadas por ley, decreto u ordenanza municipal, debiéndose contemplar en su estructura institucional la representación del sector público y privado, conformadas con el fin de promover el desarrollo económico local a través de asistencia al sector de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, integrantes de la Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, constituidas de acuerdo a la normativa vigente, podrán ser beneficiarias de capacitación y equipamiento.

Se entiende por Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo al mecanismo de articulación institucional conformado por el conjunto de las "AGENCIAS" formalizadas como tales ante la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

c) Unidades Capacitadoras: Personas físicas y/o jurídicas responsables de organizar y conducir las actividades correspondientes a la capacitación conducente al desarrollo de los recursos humanos de las "AGENCIAS", que acrediten antecedentes relevantes y experiencia demostrable en la actividad y dentro de ella, en la temática específica de los cursos y/o actividades involucrado/ as en el proyecto presentado, quienes deberán estar previamente inscriptas en el Registro de Unidades Capacitadoras establecido por la Disposición Nº 389 de fecha 29 de septiembre de 2004 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y sus modificatorias. A tal fin se asignará a las Unidades Capacitadoras una clave de seguridad e identificación personal requeridos por dicha disposición para su inscripción, revalidación y/o la modificación de datos de la Unidad Capacitadora en el mencionado registro.

Quedan excluidas de participar de los proyectos de capacitación las Unidades Capacitadoras que conformen un Grupo Económico o estén vinculadas o controladas económicamente con la/s Empresa/s Solicitante/s, excepto las entidades sin fines de lucro, las cámaras o cooperativas.

Asimismo, los docentes no podrán entablar ni mantener relación de dependencia laboral con la/s Empresa/s Solicitante/s.

d) Personal Beneficiario: Directivos y empleados en relación de dependencia de la/s "AGENCIA/S", cuya capacitación se realice a través de las actividades de capacitación contenidas en el proyecto.

Se adjuntan como Anexos IV y V del presente Reglamento los Formularios de Inscripción al Registro de Empresas y/o "AGENCIAS" y Unidades Capacitadoras, respectivamente.

ARTICULO 13.- RESPONSABILIDAD SOBRE EL PROYECTO

a) Las Empresas Solicitantes y la/s "AGENCIA/S" que presenten proyectos, bajo cualquiera de las clasificaciones, son responsables de:

i- La veracidad de toda la información consignada. Y en el caso de las empresas, de sus características económicas, societarias, contables y fiscales y sobre la existencia de relación laboral del personal beneficiario.

ii- La validez y autenticidad de toda la documentación presentada.

iii- Garantizar las condiciones para la realización de las actividades de capacitación incluidas en el proyecto en lo relativo a organización, si las actividades fueran Cerradas.

iv- Controlar y propiciar la asistencia de los participantes en las actividades de capacitación correspondientes.

v- Garantizar las condiciones de salud, higiene y seguridad tanto en los locales como respecto de las actividades relacionadas con la capacitación, si las actividades fueran Cerradas.

vi- En caso de corresponder, supervisar que los bienes adquiridos sean utilizados de conformidad a lo dispuesto en el presente Reglamento, con el proyecto aprobado y para los fines determinados en el mismo.

vii- Efectuar las notificaciones requeridas para la ejecución de los proyectos y aceptar los requerimientos formulados por la "SPyMEyDR" con la antelación prevista en el presente Reglamento.

b) Las Unidades Capacitadoras serán responsables de:

i- Llevar adelante la ejecución de las actividades de capacitación, atender a su cumplimiento en lo relacionado con la función docente y su calidad técnico-pedagógica, en un todo de conformidad con el proyecto aprobado.

ii- Cumplir, en completa corresponsabilidad con la/s Empresa/s Solicitante/s, con el control del número de participantes presentes en las jornadas de capacitación, conforme lo declarado en el proyecto presentado.

iii- Efectuar las notificaciones requeridas para la ejecución de los proyectos y aceptar los requerimientos formulados por la "SPyMEyDR" con la antelación prevista en el presente Reglamento, para el caso que la actividad de capacitación sea Cerrada.

iv- Garantizar las condiciones de salud, higiene y seguridad tanto en los locales como respecto de las actividades relacionadas con la capacitación.

A todos los efectos del Régimen de Crédito Fiscal, los acuerdos privados entre sujetos participantes de los proyectos, tanto en relación con la prestación de servicios de capacitación, provisión de equipamiento, como en cualquier otro aspecto que en el marco de los proyectos pudiera suscitarse, no obligarán en modo alguno a la "SPyMEyDR", quien sólo reconocerá como único responsable y parte legitimada en el procedimiento, a la Empresa Solicitante.

ARTICULO 14.- PROCEDIMIENTO DE PRESENTACION DE PROYECTOS

Las Empresas Solicitantes podrán presentar proyectos, a cuyo fin deberán observar el procedimiento y las condiciones que seguidamente se detallan:

a) VIA INTERNET: Las Empresas Solicitantes que presenten una solicitud por actividades de capacitación y/o equipamiento, deberán completar el "Formulario de Presentación de Proyectos" en el apartado de Crédito Fiscal 2010 de la página "Web" de la "SPyMEyDR" (http://www.sepyme.gob. ar), a la cual ingresarán mediante la utilización de la clave asignada al momento de inscripción en el registro precedentemente mencionado. En esta instancia no será necesaria la presentación de documentación alguna. El proyecto será evaluado y se responderá a la Empresa Solicitante sobre la viabilidad del mismo.

En caso que el proyecto incluya la adquisición de equipamiento la Empresa Solicitante deberá completar el "Formulario de Proyectos para Equipamiento" cuyo modelo se adjunta como Anexo III al presente Reglamento.

En el caso de resultar viable se aprobará, previa constatación de existencia presupuestaria y notificará a la empresa mediante correo electrónico y requiriendo a la solicitante la presentación de la documentación respaldatoria detallada en el presente Reglamento. El estado de la solicitud estará disponible en el apartado de Crédito Fiscal 2010 de la página "Web" de la "SPyMEyDR" (http://www.sepyme.gob.ar).

En caso de no resultar viable se comunicará por la misma vía a la Empresa Solicitante y/o a la/s "AGENCIA/S" las causas y recomendaciones para su reformulación.

b) EN SOPORTE PAPEL: Si el proyecto presentado, resultare viable, la empresa deberá imprimir el "Formulario de Presentación de Proyectos" y firmar en carácter de declaración jurada, en todas sus hojas por el/los representante/s legal/es o apoderado/s con facultades suficientes de las Empresas Solicitantes que participen, y presentado ante la "SPyMEyDR" en un plazo que no exceda los QUINCE (15) días hábiles contados a partir de la comunicación de la preaprobación. Esta impresión deberá ser presentada en un único sobre que contenga toda la documentación requerida en el Artículo 18 del presente Reglamento.

ARTICULO 15.- EVALUACION DE PROYECTOS DE CAPACITACION

Los proyectos de capacitación que incluyan actividades de capacitación Abiertas serán objeto de una evaluación que comprende dos aspectos, de conformidad con el presente Reglamento:

a) La admisibilidad de las Empresas Solicitantes y de la/s "AGENCIA/S".

b) La adecuación del proyecto a los objetivos de la/s "AGENCIA/S" y a sus problemáticas y necesidades.

En caso de haber sido preaprobado y que la actividad de capacitación fuera Abierta, ésta podrá efectuarse, a cuenta y riesgo de la Empresa Solicitante, en forma previa a que la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, verifique el cumplimiento de los requisitos formales y se emita y publique la correspondiente resolución aprobatoria.

Para el caso de proyectos que contengan actividades de capacitación Cerradas, la evaluación comprenderá cuatro aspectos, de conformidad con el presente Reglamento:

a) La admisibilidad de la Empresa Solicitante y la/s "AGENCIA/S".

b) La adecuación del proyecto a los objetivos de la/s "AGENCIA/S" y a sus problemáticas y necesidades.

c) La evaluación institucional de la Unidad Capacitadora se realizará en función de la información solicitada y consignada en el Formulario de Presentación de Proyectos y en el Registro de la Unidad Capacitadora, considerando los siguientes aspectos:

i- Tipología institucional: persona física o jurídica y su naturaleza.

ii- Formación académica de quien realice la actividad.

iii- Experiencia laboral como gestor y/o capacitador en la temática a desarrollar.

iv)-Antecedentes que registre la Unidad Capacitadora en la "SPyMEyDR".

d) La evaluación técnico-pedagógica de las actividades de capacitación incluidas.

Se evaluará la coherencia entre el/los objetivo/s de la/s "AGENCIA/S", el problema a solucionar o proceso a mejorar para cumplir con tal proyecto y la actividad propuesta para su resolución.

Asimismo se analizará la consistencia metodológica de la actividad y su adecuación a las condiciones de mercado.

A tales efectos, se contará como referencia, con una grilla de actividades por campo temático describiendo metodologías, temarios, cantidad de horas y precios, que se utilizará como referencia.

En el caso de que la actividad de capacitación sea Cerrada, sólo podrá comenzarse la actividad luego de la aprobación de los requisitos formales que surgen del análisis de la documentación.

ARTICULO 16.- EVALUACION DE PROYECTOS DE EQUIPAMIENTO

El procedimiento de evaluación de los proyectos que tengan por objetivo el equipamiento de "AGENCIA/S" será el siguiente:

i- La Dirección Nacional de Desarrollo Regional, Sectorial y Comercio Exterior de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO elaborará informes técnicos recomendando la aprobación o desestimación del proyecto. Dichos informes se expedirán sobre la coherencia entre el/los objetivo/s de la/s "AGENCIA/S", el problema a solucionar o proceso a mejorar para cumplir ese objetivo, como también la pertinencia y razonabilidad del gasto proyectado, además de las evaluaciones propias de su competencia, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.

Se evaluará además la pertinencia de la propuesta del equipamiento a adquirir, quedando a criterio de la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal la autorización de otros similares y con el mismo destino.

ARTICULO 17.- UTILIZACION DEL EQUIPAMIENTO

Una vez que el proyecto ha sido aprobado, la/s Empresa/s Solicitante/s y la/s "AGENCIA/S", suscribirán un Acta Acuerdo, cuyo modelo se incorpora al presente Reglamento como Anexo XIII, mediante el cual las partes manifiestan en carácter de Declaración Jurada su conformidad a la realización del proyecto y que el equipamiento entregado por la/s Empresa/s Solicitante/s y recibido por la/s "AGENCIA/S", será utilizado para las actividades de capacitación dirigidas a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas locales y/o regionales.

Por otra parte la/s "AGENCIA/S" informará/n a la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal en carácter de Declaración Jurada, mediante el Formulario cuyo modelo se acompaña al presente Reglamento como Anexo IX, la recepción del/los bien/es adquirido/s, según proyecto aprobado y que el/los mismo/s se encuentran afectado/s exclusivamente a las actividades de capacitación de la/s "AGENCIA/S".

Los bienes adquiridos serán afectados en forma permanente a las actividades de capacitación de la/s "AGENCIA/S", la desafectación de los mismos podrá ser motivada en caso de extinción de la vida útil del bien. En dicho caso se notificará a la "SPyMEyDR" en forma fehaciente mediante nota ingresada por Mesa de Entradas dentro de los TREINTA (30) días de contabilizada la baja del bien.

Si se comprobare la asignación de un destino diferente del bien, la/s "AGENCIA/S" deberá/n reponer a la "SPyMEyDR" el valor del bien o bienes desafectados conforme su valuación contable actualizada, en un plazo no superior a los DIEZ (10) días de la efectiva desafectación.

La Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal podrá efectuar las constataciones periódicas que estime pertinentes.

ARTICULO 18.- DOCUMENTACION REQUERIDA PARA LA APROBACION DEFINITIVA

Una vez comunicada la preaprobación, la/s Empresa/s Solicitante/s y las Unidades Capacitadoras, deberán presentar la siguiente documentación de acuerdo a la tipología de las actividades incluidas en los proyectos.

La no presentación de la documentación requerida a continuación, en los plazos estipulados, implicará la desestimación del proyecto.

a) Las Empresas Solicitantes deberán presentar:

i. UN (1) original y UNA (1) fotocopia simple de la Primera Copia (Primer Testimonio) de escritura pública, la cual deberá contener la acreditación de la existencia de la persona jurídica y de su vigencia actual, con indicación de la razón social, fecha de constitución, domicilio legal, objeto social, datos de inscripción y sus modificaciones en los registros públicos correspondientes. Asimismo deberá acreditar la personería de su/s representante/s legal/es o apoderado/s con mandato vigente y la fecha en que vence su mandato. En el caso de monotributistas, este requisito no será necesario. Se presenta en el Anexo VI del presente Reglamento el Modelo Tentativo de Escritura para Empresas Solicitantes Cedentes.

ii. Certificación Contable: UN (1) original y UNA (1) copia simple, emitida por Contador Público Nacional que no posea relación de dependencia laboral con ninguno de los sujetos participantes del proyecto, con su firma debidamente certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que corresponda. Dicha certificación deberá contener como mínimo la siguiente información, pudiendo la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal, solicitar información adicional:

ii.1- C.U.I.T. del solicitante.

ii.2- Masa Salarial en los términos del presente Reglamento.

ii.3- Constancia de la actividad principal que la empresa realiza.

ii.4- Constancia de que la empresa no posee deudas exigibles a la fecha, fiscales y previsionales.

Si la solicitante fuera Micro, Pequeña y Mediana Empresa; además deberá incluir en la certificación

ii.5- Calidad de Micro, Pequeña y Mediana Empresa acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº 24/01 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y sus modificatorias y complementarias y relaciones de control y/o vinculación ascendente y/o descendente mantenidas por la Empresa Solicitante con otras empresas, según los términos del Artículo 33 de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones. Se presenta en el Anexo VIII del presente Reglamento el Modelo de Certificación Contable para Empresas Solicitantes.

ii.6- Acta Acuerdo suscripta por la Empresa Solicitante y por la "AGENCIA", de acuerdo a la clasificación del proyecto, conforme lo establecido en el presente Reglamento. Se presentan en los Anexos XII y XIII los modelos de Acta Acuerdo según corresponda.

b) La/s "AGENCIA/S" deberá/n presentar:

i- UN (1) original y UNA (1) fotocopia simple de la Primera Copia (Primer Testimonio) de Escritura Pública, la cual deberá contener la acreditación de la existencia de la persona jurídica y de su vigencia actual, con indicación del nombre, fecha de constitución, domicilio legal, objeto social, datos de inscripción y sus modificaciones en los registros públicos correspondientes. Asimismo deberá acreditar la personería de su/s representante/s legal/es con mandato vigente y la fecha en que vence su mandato. Se presenta en el Anexo VII del presente Reglamento el Modelo Tentativo de Escritura Pública para Agencias.

