MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1350/2010

Registro Nº 1328/2010

Bs. As., 13/9/2010

VISTO el Expediente Nº 1.395.907/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 2 del expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO LUJAN DE OBREROS ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en dicho acuerdo, las partes convienen reemplazar el Punto Quinto del acuerdo de fecha 9/6/2009, comprometiéndose la empresa a promocionar a empleados representados por el gremio firmante, entre el 01/01/2010 y el 1/05/2010, de acuerdo a lo estipulado en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 822/06 "E", en los términos del texto pactado.

Que al respecto, se deja constancia que el acuerdo suscripto el 9/6/2009 se encuentra homologado por la Resolución S.T. Nº 208/10, y que los firmantes son los signatarios del Convenio mencionado ut-supra.

Que el Anexo I, glosado a foja 3, tiene carácter pluriindividual, no siendo procedente su homologación en los términos de la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que no obstante ello, debe aclararse que se procederá a la homologación del presente, como acuerdo marco de derecho colectivo sin perjuicio del resguardo de los derechos individuales de los trabajadores involucrados.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO LUJAN DE OBREROS ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, que luce a foja 2 del Expediente Nº 1.395.907/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente Nº 1.395.907/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Luego, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 822/06 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.395.907/10

Buenos Aires, 15 de septiembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1350/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1328/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los MM días del mes de octubre de 2009, se reúnen por una parte, el Sr. Osvaldo Enrique Pagano en representación del SINDICATO LUJAN DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES (S.L.O.E.E.S.I.T.), y por la otra, los Sres. Marcelo Villegas, Roberto Traficante, Mariano Muñoz y Jorge Locatelli, en representación de TELECOM ARGENTINA S.A., quienes manifiestan lo siguiente:

Que con motivo del análisis llevado a cabo por la Comisión Especial que se creara en virtud de lo establecido en el pto. QUINTO del Acuerdo al que arribaran las partes con fecha 9 de junio del corriente, las mismas acuerdan:

1 - Reemplazar el pto. mencionado por el siguiente texto:

"Como complemento al nuevo sistema de promociones y grupos profesionales que se definirán de acuerdo a la cláusula anterior, la Empresa se compromete a promocionar a empleados representados por el gremio entre el 01-01-2010 y el 1 de mayo de 2010, de acuerdo al siguiente cronograma:

El 01/01/2010, 3 promociones de categoría 4 a 5, por concurso.

El 01/05/2010, 3 promociones de categoría 4 a 5, por concurso.

Los concursos se realizarán conforme lo estipula el CCT 822/06 E, y en proporción a la población de cada una de las especialidades de los Grupos Laborales Ingeniería y Equipos".

2 - Las partes acompañan al presente, el Anexo I, en el que se detalla la nómina de empleados que promocionarán el 1 de enero de 2010.

Las partes convienen en solicitar a la Autoridad de Aplicación, la pertinente homologación del presente acuerdo.

En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del presente, de un mismo tenor y a un solo efecto.