MERCOSUR/GMC/RES. N° 37/10

REASIGNACION DE RECURSOS EXCEDENTES

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 59/00 y 23/02 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 39/04 y 04/06 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que las Resoluciones GMC N° 39/04 y 04/06 autorizaron la utilización de recursos excedentes de la Secretaría del MERCOSUR para el financiamiento de los gastos de viajes en misión de servicio necesarios para el apoyo a las actividades del Programa de Foros de Competitividad del MERCOSUR.

Que dichos fondos no fueron utilizados en su totalidad generando un saldo de recursos disponibles pendientes de nueva asignación.

Que resulta necesario solventar los gastos relativos a la formulación y consolidación del proyecto "Fortalecimiento de la Cadena Productiva y Desarrollo de Proveedores de Madera y Muebles del MERCOSUR" a ser presentado por el Subgrupo de Trabajo N° 7 a fin de obtener financiamiento.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

Art.1 – Autorizar la utilización de US$ 4000 (cuatro mil dólares estadounidenses) procedentes del saldo disponible de recursos asignados por las Resoluciones GMC N° 39/04 y 04/06 al Programa de Foros de Competitividad, para solventar los gastos de honorarios profesionales requeridos para la formulación y consolidación del proyecto "Fortalecimiento de la Cadena Productiva y Desarrollo de Proveedores de Madera y Muebles del MERCOSUR".

Art. 2 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Parte, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LXXX GMC - Buenos Aires, 15/VI/10.