La/s "AGENCIA/S" que ya hubiere/n presentado la documentación descripta sólo deberá/n presentar, cuando corresponda, la actualización o revalidación de la misma.

En caso de presentarse en más de un proyecto de capacitación y/o equipamiento, en el presente llamado, no será necesaria la presentación de documentación en forma independiente.

Los modelos de Escrituras, Declaraciones Juradas y Certificaciones Contables estarán disponibles en la página "Web" de la "SPyMEyDR" (www.sepyme.gob.ar).

La Dirección Nacional de Desarrollo Regional, Sectorial y Comercio Exterior, elaborará un informe sobre los antecedentes de la/s "AGENCIA/S", funcionamiento y vigencia del convenio suscripto oportunamente entre la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION con las Provincias por un lado y, dicho organismo con las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, por el otro.

c) La Unidad Capacitadora deberá presentar en el caso que sea persona jurídica y sólo en proyectos de capacitación que incluyan actividades Cerradas exclusivamente:

i.- "Formulario de Inscripción al Registro de Unidades Capacitadoras de Crédito Fiscal" suscripto en carácter de declaración jurada, en todas sus hojas por el/los representante/s legal/es o apoderado/s de la/s Unidade/s Capacitadora/s con facultades suficientes. Dicha firma deberá certificarse mediante Escribano Público o Juez de Paz.

ii- Nota firmada por el representante legal o apoderado con carácter de declaración jurada por cada "AGENCIA" a capacitar, manifestando que no se encuentran controladas o vinculadas de acuerdo a la legislación vigente con las Empresas Solicitantes y que incluya acreditación de la existencia de la persona jurídica y de su vigencia actual, con indicación del nombre, fecha de constitución, domicilio legal, objeto social, datos de inscripción y sus modificaciones en los registros públicos correspondientes. Asimismo debe acreditar la personería de su/s representante/s legal/es con mandato vigente y fecha en la que vence su mandato. Deberá certificarse la firma por Escribano Público o Juez de Paz.

d) La Unidad Capacitadora deberá presentar en el caso que sea persona física y sólo en proyectos que incluyan actividades Cerradas exclusivamente.

i."Formulario de Inscripción al Registro de Unidades Capacitadoras de Crédito Fiscal" firmado en carácter de declaración jurada, en todas sus hojas por el/los representante/s legal/es o apoderado/s con facultades suficientes de la Unidad Capacitadora. Deberá certificarse la firma por Escribano Público o Juez de Paz.

ii. Nota firmada por el titular con carácter de declaración jurada por cada "AGENCIA" a capacitar, manfiestando que no tienen relación de dependencia laboral o vínculo económico con la Empresa Solicitante. Deberá certificarse la firma por Escribano Público o Juez de Paz.

Se presentan en los Anexos X y XI del presente Reglamento los modelos de Declaración Jurada de la Unidad Capacitadora según corresponda.

Las Unidades Capacitadoras que ya hubieren presentado la documentación descripta sólo deberán presentar, cuando corresponda, la actualización o revalidación de la misma.

Los modelos de Escrituras, Declaraciones Juradas y Certificaciones Contables estarán disponibles en la página "Web" de la "SPyMEyDR" (www.sepyme.gob.ar).

ARTICULO 19.- FORMA DE PRESENTACION DE DOCUMENTACION

Las presentaciones en soporte papel deberán efectuarse de acuerdo a los plazos previstos en el presente Reglamento, vía correo postal o personalmente en la Mesa de Entradas de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, sita en la Avenida Julio Argentino Roca Nº 651, Planta Baja, Sector II, Código Postal Nº 1067, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

ARTICULO 20.- RESOLUCION APROBATORIA DE PROYECTOS

Concluida la etapa de evaluación formal del proyecto y de la documentación presentada se comunicará a la solicitante el resultado de la evaluación del mismo mediante resolución, la cual se publicará en el Boletín Oficial de la REPUBLICA ARGENTINA y se comunicará en la página "Web" de la "SPyMEyDR" (http://www.sepyme.gob.ar).

ARTICULO 21.- PLAZO DE EJECUCION

La/s "AGENCIA/S" podrán comenzar a ejecutar los proyectos aprobados con asignación de cupo de Crédito Fiscal desde el día siguiente a la comunicación de la aprobación definitiva que incluirá el análisis técnico, pedagógico y formal, con la excepción prevista para las actividades Abiertas, las cuales a riesgo de la Empresa Solicitante, podrán asistir a las mismas, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 15 de la presente medida.

Las actividades de capacitación y/o equipamiento podrán ser ejecutadas y/o realizadas hasta el día 30 de septiembre de 2011.

ARTICULO 22.- EJECUCION DEL PROYECTO

El Proyecto debe realizarse mediante la ejecución de las actividades de capacitación y/o equipamiento, incluidas en el Formulario de Proyectos y tal como fueron aprobados por la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal.

Para ejecutar las actividades de capacitación Cerradas, se deberá proceder de la siguiente manera:

a) Previo a la ejecución de una actividad:

Con una antelación no menor a TRES (3) días hábiles a la fecha y hora prevista para la ejecución de cada actividad deberán completar el respectivo cronograma de actividades disponible en el apartado de Proyectos Aprobados, en la página "Web" de la "SPyMEyDR" (http://www.sepyme.gob.ar).

Las actividades que no puedan ser constatadas por la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal por errores, omisiones o notificaciones incompletas por parte de la empresa podrán ser consideradas como actividad no ejecutada y pasible de la sanción correspondiente.

La Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal podrá realizar por su parte, las visitas de auditoría y las evaluaciones que considere oportuno realizar y podrá solicitar a la Unidades Capacitadoras o al docente informe de la actividad, que incluya un resumen de las actividades desarrolladas y el grado de alcance de los objetivos pedagógicos propuestos. Para el caso de adquisición de equipamiento las visitas de auditoría informarán sobre el estado y utilización del bien de que se trate.

ARTICULO 23.- MODIFICACIONES RELATIVAS A LA EJECUCION

Los Proyectos de capacitación aprobados podrán ser modificados durante su ejecución, en lo relativo a:

i- Fechas de ejecución.

ii- Horarios.

iii- Lugar de ejecución de jornadas y/o actividades.

iv- Docentes, en tanto no se modifique el perfil académico de los aprobados.

v- Participantes, en tanto los que se incorporen tras el inicio de los cursos satisfagan a su finalización el requisito de asistencia establecido en el artículo precedente y que posean un perfil similar en cuanto a las funciones que llevan a cabo dentro de la empresa.

vi- Unidades Capacitadoras a cargo, siempre que no se alteren a juicio de la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal las características técnico pedagógicas del proyecto aprobado.

Las modificaciones a las actividades se realizarán en el apartado del sistema informático de Crédito Fiscal 2010 en la página "Web" de la "SPyMEyDR" (http: //www.sepyme.gob.ar).

Las modificaciones referentes a los proyectos para equipamiento o para la adecuación de instalaciones e infraestructura, deberán ser notificadas previamente a la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal para su conformidad, y no podrán superar el importe aprobado.

La modificación sustancial del proyecto presentado o del bien propuesto implicará la presentación de un nuevo proyecto para su evaluación.

