PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 730/2010

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Bs. As., 13/10/2010

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, aprobado por la Ley Nº 26.546 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario atender obligaciones impostergables de la Administración Nacional para el mes de octubre del corriente año. Que con el objeto de afrontar mayores gastos derivados del incremento salarial, se contempla un refuerzo de créditos para la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION.

Que resulta necesario incorporar al Presupuesto vigente de la DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA NACION remanentes de recursos de ejercicios anteriores correspondientes a la Fuente de Financiamiento 21 - Transferencias Externas, provenientes del Acuerdo con el Fondo Especial de Cooperación para Ombudsman e Instituciones Nacionales de Derechos Humanos en América Latina y el Caribe.

Que asimismo se contempla para la DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION la incorporación de remanentes de recursos de la Fuente de Financiamiento 21 – Transferencias Externas, correspondientes al año 2009, resultantes de los diversos Convenios de Cooperación celebrados con UNICEF Argentina y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia.

Que por otra parte, resulta necesario incrementar los créditos de la SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION para posibilitar el normal funcionamiento de la Jurisdicción.

Que corresponde modificar el Presupuesto del TEATRO NACIONAL CERVANTES, actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a efectos de atender gastos de personal asumidos por la entidad.

Que es menester reforzar los créditos vigentes del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con el objeto de dar cumplimiento a los gastos derivados de las actividades programadas por la entidad para el ejercicio en curso.

Que el citado refuerzo, se financia mediante la incorporación de recursos propios correspondientes al INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, en atención a la nueva estimación efectuada respecto del cálculo inicial.

Que resulta necesario realizar compensaciones en los créditos presupuestarios vigentes para la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre el Programa 40 - PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL, el Programa 41 – PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE, y el Programa 44 - DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA CUENCA MATANZA – RIACHUELO (BIRF 7706-AC) que se encuentra bajo la órbita del Servicio Administrativo Financiero 342 - AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO, de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a los fines de no resentir el normal funcionamiento de los mismos.

Que asimismo se incrementa el Presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a fin de cubrir las erogaciones derivadas de la realización de DOS (2) campañas de prensa dirigidas a la población en general y de carácter masivo encomendadas por el MINISTERIO DE SALUD, relativas a la Campaña de Prevención y Lucha contra el Dengue 2010 y la Campaña de Prevención de Enfermedades de Invierno y Vacunación contra la Gripe.

Que es necesario incorporar los mayores ingresos provenientes de recursos tributarios de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL a fin de destinarlos al pago de haberes y a la adquisición de equipamiento.

Que es necesario reforzar los créditos de la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en la Fuente 11 – TESORO NACIONAL, a fin de no ocasionar demoras y continuar con las tareas previstas en el cronograma de la Misión Satelital SAOCOM, debido a la falta de desembolsos por atrasos en la entrega de componentes para la citada Misión Satelital.

Que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO necesita atender los gastos derivados de la XX Cumbre Iberoamericana la cual se celebrará en la Ciudad de Mar del Plata, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a realizarse los días 3 y 4 de diciembre del corriente año.

Que corresponde atender mayores gastos de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, de la GENDARMERIA NACIONAL y de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA dependientes del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS derivados del aumento en las remuneraciones del personal.

Que resulta necesario incrementar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS a efectos de afrontar la adquisición de uniformes y elementos de seguridad para las Fuerzas de Seguridad dependientes de la citada Cartera de Estado.

Que es necesario reforzar los créditos del MINISTERIO DE DEFENSA para hacer frente al pago de haberes.

Que a fin de atender el normal desarrollo de los servicios se realizan compensaciones dentro de los créditos vigentes del SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL.

Que resulta necesario incrementar los créditos del ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO a fin de hacer frente al pago de los haberes del mes de octubre.

Que a los efectos de hacer frente a los gastos que demanda el envío del segundo contingente que integran las Fuerzas de Paz desplegadas en la REPUBLICA DE HAITI y en la isla de CHIPRE, se incrementan los créditos presupuestarios del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que es necesario reforzar los créditos del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a los fines de atender las tareas inherentes al Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2010.

Que resulta necesario incrementar los créditos del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS con destino a la transferencia de fondos a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA).

Que asimismo, surge la necesidad de incrementar el crédito vigente de ese Ministerio en la parte correspondiente al Programa Garrafas para Todos, con el objeto de asegurar los pagos corrientes de las compensaciones establecidas en la normativa vigente y los créditos correspondientes a las transferencias a empresas concesionarias del transporte ferroviario, a empresas de transporte aerocomercial y a empresas de servicios de transporte público de pasajeros por automotor.

Que a su vez corresponde atender, en la citada jurisdicción, gastos derivados por la construcción de la Central Termoeléctrica a Carbón Río Turbio; gastos de implementación y puesta en marcha del Sistema Unico de Boleto Electrónico (SUBE); transferencias a la Autoridad de Cuenca Matanza-Riachuelo (ACUMAR); transferencias a la Empresa Argentina Soluciones Satelitales S.A. (ARSAT); la obra de infraestructura del Centro Cultural del Bicentenario; para continuar con la ejecución de proyectos de inversión que permitan aumentar la capacidad instalada en materia energética, de transporte y para la adquisición de material rodante.

