SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Decreto 1599/2010
Incorpórase el cargo de Vice Superintendente. Designación.
Bs. As., 4/11/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0409691/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, aprobado por la Ley Nº 26.546, la Ley Nº 20.091, el Decreto Nº 1084 de fecha 24 de agosto de 2004 y la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010 se distribuyeron, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al Artículo 1º de dicha medida, los gastos corrientes y de capital, los gastos figurativos, las aplicaciones financieras, los recursos, las contribuciones figurativas y las fuentes de financiamiento previstas en la Ley Nº 26.546 y por cargos y horas de cátedra, las plantas de personal determinadas en las Planillas Anexas al Artículo 6º de la mencionada ley.
Que en las planillas correspondientes a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, distribuidas por la precitada Decisión Administrativa se encuentra previsto el cargo de Vice Superintendente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, como Autoridad Superior del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que por el Artículo 67 de la Ley Nº 20.091 se establecen las facultades y atribuciones propias de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que por el Decreto Nº 1084 de fecha 24 de agosto de 2004 se aprobó la estructura orgánico-funcional del Organismo citado en el considerando precedente.
Que en ese amplio marco institucional y operativo, resulta necesario incorporar, en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, el cargo de Vice Superintendente, como Autoridad Superior del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en los términos de la precitada Decisión Administrativa Nº 2/10, que tendrá como cometido asistir y asesorar a la máxima autoridad de dicha Superintendencia en el cumplimiento de sus deberes y atribuciones, así como en las materias que ésta le delegue y reemplazar al titular en caso de ausencia o impedimento transitorio.
Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada.
Que el profesional propuesto reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir el cargo que por el presente se crea.
Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, incisos 1 y 7, de la CONSTITUCION NACIONAL, y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Incorpórase, en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el cargo de Vice Superintendente, como Autoridad Superior del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en los términos de la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, que tendrá como cometido asistir y asesorar a la máxima autoridad de dicha Superintendencia en el cumplimiento de sus deberes y atribuciones, así como en las materias que ésta le delegue y reemplazar al titular en caso de ausencia o impedimento transitorio.
Art. 2º — Desígnase en el cargo de Vice Superintendente de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, al Licenciado D. Juan Antonio BONTEMPO (D.N.I. Nº 21.355.190).
Art. 3º — El gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a los créditos presupuestarios del Inciso 1 - Gastos en Personal de la Entidad 603 - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.