ARTICULO 24.- PLAZOS DE NOTIFICACION DE MODIFICACIONES

Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente Reglamento, los cambios previstos en este artículo, deberán ser notificados, de acuerdo a los siguientes plazos, anteriores a la fecha de ejecución original de la jornada y/o actividad.

i- Para el cambio de participantes, fechas, horarios y lugar de ejecución hasta VEINTICUATRO HORAS (24 hs.) antes al inicio de la actividad.

En forma excepcional y debidamente fundada, se admitirán modificaciones hasta UNA HORA (1 h.) posterior al inicio de la actividad.

Si la cantidad de participantes no superase el mínimo aprobado, la empresa deberá reprogramar la actividad y notificarla.

ii- Para el cambio de docentes hasta SETENTA Y DOS HORAS (72 hs.) antes del inicio de la actividad. Si no fuera posible realizar el cambio en este plazo, podrá reprogramar la actividad o incluir otro docente de igual perfil que el propuesto, quedando a criterio de la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal la aprobación o rechazo del cambio.

iii- Para el cambio de Unidades Capacitadoras CINCO (5) días hábiles antes del inicio de la actividad.

ARTICULO 25.- VERIFICACION Y AUDITORIA

La Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal podrá, en cualquier instancia del desarrollo del proyecto, por sí o por terceros, realizar verificaciones y auditorías a las "AGENCIAS" o Unidades Capacitadoras, en sus sedes o en el lugar en donde se realicen las actividades de capacitación, con el objeto de constatar el cumplimiento, ejecución e impacto de las mismas, encontrándose facultada para contactar a los participantes de los cursos finalizados o en ejecución, a efectos de evaluar la capacitación recibida o el equipamiento incorporado y su utilización.

La/s "AGENCIA/S" y las Unidades Capacitadoras deberán disponer de todos los medios necesarios para facilitarle a la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal el desarrollo de las tareas de verificación y auditorías y proveerle toda la información que solicite.

ARTICULO 26.- INCUMPLIMIENTOS AL PRESENTE REGIMEN

En caso de verificarse algún incumplimiento a las disposiciones del presente Reglamento la Autoridad de Aplicación podrá disponer la pérdida total o parcial del beneficio.

En particular los siguientes incumplimientos ameritarán el descuento total del beneficio de la actividad o Proyecto.

a) Reticencia en brindar al auditor información y/o falta de exhibición de documentación.

b) Inejecución verificada de la actividad de capacitación, si no se trata de una reprogramación comunicada con la debida antelación.

c) La actividad en ejecución difiere sustancialmente de la informada.

d) El capacitador se niega a firmar el Acta de Auditoría.

e) Verificación de que el equipamiento adquirido por la Empresa Solicitante no se encuentra en las instalaciones de la "AGENCIA".

f) Constatación de que el equipamiento adquirido no es utilizado para los fines establecidos en el proyecto.

Las sanciones que impliquen la pérdida total del cupo de Crédito Fiscal asignado, provocarán la pérdida del derecho a todo reintegro solicitado cuya/s rendición/es de cuentas no haya/n sido aprobada/s por acto administrativo pertinente o se encontrare pendiente de rendición por la beneficiaria a la fecha de imposición de la sanción. Dichas sanciones se instrumentarán mediante el dictado de una resolución de la Autoridad de Aplicación, previa elaboración de un informe fundado por parte de la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal.

En todos los casos en que se determine la pérdida del beneficio en un proyecto o actividad la Autoridad de Aplicación podrá excluir a la Unidad Capacitadora, Empresas Solicitantes y "AGENCIAS" participantes del siguiente llamado.

Para el caso que en que la Unidad Capacitadora excluida participe en otro/s proyecto/s la misma deberá ser reemplazada inmediatamente para este llamado.

ARTICULO 27.- PRESENTACION DE LA RENDICION DE CUENTAS

La/s rendición/es de cuentas de los proyectos ejecutados o en ejecución deberá/n presentarse en un plazo que no exceda los TREINTA (30) días corridos, contados a partir del día en que finalice la última actividad de capacitación del proyecto y/o de la última incorporación de un bien.

Sin perjuicio de lo expuesto las Empresas Solicitantes podrán presentar rendiciones parciales al finalizar cada actividad o grupo de actividades.

Las rendiciones de cuentas deberán presentarse de la siguiente forma:

a) VIA INTERNET: Completando electrónicamente el "Formulario de Rendición de Cuentas" disponible en el apartado de Crédito Fiscal 2010 en la página "Web" de la "SPyMEyDR" (http://www. sepyme.gob.ar), y posteriormente:

b) Una vez preaprobada la rendición de cuentas se deberá presentar en Soporte Papel el "Formulario de Rendición de Cuentas", cuyos modelos se adjuntan al presente Reglamento como Anexos XIV y XV respectivamente, suscripto por los representantes legales de la empresa y la Unidad Capacitadora de acuerdo a la acreditación de personería prevista en el presente Reglamento en carácter de declaración jurada, ante la "SPyMEyDR" juntamente con la documentación que se detalla:

i- Fotocopia/s simple/s de la/s factura/s y/o recibo/s por honorarios de capacitación; consignando en cada una la denominación del curso facturado; y/o fotocopia/s simple/s de la/s factura/s y/o recibos de compra por la adquisición del equipamiento y/o gastos de adecuación de instalaciones.

Si las facturas fueren de tipo A, entonces deberá enviarse un recibo u otro documento que compruebe la realización del pago.

ii- Fotocopia/s simple/s de la/s factura/s y/o recibo/s por gastos de Escrituras y/o certificación incurridos en el marco del Proyecto de Capacitación y/o Equipamiento. Si las facturas fueren de tipo A, entonces deberá enviarse un recibo u otro documento que compruebe la realización del pago.

iii- Certificación Contable firmada por Contador Público Nacional que no posea relación de dependencia laboral con ninguno de los sujetos participantes del proyecto y legalizada por el Consejo Profesional correspondiente, referente a la registración contable de los comprobantes señalados en los puntos i e ii del presente artículo con el detalle de los mismos.

iv- Fotocopia del certificado de asistencia para el caso de las actividades de capacitación Abiertas y nómina de participantes para el caso de las actividades de capacitación Cerradas.

v- Declaración Jurada de recepción y utilización del equipamiento, suscripta por autoridad de la "AGENCIA" de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.

Una actividad de capacitación Cerrada se considerará realizada si la cantidad de asistentes fuera superior al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los asistentes informados, excepto en el caso de proyectos aprobados para TRES (3) personas, que conforme a lo establecido en el Artículo 8º punto b) del presente Reglamento es la cantidad mínima de participantes aceptable para este tipo de actividad, en cuyo caso deberán asistir el CIEN POR CIENTO (100%) de los participantes informados.

Un asistente de actividad Cerrada se considerará tal si asiste al menos a un SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de las jornadas de capacitación.

ARTICULO 28.- DE LA EMISION Y ENTREGA DEL CERTIFICADO

Una vez analizada y aprobada la rendición de cuentas, tendrá lugar el dictado del acto administrativo que establecerá la aprobación total o parcial de la Rendición y la consiguiente emisión del Certificado de Crédito Fiscal a favor de la/s Empresa/s Solicitantes.