Que por otra parte resulta necesario reforzar las partidas presupuestarias del Ministerio antes citado, a los fines de atender mayores gastos operativos.

Que, se otorgan refuerzos de créditos a la Dirección Nacional de Vialidad, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para dar continuidad a los trabajos de construcción y mantenimiento de rutas.

Que resulta necesario modificar el Presupuesto vigente del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a los efectos de permitir el normal funcionamiento del mismo.

Que para ello se disminuyen las aplicaciones financieras y se incrementa la estimación del cálculo de recursos de ese Organismo.

Que asimismo resulta necesario ampliar el Presupuesto de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con el objeto de permitirle atender mayores gastos operativos y en materia de personal.

Que el citado refuerzo, se financia mediante la incorporación de recursos propios, en atención a la nueva estimación efectuada respecto del cálculo inicial.

Que resulta menester reforzar el Presupuesto vigente del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES, organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a fin de atender gastos en el marco de Convenios suscriptos con Universidades Nacionales y con la POLICIA FEDERAL ARGENTINA vinculados con la custodia de los bienes administrados por el Organismo.

Que, por otra parte resulta oportuno incrementar los créditos del Organismo citado precedentemente, a los fines de permitirle llevar a cabo un plan de capacitación dirigido al personal.

Que se incrementa el Presupuesto de la Dirección General de Fabricaciones Militares, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para atender gastos en personal, efectuándose asimismo compensaciones entre sus créditos vigentes para atender gastos operativos.

Que mediante el Decreto Nº 894 del 22 de junio de 2010 se otorgó desde marzo de 2010 una compensación no remunerativa y no bonificable al personal retirado y pensionado de las Fuerzas Armadas y de Seguridad entre otros del OCHO POR CIENTO CON VEINTIUN CENTESIMOS (8,21%) del haber de retiro o de pensión según corresponda.

Que por el Decreto Nº 883 del 17 de junio de 2010 se dispuso un incremento sobre los haberes mensuales del personal en actividad de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

Que por efecto del precitado decreto se recomponen en forma directa los haberes de los jubilados, retirados y pensionados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

Que por lo expuesto se procede a reforzar el Presupuesto destinado a la atención de las jubilaciones, retiros y pensiones del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA.

Que mediante el Decreto Nº 933 del 29 de junio de 2010 se incrementó el valor de la prestación del subsidio de Contención Familiar, por lo que es necesario reforzar las partidas que se destinan a la atención del mismo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), dependiente del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que, por otra parte es necesario incrementar los créditos del Organismo citado precedentemente para atender los mayores gastos resultantes de la aplicación del Decreto Nº 1602 del 29 de octubre de 2009 a través del cual se creó el Subsistema no Contributivo de Asignación Universal por hijo para Protección Social destinado a los hijos de los trabajadores del sector informal, desempleados y del servicio doméstico.

Que en el caso del MINISTERIO DE EDUCACION se prevé un incremento en sus créditos para la atención de gastos de la Universidad Nacional de Córdoba, de la Universidad Nacional de Tucumán, de los Institutos Terciarios y créditos correspondientes al FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE.

Que con el objeto de atender los gastos que genera la puesta en marcha de la señal de Ciencia y Tecnología para la nueva Televisión Digital, resulta necesario incrementar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Que a fin de reforzar las acciones dirigidas a la ejecución del "Programa de Formación Profesional Permanente" Préstamo BIRF 7474-AR, se incrementan los créditos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, mediante una disminución de los créditos asignados al Programa FOMENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del entonces MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO actual MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que resulta necesario incrementar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DE SALUD a fin de atender gastos inherentes a la atención médica de los pensionados no contributivos, al funcionamiento del HOSPITAL DE PEDIATRIA S.A.M.I.C. PROFESOR DR. JUAN PEDRO GARRAHAN y del HOSPITAL EL CRUCE ALTA COMPLEJIDAD EN RED (S.A.M.I.C.) de Florencio Varela, a la atención de transferencias en el marco del Programa Salud Familiar y a la adquisición de insumos destinados a distintos programas desarrollados por la Jurisdicción, entre otros conceptos.

Que corresponde atender mayores gastos del CENTRO NACIONAL DE REEDUCACION SOCIAL, del HOSPITAL NACIONAL DR. BALDOMERO SOMMER y de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA dependientes del MINISTERIO DE SALUD derivados del aumento en las remuneraciones del personal.

Que asimismo se incrementa el Presupuesto vigente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD DR. CARLOS G. MALBRAN, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, para atender gastos en personal y transferencias.

Que por otra parte se aumentan los gastos en personal de la ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES y de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismos descentralizados actuantes en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, financiados con un incremento de los recursos estimados para el presente ejercicio.

Que es menester incrementar el Presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, organismo descentralizado dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, para afrontar gastos en personal y transferencias a entidades cooperativas y mutuales.

Que el mencionado aumento se financia con una mayor estimación de recursos propios a percibir en el presente ejercicio.

Que es necesario incrementar los créditos destinados a financiar erogaciones corrientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que las modificaciones propiciadas se encuentran amparadas en las disposiciones del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido por el Artículo 1º de la Ley Nº 26.124, y del Artículo 9º de la Ley Nº 26.546.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º — Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.

———

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar