ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 392/2010

Centros de Atención AFIP y Programa Espacio AFIP.

Bs. As., 6/10/2010

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10462-137-2010 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO

Que en el marco de los lineamientos estratégicos de la Administración Federal, la atención al contribuyente resulta un objetivo prioritario.

Que mediante la Instrucción General Conjunta Nº 1 (DI SCUA) y Nº 1119 (DI PYNR) del 21 de junio 2006, se crearon las unidades denominadas "Centros de Servicio".

Que, asimismo, a través de la Disposición Nº 594/09 (AFIP) de 14 de diciembre de 2009, se creó el programa denominado "Espacio AFIP", con el fin de generar nuevos centros de atención destinados a incrementar y optimizar la presencia institucional en lugares de alta concurrencia de público, lo que constituye un importante avance en la profundización de los lineamientos estratégicos mencionados.

Que la experiencia recogida en el tiempo de funcionamiento de las unidades referidas en el segundo considerando, evidencia que la presencia institucional y la prestación de servicios concretos a los administrados mejora significativamente la relación fisco-contribuyente.

Que razones de buen orden administrativo, con el fin de optimizar el cumplimiento de los objetivos propuestos, aconsejan, que los distintos centros de atención desarrollen funciones en el mismo ámbito jerárquico, resultando conveniente, además, cambiar su denominación acorde al perfil de su funcionamiento.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Servicios al Contribuyente, de Administración Financiera, de Recursos Humanos, de Recaudación, de Planificación y las Direcciones Generales Impositiva y de Aduanas.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10

de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1º — Modifícase la denominación de los "Centros de Servicio", creados por la Instrucción General Conjunta Nº 1 (DI SCUA) y Nº 1119 (DI PYNR) del 21 de junio de 2006, por la de "Centros de Atención AFIP".

Art. 2º — Los centros de atención referidos en el Artículo 1º y aquellos instalados o que se instalen, en el marco del programa "Espacio AFIP", dependerán funcional y jerárquicamente de la Subdirección General de Servicios al Contribuyente.

Art. 3º — Los agentes afectados a los "Centros de Atención AFIP", detallados en el Anexo que forma parte de la presente, dependerán funcional y jerárquicamente de la Subdirección General de Servicios al Contribuyente. No obstante, aquellos agentes que desarrollen sus tareas fuera del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, recibirán asistencia del área administrativa de la sede del Organismo más cercana, de acuerdo a lo que determine la Subdirección General de Recursos Humanos.

Art. 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO I DISPOSICION Nº 392/10 (AFIP)