Los Certificados de Crédito Fiscal podrán ser retirados:

a) En la sede pertinente de la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal, sita en Avenida Julio Argentino Roca Nº 651, Piso 7º, Sector 4, por el/los titular/es de la empresa, representante legal o estatutario o apoderado/s con poder general o especial para retirar y suscribir Certificados de Crédito Fiscal, bonos, títulos o similares. Los apoderados deberán acreditar tal carácter mediante la presentación de los instrumentos correspondientes, acompañando sus originales o copias autenticadas por Escribano Público. También podrá retirar el certificado persona autorizada por el titular de la empresa mediante nota con firma certificada por Escribano Público o Juez de Paz.

b) Las empresas con domicilio social constituido a más de DOSCIENTOS KILOMETROS (200 km) de la "SPyMEyDR", podrán optar por retirarlo en la "AGENCIA" "SPyMEyDR" más cercana, previa comunicación a la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal y coordinación de esta última área mencionada con la "AGENCIA" integrante de la Red de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo de la "SPyMEyDR".

ARTICULO 29.- MARCO LEGAL

La presentación del proyecto implica el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el acceso al Régimen de Crédito Fiscal, la adhesión al presente Reglamento y la aceptación de todos los efectos y consecuencias producto de su aplicación, tanto por parte de la/s Empresa/s Solicitante/s como de las "AGENCIAS" y Unidades Capacitadoras designadas en los mismos.

ARTICULO 30.- RECURSOS

El régimen recursivo es el establecido en la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y el Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72, T.O. 1991, siendo, la/s Empresa/s Solicitante/s del/los proyecto/s, la parte legitimada para interponerlos.

ANEXO II

FORMULARIO ELECTRONICO PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS DE CAPACITACION

Datos para completar el formulario de proyectos de capacitación

A continuación se detallan todos los campos que incluye el formulario de carga del proyecto.

Generales

• Título del proyecto.

• Modalidad del proyecto A.

• Como conoció el programa. (internet, empresario, medio de comunicación masivo, agencia de desarrollo).

Datos específicos del Preproyecto según su Modalidad

Modalidad A

o Empresa Solicitante Cedente (seleccionar del registro de empresas. Búsqueda por Nº de CUIT).

o Cantidad de Empresas Solicitantes (automático).

o Masa salarial bruta DOCE (12) últimos meses.

o Motivo de la Cesión.

o Agencia Beneficiaria (seleccionar del registro de empresas. Búsqueda por Nº de CUIT).

o Objetivos de la Agencia Beneficiaria.

o Problemas o necesidades que deben resolverse o satisfacerse para coadyuvar a cumplir los objetivos citados precedentemente (síntesis).

o Seleccionar la o las Unidades Capacitadoras que intervendrán en las actividades del proyecto (en las actividades cerradas deberá incorporar a el o los docentes).

o Si existe vinculación económica o laboral entre Empresa/s Solicitante/s y/o "AGENCIA/S" y la/s Unidad/es Capacitadora/s y/o docente/s intervinientes en el Preproyecto ( Sí, No).

o Actividades a desarrollar, características de la/s actividad/es de capacitación necesaria/s en función de la necesidad y el objetivo.

o Nombre de la actividad.

o Más información sobre el área temática de la actividad.

o Area temática y sub-área (desplegable).

o Carácter de la actividad, si es Abierta o Cerrada (Abierta es aquella actividad realizada por una Unidad Capacitadora orientada al público en general, es decir, no financiada exclusivamente por la Empresa Beneficiaria y Cerrada es aquella actividad realizada por una Unidad Capacitadora en forma y con financiamiento exclusivo de la Empresa Beneficiaria).

o Perfil de los participantes (administrativo, mando medio, gerencia, dirección).

o Seleccionar (Unidad Capacitadora que desarrollará la actividad, docente a cargo de la actividad, temario de la actividad, dirección donde se desarrollará la actividad, localidad donde se desarrollará la actividad, provincia donde se desarrollará la actividad).

o Cantidad de jornadas.

o Carga horaria total.

o Participantes de la actividad.

o Cantidad de participantes.

o Costo de la actividad por persona de ser actividad abierta o costo total si son cerradas (neto de I.V.A).

o Total gastos de capacitación.

o Total gastos de certificación (solicitud de reintegro).

ANEXO III

FORMULARIO PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS PARA EQUIPAMIENTO

Datos para completar el formulario de proyectos de equipamiento.

A continuación se detallan todos los campos que incluye el formulario de carga del proyecto.

Generales

• Título del proyecto.

• Modalidad del proyecto B.

• Tipo de equipamiento o adecuación solicitado.

• Cómo conoció el programa (internet, empresario, contador, medio de comunicación masivo, agencia de desarrollo).

Datos específicos del proyecto

Modalidad B

o Empresa Solicitante Cedente (seleccionar del registro de empresas. Búsqueda por Nº de CUIT).

o Cantidad de Empresas Solicitantes Cedentes (automático).

o Masa salarial bruta DOCE (12) últimos meses.

o Motivo de la cesión.

o "AGENCIA".

o Cantidad de "AGENCIAS" (automático).

o Objetivos de las "AGENCIAS".

o Problemas o necesidades que deben resolverse o satisfacerse para coadyuvar a cumplir los objetivos citados precedentemente (síntesis).

o Breve descripción de la situación actual de su infraestructura de capacitación.

o Detalle equipamiento o adecuación solicitado.

o Presupuesto: detalle por unidad, costo unitario y total.

ANEXO IV

MODELO DE FORMULARIO DE INSCRIPCION AL REGISTRO DE EMPRESAS DE CREDITO FISCAL

Datos para completar al Registro de Empresas

A continuación se detallan todos los campos que incluye el formulario de carga de una empresa.

• Nombre de la empresa.

• CUIT Nº: (Ingresar los 11 dígitos separados por guiones. Ejemplo: 20-24388765-9)

• Tipo de empresa (conformación jurídica: Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad de Hecho, etcétera).

• Representante Legal:

o Apellido y Nombre

o Tipo y Nº Documento

o Cargo

o Teléfono de contacto

• Categoría ClaNAE. (hasta nivel 4).

• Describir la actividad principal de la empresa.

• Sector y actividad económica de la empresa (automático).

• Ventas de los últimos TRES (3) años.

• Promedio de facturación de los últimos TRES (3) años (cálculo automático).

• Tamaño de la empresa (automático).

• Seleccionar si forma parte o no de un grupo económico, si es afirmativo se debe mencionar a cuál

• Seleccionar si exporta, en caso de ser afirmativo se debe detallar los mercados de destino de las exportaciones marcando el/los continente/s y país/es que correspondan.

• Seleccionar provincias argentinas a las que vende

1. BUENOS AIRES

2. CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

3. CATAMARCA

4. CHACO

5. CHUBUT

6. CORRIENTES

7. CORDOBA

8. ENTRE RIOS

9. FORMOSA

10. JUJUY

11. LA PAMPA

12. LA RIOJA

13. MENDOZA

14. MISIONES

15. NEUQUEN

16. RIO NEGRO

17. SALTA

18. SAN JUAN

19. SAN LUIS

20. SANTA CRUZ

21. SANTA FE

22. SANTIAGO DEL ESTERO

23. TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR

24. TUCUMAN

25. SELECCIONAR TODOS

• Seleccionar canal de distribución/ colocación. (mayorista/minorista).

• Seleccionar según corresponda las principales ventas por oferta o demanda.

• Marcas que posee (lista separada por comas).

• Seleccionar si posee un estudio contable externo.

• Seleccionar si realiza actividades de capacitación (Abierta, Cerrada, Ambas, Ninguna) y los temas habituales y/o últimos temas de capacitación (lista separada por comas).

• Seleccionar si contrata o no consultoría profesional, temas habituales y/o últimos temas de consultoría profesional.

