MINISTERIO DEL INTERIOR

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición Nº 375/2010

Bs. As., 16/11/2010

VISTO la Ley Nº 26.363 y el Decreto Nº 1787 del 5 de noviembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 26.363, se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, con autarquía económica financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y del privado.

Que mediante el Decreto Nº 1787/08, se procedió a aprobar la estructura organizativa de dicho organismo, de las primeras y segundas aperturas de la misma; encomendando en el mismo acto las Responsabilidades Primarias y Acciones de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION y de la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS del organismo.

Que en consecuencia, corresponde en esta instancia aprobar los niveles departamentales para las áreas de apoyo, con el fin de lograr la optimización de la gestión del organismo, en función de las competencias establecidas para cada una de las Direcciones indicadas en la presente.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 473/10 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se modificó el PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL, a fin de atender los gastos generados por la incorporación del personal necesario para desempeñarse en los departamentos cuya creación aquí se propicia.

Que la DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS, la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, han tomado la intervención que les compete.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 17 del Decreto Nº 1545/94.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas inferiores correspondientes a los niveles de Departamento de las áreas de apoyo de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, de acuerdo al Organigrama, Acciones y Dotación, que como Anexos Ia, Ib, II y III forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. FELIPE RODRIGUEZ LAGUENS, Director Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio del Interior.

|ANEXO Ia

ANEXO Ib

ANEXO II

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DEPARTAMENTO DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

ACCIONES:

1. Entender en el despacho de la documentación que tramita el Organismo.

2. Elevar las actuaciones que, por su carácter, excedan el nivel de competencia de otras áreas.

3. Intervenir en los proyectos de los actos administrativos que se vinculan con la competencia del Organismo, en su registro y archivo.

4. Verificar el cumplimiento de los requisitos vinculados con la conformación de la documentación de competencia del área.

5. Atender el registro y custodia de los proyectos originados en esta Agencia.

6. Numerar y expedir copia autenticada de todas los Actos Administrativos dictadas por las autoridades competentes de la Agencia archivando su original.

7. Llevar el registro de las actas, acuerdos, cartas de intención, protocolos y convenios firmados por las autoridades competentes de la Agencia, archivando un ejemplar original.

8. Gestionar la publicación de normas y avisos oficiales en el Boletín Oficial y verificar su cumplimiento.

DIRECCION DE CONTABILIDAD

DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

1. Realizar las gestiones pertinentes destinadas a la adquisición, contratación y locación de seguros, de obras y de bienes y servicios, asegurando el normal funcionamiento del Organismo.

2. Elaborar el programa de contrataciones y compras del organismo y controlar su ejecución.

3. Controlar el cumplimiento de los procedimientos para las contrataciones y compras.

4. Elaborar pliegos tipo para la locación de obras y servicios y coordinar los llamados a licitación.

5. Proyectar los contratos con proveedores de bienes, obras y servicios.

6. Fiscalizar el cumplimiento de las cláusulas contractuales y solicitar la aplicación de sanciones cuando correspondan.

7. Proveer en tiempo y forma el suministro de los materiales e insumos necesarios para el desenvolvimiento de las distintas dependencias.

DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO Y SERVICIOS

ACCIONES:

1. Coordinar las actividades vinculadas a la administración de los servicios patrimoniales, de suministros y generales de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

2. Verificar la administración de los bienes físicos y de consumo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y/o de aquellos que utilice el mismo y que sean de propiedad del Estado, su almacenamiento, conservación, mantenimiento, asignación, reasignación y racionalización de los espacios físicos.

3. Conocer el estado de ejecución de las contrataciones de compra de bienes, locación de obras y servicios y demás adquisiciones destinadas a la Jurisdicción.

4. Proveer al personal de servicios generales los elementos y equipos de protección personal adecuados.

5. Verificar la constitución y mantenimiento del stock de seguridad de Bienes.

6. Controlar la prestación de los servicios generales de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, incluyendo los de transporte terrestre de personal y bienes materiales.

