MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 1411/2010

Transfiérese la Comisión que resguardara la documentación de la entonces Comisión Nacional de Responsabilidad Patrimonial al Archivo Nacional de la Memoria de la Secretaría de Derechos Humanos.

Bs. As., 1/10/2010

VISTO el Decreto Nº 1539 del 23 de junio de 1983 y el Decreto Nº 1259 del 16 de diciembre de 2003 por el que se establecieron las competencias del ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 3245 del 21 de octubre de 1977 de la última dictadura militar se creó la COMISION NACIONAL DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL (CONAREPA) con la finalidad de "...investigar con las más amplias facultades la composición del patrimonio de las personas físicas o jurídicas afectadas por la Ley Nº 21.670" y "...dictar resolución ordenando la transferencia de los bienes interdictos al patrimonio del Estado Nacional".

Que por Decreto Nº 1539 del 23 de junio de 1983, la CONAREPA fue disuelta y sus funciones transferidas al entonces MINISTERIO DE ECONOMIA, al que se le encomienda conformar una "...Comisión integrada por tres miembros", designados y removidos por Resolución ministerial, para llevar a cabo las funciones establecidas en dicho Decreto.

Que dicha Comisión continúa funcionando en la actualidad, manteniendo el resguardo de la documentación, integrada por DOS (2) miembros.

Que la documentación de la entonces CONAREPA es de inestimable valor para analizar las sistemáticas violaciones a los derechos humanos cometidas durante el terrorismo de Estado.

Que el ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA, organismo desconcentrado dependiente de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, tiene como función fundamental obtener, analizar, clasificar, duplicar, digitalizar y archivar informaciones, testimonios y documentos sobre el quebrantamiento de los derechos humanos y las libertades fundamentales en que esté comprometida la responsabilidad del Estado Argentino.

Que en este sentido es conveniente transferir la Comisión que resguardara la documentación de la entonces CONAREPA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS al ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA.

Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Transfiérese del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS al ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA, organismo desconcentrado dependiente de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS la Comisión creada por Decreto Nº 1539 del 23 de junio de 1983, con los expedientes, registros, actuaciones y toda otra documentación que haya tramitado la misma desde la creación de la entonces COMISION NACIONAL DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL (CONAREPA) mediante Decreto Nº 3245 del 21 de octubre de 1977.

Art. 2º — Transfiérense al señor Miguel Héctor ALURRALDE (DNI Nº 4.174.767) y a la Dra. María Nélida LÓPEZ (DNI Nº 10.459.094), quienes se desempeñan como Vocales de la Comisión que se transfiere por el artículo 1º del presente decreto, al ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA. Los mismos continuarán percibiendo por su desempeño los viáticos establecidos en el artículo 2º inciso d) del Decreto Nº 1539 del 23 de junio de 1983.

Art. 3º — Los bienes muebles, útiles y otros efectos que estén actualmente en uso por la referida Comisión serán transferidos bajo inventario al ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA.

Art. 4º — Los oficios judiciales que soliciten información obrante en la ex CONAREPA serán diligenciados por el ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA.

Art. 5º — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas correspondientes de la Jurisdicción 40 —MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS—.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Julio C. Alak. — Amado Boudou.