• Seleccionar si tiene deudas previsionales o fiscales exigibles.

• Fecha de inicio de actividades.

• Domicilio legal.

• Calle / Ruta.

• Nº / Km.

• Piso.

• Departamento / Oficina.

• Provincia.

• Partido.

• Localidad.

• Código Postal.

• Teléfonos, fax. (incluir el código de área).

• E-mail.

• Página Web.

ANEXO V

MODELO DE FORMULARIO DE INSCRIPCION AL REGISTRO DE UNIDADES CAPACITADORAS DE CREDITO FISCAL

Carga de Unidades Capacitadoras:

A continuación se detallan todos los campos que incluye el Formulario de carga de una Unidad Capacitadora. Hay datos obligatorios (requeridos) para todas las Unidades Capacitadoras y otros que son necesarios para la evaluación de proyectos con actividades cerradas.

Obligatorios

UNIDAD CAPACITADORA

• Nombre de la empresa:

• CUIT Nº: (Ingresar los 11 dígitos separados por guiones. Ejemplo: 20-24388765-9)

• Nombre comercial de la Unidad Capacitadora:

• Domicilio legal:

• Provincia:

• Partido:

• Localidad:

• Código Postal:

• Teléfono / fax (incluir el código de área):

• E- Mail:

• Página Web:

Necesarios para evaluar proyectos que incluyan actividades Cerradas

UNIDAD CAPACITADORA

• Representante Legal:

o Apellido y Nombre:

o Tipo y Nº Documento:

o Cargo:

o Teléfono de contacto:

• Tipo de Unidad Capacitadora (instituto de capacitación, instituto técnico/profesional, equipo de consultores o consultor individual):

• Seleccionar si la Unidad Capacitadora tiene o no fines de lucro:

• Fecha de inicio de actividades:

• Campos de especialización (Capacitación, Consultoría, Ambos):

• Tipo de actividades de capacitación que ofrece (Abiertas, Cerradas, Ambas):

• Areas y subáreas temáticas sobre las que ejerce sus actividades (puede elegir más de una opción de un despleglable):

1. Administración y finanzas:

2. Calidad:

3. Comercio exterior:

4. Estrategia:

5. Idiomas:

6. Marketing:

7. Ventas:

8. Operaciones (procesos, producción y mantenimiento):

9. Sistemas:

10. Dirección de empresas:

• Si la Unidad Capacitadora se encuentra autorizada, certificada o reconocida por autoridad nacional, provincial o municipal (nombre y tipo de la autoridad):

• Experiencias en las temáticas ofrecidas y con el sector de las Pequeñas y Medianas Empresas:

• Cobertura geográfica de sus servicios:

1. CATAMARCA

2. CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

3. MENDOZA

4. CORDOBA

5. SAN LUIS

6. NEUQUEN

7. RIO NEGRO

8. CHUBUT

9. SANTA CRUZ

10. CAPITAL FEDERAL

11. LA PAMPA

12. SANTA FE

13. SANTIAGO DEL ESTERO

14. MISIONES

15. CORRIENTES

16. ENTRE RIOS

17. JUJUY

18. CHACO

19. FORMOSA

20. TUCUMAN

21. SAN JUAN

22. LA RIOJA

23. SALTA

24. TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR

25. SELECCIONAR TODOS

DOCENTES ASOCIADOS (UNIDAD CAPACITADORA)

• Nombre y Apellido:

• Tipo y número de documento (D.N.I, L.C, L.E, cédula extranjero):

• CUIT Nº:

• Sexo (Femenino, Masculino):

• Máximo nivel académico obtenido (técnico, grado, post grado):

• Disciplina:

• Especialización:

• Años de experiencia en la disciplina consistente con el proyecto presentado:

• Experiencias con el sector de las Pequeñas y Medianas Empresas:

• Experiencias anteriores con el sector empresario:

• Formulario para el ingreso de experiencias y antecedentes por área temática (áreas temáticas y subáreas temáticas sobre los que ejerce sus actividades, año de la experiencia):

• Currículum Vitae (el mismo se puede adjuntar).

ANEXO VI

MODELO TENTATIVO DE ESCRITURA PARA EMPRESAS SOLICITANTES CEDENTES

FOLIO Nº____.- PRIMERA COPIA.- ESCRITURA NUMERO_ _ _ _ _ _ _

En la Ciudad de ________, a ________ días del mes de _______ del año dos mil diez, ante mí, Escribano Público Autorizante, comparece ______________, de nacionalidad ______________, nacido el ___de _____de ____, ________________(estado civil), titular del Documento Nacional de Identidad número _______________, C.U.I.T. Nº______________, domiciliado legalmente en la calle ________________ de ___________, persona capaz, de mi conocimiento, doy fe, así como de que interviene en su carácter de __________________(Presidente del Directorio, o lo que corresponda) de la sociedad que gira bajo la denominación de "__________________", C.U.I.T Nº ________________, con domicilio en ____________ y sede social en la calle ________________, cuyo objeto es _____________________ (designación del objeto o actividad principal únicamente), lo que se justificará más adelante, y MANIFIESTA que requiere mi intervención a los fines de poder cumplimentar lo establecido por la Resolución N° XX/10 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, solicitándome que: justifique la existencia de la personería jurídica y de su vigencia actual, denominación o razón social, fecha de constitución, datos de sus inscripción y modificaciones en el registro público correspondiente, domicilio y sede social, objeto social, actividad principal, acreditar la justificación de la personería de su/s representante/s legal/ es con mandato vigente, identificación de socios según corresponda, y cantidad y tipo de acciones/ cuotas sociales según corresponda al tipo societario de sus titulares.

YO EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO CONSTAR: Que la compareciente acredita lo que me solicita que justifique, con la siguiente documentación: a) La constitución de la sociedad y su existencia legal con la escritura de constitución de la sociedad de fecha _____________, que pasó ante ______, al folio ____ del Registro Notarial ____ a cargo de ___________, la que en su primera copia se inscribió el _____________ bajo el número _____del Libro ___ de _______ (repetir por cada modificación o reforma si las hubiera). b) Que según surge de la documentación citada en el punto anterior la sociedad tiene una vigencia de XXX años contados a partir del XXX (fecha que comienza a correr el plazo), por la cual la misma se encuentra vigente. c) Que su Objeto social es:_____________ y su actividad principal de acuerdo a su inscripción en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS es ______________________, d) El carácter de representante legal de la misma con _________________ (acta de asamblea de elección de autoridades y/o acta de directorio con la última distribución de cargos si fuere una S.A., y/o actas o instrumentos pertinentes si fuere otro tipo societario), que se encuentran inscriptas en ___________. De dicha documentación surge que el/los representante/s estatutario/s de la empresa es/son ______________________________ (completar lo que corresponda según el tipo de sociedad), que ejercen su mandato por el término de _____________o hasta ___________, por lo cual se encuentra vigente, e) A continuación se detalla la nómina de socios o accionistas, (Nombre y DNI), y la cantidad y tipo de acciones/cuotas sociales que poseen cada uno (según corresponda al tipo societario). f) Se autoriza por la presente a la/s siguiente/s persona/s para la realización de gestiones administrativas ante la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL y en particular para el programa de Crédito Fiscal Llamado 2010, a retirar Certificados de Crédito Fiscal, etc. Nombre y Apellido_________, DNI Nº_______. (El punto f) es opcional).

La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista.

LEIDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe.