7. Evaluar, analizar, proponer los proyectos de contratación de obras y servicios relativos al mantenimiento de edificios de las Unidades de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

8. Gestionar la suscripción de los contratos de servicios básicos, así como el control y archivo de la documentación correspondiente.

9. Intervenir en todo lo concerniente a las telecomunicaciones y microcomunicaciones, con la correspondiente intervención de la Dirección de Informática.

10. Supervisar las tareas de instalación, operación y mantenimiento de los medios y facilidades de los sistemas de comunicación, como así también los sistemas informáticos y redes de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, con la correspondiente intervención de la Dirección de Informática.

DEPARTAMENTO DE TESORERIA Y RENDICION DE CUENTAS

ACCIONES:

1. Custodiar los fondos y valores depositados en el organismo.

2. Realizar los depósitos en las cuentas bancarias y emitir los cheques correspondientes.

3. Controlar el movimiento de las cuentas bancarias del organismo.

4. Emitir la información diaria de movimiento de fondos y valores para el registro correspondiente

5. Emitir la información que requiera la TESORERIA GENERAL DE LA NACION con relación al movimiento de las cuentas públicas.

6. Realizar y verificar las liquidaciones correspondientes a los fondos que ingresen al organismo.

7. Mantener en orden la información contable y su correspondiente documentación de respaldo para el análisis de los responsables de las tareas de auditoría y control interno y externo.

8. Registrar las transacciones que se produzcan y afecten o puedan afectar la situación económico- financiera del organismo.

9. Registrar toda operación que requiera crédito público y la evolución del endeudamiento.

10. Verificar liquidaciones, pagos, rendiciones y reposiciones de gastos realizados por Fondo Rotatorio, incluyendo viáticos y cajas chicas.

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO

ACCIONES:

1. Efectuar el registro de las operaciones contables de las unidades que componen el Servicio Administrativo Financiero.

2. Realizar las registraciones contables del movimiento de fondos y valores, fondos de terceros, subresponsables y contabilidad general.

3. Administrar el Sistema Integrado de Información Financiera en lo que respecta a los movimientos contables que genere la Institución.

4. Emitir órdenes de pago, estados contables, y toda otra información que demanden la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION, la unidad de Auditoría Interna, SINDICATURA GENERAL DE LA NACION Y AUDITORIA GENERAL DE LA NACION.

5. Elaborar liquidaciones de gastos, y bienes y servicios originadas en contrataciones concertadas con proveedores.

6. Liquidar las remuneraciones, cargas sociales y fiscales del personal.

7. Confeccionar los Balances de Rendición de Cuentas y General del Ejercicio.

8. Elaborar los estados complementarios a cierres de ejercicios.

9. Supervisar la información diaria de movimiento de fondos y valores para el registro correspondiente. Controlar la gestión presupuestaria y financiera del Organismo, brindando apoyo técnico a la Dirección de Contabilidad para la formulación de políticas presupuestarias.

10. Controlar la aplicación de políticas, normas y procedimientos que emita la Oficina Nacional de Presupuesto.

11. Suministrar la información necesaria para el enlace técnico entre la Oficina Nacional de Presupuesto y la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

12. Brindar la información y registros necesarios para la formulación del anteproyecto de presupuesto anual del Servicio Administrativo Financiero, controlar la ejecución financiera y proyectar los actos administrativos que contemplen las adecuaciones presupuestarias que se requieran.

13. Realizar las acciones concernientes a las registraciones correspondientes a los fondos que ingresen al organismo.

14. Efectuar el resguardo de información contable y su correspondiente documentación de respaldo para el análisis por parte de los responsables de las tareas de auditoría y control interno y externo.

15. Controlar las transacciones que se produzcan y afecten o puedan afectar la situación económico- financiera del organismo.

16. Efectuar el registro de toda operación que requiera crédito público y la evolución del endeudamiento.

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

DEPARTAMENTO ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACIÓN

ACCIONES:

1. Controlar el cumplimiento de las normas que regulan la relación de empleo público.

2. Asesorar a la Dirección en los temas pertinentes con el fin de lograr un adecuado cumplimiento de las normas vigentes en la materia y en el dictado de los actos administrativos correspondientes.

