Ministerio de Educación

EDUCACION

Resolución 1373/2010

Procedimiento para otorgar validez nacional a títulos y certificados correspondientes a estudios de formación docente de todos los niveles y modalidades del sistema formador.

Bs. As., 27/9/2010

VISTO el expediente Nº 9365/08 del registro de este Ministerio, la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, el Decreto PEN Nº 144/08, las Resoluciones del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION Nros. 24/07, 73/08 y las Resoluciones de este MINISTERIO DE EDUCACION Nros. 2170/08 y 757/09, y

CONSIDERANDO:

Que el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION estableció mediante Resolución Nº 24/07 los nuevos "Lineamientos Curriculares Nacionales para la Formación Docente Inicial".

Que posteriormente el Decreto PEN Nº 144/08 estableció nuevas condiciones y requisitos para otorgar validez nacional a los títulos y certificaciones de Formación Docente, a partir de la cohorte 2008.

Que en cumplimiento de lo establecido por el citado Decreto, este MINISTERIO DE EDUCACION dispuso mediante Resolución ME Nº 2170/08 los requisitos y el procedimiento exigidos a las jurisdicciones para tramitar y obtener dicha validez nacional.

Que en razón de la modificación de los diseños curriculares y su necesaria implementación en los subsistemas formadores, todas las jurisdicciones del país se encuentran atravesando una etapa de transición en sus ofertas.

Que ello fue materia de regulación por el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION mediante Resolución CFE Nº 73/08 y las Resoluciones de este MINISTERIO DE EDUCACION Nº 2170/08 y Nº 757/09, considerando plazos y condiciones particulares.

Que para asegurar el cumplimiento de las nuevas condiciones exigidas se advierte la necesidad de extender el período de transición.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACION

RESUELVE:

Artículo 1º — Establecer que a partir de la cohorte 2013, el inicio del trámite regulado por la Resolución Ministerial Nº 2170/08 para solicitar la validez nacional de los títulos y certificaciones que emitan las instituciones de gestión estatal creadas y de gestión privada reconocidas por las autoridades educativas nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, correspondiente a los estudios presenciales de Formación Docente de todos los niveles y modalidades previstos por la Ley Nº 26.206, deberá efectuarse ante la DIRECCION DE VALIDEZ NACIONAL DE TITULOS Y ESTUDIOS antes del 31 de julio del año inmediato anterior al inicio de la cohorte cuya validez nacional de títulos y certificaciones se pretenda.

(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 2084/2011 del Ministerio de Educación B.O. 25/11/2011, se extiende el plazo establecido en el presente artículo para la cohorte 2013, hasta el 31 de diciembre de 2012.)

Art. 2º — Extender los plazos de inicio del trámite para las cohortes 2011 y 2012, hasta el 31 de diciembre de 2010 y 31 de diciembre de 2011 respectivamente.

Art. 3º — Incorporar la cohorte 2011 en los artículos 4º, 5º y 6º de la Resolución Ministerial 757/09.

Art. 4º - Extender el plazo establecido en el inciso 1 del artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 757/09 hasta el 31 de diciembre de 2010.

Art. 5º — Aplicar a las ofertas de las cohortes 2010 y 2011 inclusive, las "Recomendaciones para la adecuación de ofertas y títulos de Formación Docente Inicial a la Resolución CFE Nº 24/07" formuladas por Resolución CFE Nº 73/08 del Consejo Federal de Educación.

Art. 6º — Establecer que los títulos y certificaciones que emitan las jurisdicciones para las cohortes aquí comprendidas, no requieren mención de la presente norma.

Art. 7º — Derogar todo cuanto se oponga a la presente de las Resoluciones Ministeriales Nº 2170/08 y 757/09.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto E. Sileoni.