_______ - Hay un sello.- Ante mí: ______________- PARA ________ expido esta Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.

ANEXO VII

MODELO TENTATIVO DE ESCRITURA PUBLICA PARA AGENCIAS

FOLIO Nº____.- PRIMERA COPIA.- ESCRITURA NUMERO __________________

En la Ciudad de ________, a ________ días del mes de _______ del año dos mil diez, ante mí, Escribano Público Autorizante, comparece _________________, de nacionalidad ______________ (argentina), nacido el ___de _____de ____, ________________(estado civil), titular del Documento Nacional de Identidad Número _______________, C.U.I.T. Nº ______________, domiciliado legalmente en la calle ________________ de ___________, persona capaz, de mi conocimiento, doy fe, así como de que interviene en su carácter de __________________(Representante/s Legal/es de la Institución y/o Apoderado según corresponda) de la asociación civil o fundación que gira bajo la denominación "__________________", C.U.I.T Nº ________________, con domicilio en ____________ y sede social en la calle ________________, cuyo objeto es _____________________ (designación del objeto principal únicamente), lo que se justificará más adelante, y MANIFIESTA que requiere mi intervención a los fines de poder cumplimentar lo establecido por la Resolución N° XX/10 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, solicitándome que: justifique la existencia de la persona jurídica y de su vigencia actual, denominación, fecha de constitución, domicilio legal, objeto principal, datos de su inscripción y modificaciones en los registros públicos correspondientes, y acreditar la justificación de la personería de su/s representante/s legal/ es y/o apoderados con mandato vigente.

YO EL ESCRIBANO AUTORIZANTE EN CUMPLIMIENTO DE LO REQUERIDO HAGO CONSTAR: Que la compareciente acredita la existencia legal de la _____________(Asociación Civil o Fundación), el carácter invocado, con la siguiente documentación: a) La escritura de constitución de la Asociación Civil o Fundación de fecha _____________, que pasó ante ______, al folio ____ del Registro Notarial ____ a cargo de ___________, la que en su primera copia se inscribió el _____________ bajo el número _____del Libro ___ de _______. b) El acta de reuniones o asamblea inscripta en _____________ con la cual se acredita que los representantes legales y/o apoderados de la Asociación Civil o Fundación son ______________________________ (completar lo que corresponda según el tipo de institución), c) De dicha documentación surge que el/los representante/s estatutario/s de la Asociación Civil o Fundación________________ ejercen su mandato por el término de _____________o hasta ___________, por lo cual se encuentra vigente.

La documentación relacionada en su primera copia y original la tengo a la vista. LEIDA Y RATIFICADA firma la requirente de conformidad por ante mí, doy fe._______ - Hay un sello.- Ante mí: ______________- PARA ________ expido esta Primera Copia en un Sellado de Actuación Notarial número que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.

ANEXO VIII

MODELO DE CERTIFICACION CONTABLE PARA EMPRESAS SOLICITANTES

Señores

Razón Social/Nombre

Domicilio Legal

C.U.I.T.

En mi carácter de Contador Público independiente, a solicitud del interesado y para su presentación ante la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, certifico la información detallada en el apartado siguiente.

1. INFORMACION OBJETO DE LA CERTIFICACION

Declaración efectuada por la Sociedad _____________ con respecto a la inscripción en la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, la actividad principal de la empresa, las ventas de los últimos TRES (3) ejercicios, su composición del último año, las importaciones realizadas y las relaciones de vinculación y/o control con otras sociedades, y demás información incluida en hoja adjunta en los términos de la Resolución Nº XX/10 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, firmada por mí al solo efecto de su identificación.

2. TAREA PROFESIONAL REALIZADA

La emisión de una certificación consiste en constatar determinados hechos y circunstancias con registros contables y documentación de respaldo. Por lo expuesto, mi tarea profesional se limitó a cotejar los conceptos contenidos en la declaración señalada en el punto 1 con los comprobantes respaldatorios correspondientes y que detallo a continuación, referenciados para cada uno de los puntos indicados en la planilla de datos que se adjunta:

1)

2)

3)

4)

5)

6)

Etcétera.

MANIFESTACION

En función de la tarea realizada, certifico que los datos de A) a H) de la Declaración Jurada adjunta surgen de la documentación detallada en el punto 2.

En la ciudad de..........................., a los ....... del mes de ............................de 2010.

Dr.xxxxxxxxxxxx

Contador Público (Universidad)

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº xxx Fº xxx

ANEXO IX

MODELO DE DECLARACION JURADA DE LA AGENCIA PARA LA ACEPTACION Y RECEPCION DEL EQUIPAMIENTO

SEÑOR SUBSECRETARIO DE POLITICA Y GESTION DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DEL DESARROLLO REGIONAL

Por la presente informo en mi condición de………………………..y con carácter de Declaración Jurada que los bienes adquiridos bajo el régimen de Crédito Fiscal reglamentado por la Resolución Nº …… de fecha………… de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, que se detallan a continuación, fueron recibidos en la sede de la Agencia Regional de Desarrollo Productivo (lugar y fecha) ......

Dichos bienes se encuentran afectados exclusivamente a las actividades de capacitación realizados por esta institución.

Detalle:

a)

b)

c)

_________________________

Firma y Aclaración

(Observaciones: Las firmas deberán certificarse por Juez De Paz o por Escribano Público).

ANEXO X

MODELO DE DECLARACION JURADA DE LA UNIDAD CAPACITADORA (PERSONA JURIDICA)

Lugar y fecha

Yo, XXXXX (nombre del titular o representante legal de la Unidad Capacitadora), por la presente manifiesto en carácter de declaración jurada que la Unidad Capacitadora xxxxxxxx (Nombre de la "UCAP"). CUIT Nº xx-xxxxxxxx-x que represento en carácter de xxxxxxxx (titular, representante legal, etc.) con mandato vigente hasta--/--/---:

1) Fue constituida en fecha......, tiene domicilio legal en ..........., tiene como objeto social....... y personería jurídica vigente de acuerdo a Nº tomo, folio, etc., de la Inspección General de Justicia o Personas Jurídicas de la Provincia (datos de inscripción y sus modificaciones en los Registros Públicos correspondientes).

2) Cumple con los recaudos establecidos en el reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos de Capacitación para el Año 2010 – Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL que la habilitan a participar en la presente convocatoria, de Crédito Fiscal de la "SPyMEyDR".

3) No conforma un Grupo Económico, ni está controlada o vinculada económicamente con la/s "Empresa/s xx" que la presentara/n ni con la/s "Agencia/s" de la capacitación.

4) No conforma un Grupo Económico, no es controlante o controlada, ni se encuentra vinculada jurídicamente con otra/s Unidad/es Capacitadora/s que participe/n en el presente llamado.

5) Asimismo, se manifiesta que en ningún proyecto los docentes o capacitadores incluidos por nuestra Unidad Capacitadora, tienen relación de empleo ni ninguna otra forma contractual que contemple la prestación de servicios, locación de obra o realización de trabajos con la/s "Empresa/s xx".

___________________________________

Firma y Aclaración del Representante Legal

o Apoderado de la Unidad Capacitadora

A los efectos de lo establecido en los puntos b) y c) se tomarán los criterios de control y vinculación que prevé el Artículo 33 de la Ley Nº 19.550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones.

En el caso del punto c), se establece adicionalmente que se considerará que la identidad de directivos o autoridades o socios o partícipes o representantes vincula a las Unidades Capacitadoras entre sí y con las empresas, salvo lo previsto para entidades sin fines de lucro.