3. Asistir y asesorar al personal acerca de sus derechos y obligaciones como agente público, sobre los regímenes de beneficios previsionales y sociales, de accidentes de trabajo y medicina laboral y otros que correspondan, diligenciando los trámites en cuanto resulten de competencia del Organismo.

4. Elaborar los proyectos de los actos administrativos referidos a la administración de los recursos humanos.

5. Intervenir en las actuaciones administrativas relativas al ingreso y/o egreso y movimiento de personal, efectuando las notificaciones correspondientes.

6. Realizar y controlar la ejecución de las tareas relacionadas con los reconocimientos médicos y de higiene y seguridad laboral, en el marco de todas las acciones previstas en las normas vigentes en la materia. Producir informes de gestión y de avance, tanto en materia de prevención, mitigación, seguridad e higiene de todas las unidades que integran la Agencia, en el marco de su competencia.

7. Llevar los registros de las actuaciones realizadas en materia de medicina laboral y reconocimientos médicos.

8. Efectuar las denuncias de accidentes de trabajo y emitir los informes requeridos por la ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO (ART).

9. Desarrollar las actividades y asesorar a la Dirección en el análisis, planeamiento y diseño organizacional de la Jurisdicción, con el fin de elaborar y proponer modificaciones estructurales y procedimentales, tendientes a optimizar los recursos humanos y mejorar la calidad del servicio.

10. Asistir técnicamente y coordinar el análisis, planeamiento y diseño organizacional, elaborando las propuestas emergentes y ejecutando su implementación.

11. Realizar la difusión de las normas legales de interés general, previendo las comunicaciones internas en los aspectos que afecten al personal, en el marco de su competencia.

12. Intervenir en las propuestas y proyectos de dotaciones de personal permanente y no permanente.

13. Asistir a la Dirección en los aspectos técnico-administrativos, referente a los acuerdos resultantes de convenios y negociaciones colectivas, y de la gestión de las Relaciones Laborales y Gremiales.

14. Asistir a la Dirección en la planificación y coordinación de la asistencia social al personal del Organismo.

15. Administrar y actualizar los sistemas informáticos relativos a organigramas, dotación y organización, y producir la información necesaria para la posterior elaboración del presupuesto Gastos en Personal por parte del área pertinente.

16. Coordinar y supervisar administrativamente las comisiones de servicio al interior y exterior del país en el marco de su competencia.

17. Producir indicadores de gestión gerencial de los recursos humanos.

18. Participar y brindar asistencia técnico-operativa al Departamento Desarrollo y Carrera de los Recursos Humanos en los procesos administrativos de la capacitación, la evaluación de desempeño, la búsqueda, la selección e integración del personal y todo tema vinculado con el cumplimiento del régimen de carrera vigente.

DEPARTAMENTO DESARROLLO Y CARRERA DE RECURSOS HUMANOS

ACCIONES:

1. Planificar, controlar y asesorar en el cumplimiento integral del régimen de carrera del personal, abarcando los procesos de búsqueda, selección e integración, de evaluación de desempeño y de capacitación.

2. Participar en la ejecución de los procesos de selección de personal que se convoquen, tanto para cargos simples como los comprendidos en el régimen de funciones ejecutivas, asistiendo a los responsables de los procesos en la elaboración de los perfiles correspondientes, mediante el diseño de instrumentos operativos que permitan conocer los puestos y perfiles de las distintas posiciones de la organización y su relevamiento, evaluación, diseño y actualizaciones de puestos.

3. Asesorar técnicamente a los responsables directos del área en los procesos de evaluación de desempeño, sobre el análisis de tareas y actividades, formulando propuestas de adecuación de los sistemas administrativos y diseño de formularios.

4. Asistir y coordinar técnicamente el proceso de detección de necesidades generales y específicas del Organismo, diseño, implementación, seguimiento y evaluación de actividades de capacitación y desarrollo profesional, y proponer medidas emergentes.