ANEXO XI

MODELO DE DECLARACION JURADA DE LA UNIDAD CAPACITADORA

(PERSONA FISICA O SOCIEDAD DE HECHO)

Lugar y fecha

Yo, XXXXX (nombre del titular de la Unidad Capacitadora), por la presente manifiesto en carácter de declaración jurada que la Unidad Capacitadora xxxxxxxx (Nombre de la "UCAP"). CUIT Nº xxxxxxxxxx- x que represento en carácter de titular.

a) Cumple con los recaudos establecidos en el reglamento para el llamado a presentación y ejecución de proyectos de capacitación para el año 2010 – Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL que la habilitan a participar en la presente convocatoria, de Crédito Fiscal de la "SPyMEyDR".

b) Asimismo, se manifiesta que en el proyecto el titular de la Unidad Capacitadora, no tienen relación de empleo ni ninguna otra forma contractual que contemple la prestación de servicios, locación de obra o realización de trabajos con la/s "Empresa/s xx".

__________________________________

Firma y Aclaración del Titular de la Unidad Capacitadora

ANEXO XII

MODELO DE ACTA ACUERDO PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS, BAJO LA CLASIFICACION A (CAPACITACION)

En........ (lugar y fecha) ...... , entre la empresa ........ (razón social) ....., con sede social en ................ (mismo domicilio debe ser declarado en el legajo de empresa solicitante) ...........................; representada en este acto por su ...... (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado señor Don..... (Nombre y Apellido Completo y D.N.I. Nº), quien acredita ante el Escribano Interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; en adelante "LA EMPRESA SOLICITANTE ", y la "AGENCIA"…...………….., con sede social en ................ (mismo domicilio debe ser declarado en el legajo de "AGENCIA" ...........................; representada en este acto por su .............. (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado señor Don..... (Nombre y Apellido Completo y D.N.I. Nº), quien acredita ante el escribano interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; en adelante "LA AGENCIA".

ACUERDAN: celebrar el presente de conformidad a las cláusulas que a continuación se establecen: PRIMERA - OBJETO

"LA EMPRESA SOLICITANTE" y "LA AGENCIA" acuerdan la presentación conjunta de un Proyecto de Capacitación a efectos de capacitar al personal de esta última, en un todo de conformidad con lo dispuesto en las normas reglamentarias del Régimen de Crédito Fiscal a cargo de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, en adelante "LA SPyMEyDR".

SEGUNDA - ASIGNACION DE CERTIFICADOS DE CREDITO FISCAL

"LA EMPRESA SOLICITANTE" presentará a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL la respectiva rendición de cuentas de conformidad con las normas vigentes a los fines de recibir el correspondiente Certificado de Crédito Fiscal de acuerdo a los Artículos 27 y 28 del REGLAMENTO PARA EL LLAMADO A PRESENTACION Y EJECUCION DE PROYECTOS DESTINADOS A LA CAPACITACION DEL PERSONAL Y AL EQUIPAMIENTO DE AGENCIAS REGIONALES DE DESARROLLO PRODUCTIVO DEL REGIMEN DE CREDITO FISCAL AÑO 2010.

TERCERA - INFORMES A LA AUTORIDAD DE APLICACION

Las partes firmantes de este acuerdo proporcionarán en tiempo y forma toda la información necesaria para la elaboración de las rendiciones de cuentas y el monitoreo del Proyecto, exigibles por la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de "LA SPyMEyDR".

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman .... ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo en este acto cada parte el suyo.

(Observaciones: Las firmas deberán certificarse por Juez de Paz o por Escribano Público).

ANEXO XIII

MODELO DE ACTA ACUERDO PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS, BAJO LA CLASIFICACION B (EQUIPAMIENTO)

En........ (lugar y fecha) ...... , entre la empresa ........ (razón social) ....., con sede social en ................ (mismo domicilio debe ser declarado en el legajo de empresa solicitante) ...........................; representada en este acto por su ...... (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado señor Don..... (Nombre y Apellido Completo y D.N.I. Nº), quien acredita ante el escribano interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; en adelante "LA EMPRESA SOLICITANTE", ……………..y la Agencia Regional de Desarrollo Productivo .....………., con sede social en ................ (mismo domicilio debe ser declarado en el legajo de "Agencias Regionales de Desarrollo Productivo"; representada en este acto por su .............. (Cargo representante legal y/o estatutario y/o apoderado señor Don..... (Nombre y Apellido Completo y D.N.I. Nº), quien acredita ante el escribano interviniente su capacidad para ejercer la representación que invoca; en adelante "LA AGENCIA".

ACUERDAN: celebrar el presente de conformidad a las cláusulas que a continuación se establecen:

PRIMERA – OBJETO

"LA EMPRESA SOLICITANTE" y "LA AGENCIA" acuerdan la presentación conjunta de un Proyecto de Capacitación a efectos de proporcionarle, el equipamiento necesario para la realización de actividades de capacitación, en un todo de conformidad con lo dispuesto en las normas reglamentarias del Régimen de Crédito Fiscal a cargo de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, en adelante "SPyMEyDR".

SEGUNDA: "LA EMPRESA SOLICITANTE" cede a "LA AGENCIA" los bienes que se han adquirido y que se detallan a continuación.

a)……………

b)………….

TERCERA: Los bienes detallados en la cláusula anterior serán adquiridos por "LA EMPRESA SOLICITANTE" para ser cedidos a "LA AGENCIA" de conformidad con el Reglamento de Crédito Fiscal, en el marco de la Ley Nº 22.317.

CUARTA - ASIGNACION DE CERTIFICADOS DE CREDITO FISCAL

"LA EMPRESA SOLICITANTE" presentará a la "SPyMEyDR" la respectiva rendición de cuentas de conformidad con las normas vigentes a los fines de recibir el correspondiente certificado de Crédito Fiscal de acuerdo a los Artículos 27 y 28 del Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos Año 2010, bajo el Régimen de Crédito Fiscal de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, para la presentación y ejecución de proyectos destinados a la capacitación del personal y al equipamiento de Agencias Regionales de Desarrollo Productivo, que tengan como objetivo promover y fomentar el desarrollo productivo y empresarial, local y/o regional, de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

QUINTA - INFORMES A LA AUTORIDAD DE APLICACION

Las partes firmantes de este acuerdo proporcionarán en tiempo y forma toda la información necesaria para la elaboración de las rendiciones de cuentas y el monitoreo del proyecto, exigibles por la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la "SPyMEyDR".

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, se firman .... ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo en este acto cada parte el suyo.

(Observaciones: Las firmas deberán certificarse por Juez de Paz o por Escribano Público).

ANEXO XIV

FORMULARIO ELECTRONICO PARA LA RENDICION DE CUENTAS DE PROYECTOS MODALIDAD A

Nº Proyecto: IP

Empresa Solicitante Principal:

Unidad Capacitadora:

RESUMEN RENDICION

Monto Total Aprobado del Proyecto:

$ ######.##

Monto Gastos Capacitación Rendidos a la Fecha :

$ ######.##

Monto Gastos de Capacitación de la presente Rendición:

$ ######.##

Monto Gastos de Capacitación Rendido Acumulado con esta Rendición:

$ ######.##

ANEXO XV

FORMULARIO ELECTRONICO PARA LA RENDICION DE CUENTAS DE PROYECTOS MODALIDAD B