5. Coordinar en la Jurisdicción los programas de capacitación instrumentados por el Instituto Nacional de Capacitación Pública (INAP).

6. Proponer y estudiar la oferta de capacitación general y específica, organizar cursos y seleccionar docentes y dar amplia publicidad de los programas y cursos a fin de asegurar la igualdad de oportunidades para el personal.

7. Asistir técnicamente en los programas capacitación de mejoramiento de la calidad de servicios y de atención al público.

8. Proponer la contratación de servicios de capacitación, organizar cursos y seleccionar docentes.

9. Coordinar los cursos dictados por los profesionales del Organismo.

10. Asistir en la etapa de ejecución técnica de las medidas concretas que relacionen los proyectos de crecimiento de la aptitud laboral y de la calidad en la prestación de servicios.

11. Elaborar y controlar la información resultante del proceso de evaluación de desempeño anual y la resultante de las actividades de capacitación, proporcionando al Departamento de Información y Control toda la información que resulte necesaria para mantener actualizados los legajos del personal.

12. Producir indicadores de gestión de capacitación de los recursos humanos.

13. Tramitar las promociones del personal del organismo.

14. Administrar los sistemas informáticos relativos a la evaluación de desempeño, capacitación y carrera del personal, tramitando las solicitudes que se efectúen en la materia.

15. Intercambiar información con los Organismos de consulta de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA sobre pautas, parámetros y criterios atinentes a las técnicas de selección, capacitación y evaluación de desempeño del personal.

DEPARTAMENTO INFORMACION Y CONTROL

ACCIONES:

1. Aplicar y hacer cumplir las disposiciones contenidas en los regímenes estatutarios, escalafonarios y normativos, tramitando y registrando la documentación pertinente, en el marco de su competencia.

2. Efectuar el registro de antecedentes del personal de planta permanente, transitoria o contratada, administrando y manteniendo actualizado el sistema de legajo único del personal y extender las certificaciones que le sean solicitadas.

3. Efectuar el control de asistencia del personal, aplicar el régimen de licencias, justificaciones y franquicias y supervisar el cumplimiento de los aspectos administrativos relacionados con las salidas, horarios, medidas disciplinarias y toda otra novedad relativa al área, efectuando las comunicaciones para la posterior liquidación de haberes del personal, al área competente.

4. Fiscalizar el cumplimiento de las normas de control de asistencia del personal e iniciar las acciones tendientes a la aplicación de sanciones disciplinarias que pudieran corresponder.

5. Atender los trámites referidos al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y demás obligaciones similares emergentes de la relación de empleo público.

6. Notificar y comunicar los actos administrativos concernientes al personal del Organismo, dentro del marco de su competencia.

7. Llevar a cabo las tramitaciones administrativas relacionadas con el régimen de incompatibilidades.

8. Controlar la presentación en tiempo y forma de las Declaraciones Juradas Patrimoniales por parte de los agentes alcanzados por la normativa vigente.

9. Aplicar las normas relacionadas con los servicios extraordinarios del personal, elaborando los proyectos de actos administrativos pertinentes para su habilitación y recibir las novedades para su control y posterior liquidación por parte del área competente.

10. Tramitar el otorgamiento de asignaciones familiares, verificando el cumplimiento de la normativa vigente en la materia y efectuando las comunicaciones correspondientes para su liquidación por parte del área competente.

11. Participar y brindar técnico-operativa al Departamento Desarrollo y Carrera de los Recursos Humanos en los procesos administrativos de la capacitación, la evaluación de desempeño, búsqueda, la selección e integración del personal y todo tema vinculado con el cumplimiento del régimen de carrera vigente.

DIRECCION DE INFORMATICA

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE SISTEMAS

ACCIONES:

1. Evaluar el funcionamiento de los sistemas informáticos y de las tecnologías asociadas en el ámbito de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, especialmente en lo referido al cumplimiento de las políticas y estándares que se determinen para la Administración Pública Nacional.

2. Proponer las medidas que adecuen el funcionamiento de la Jurisdicción a la normativa legal establecida para los sistemas informáticos y las tecnologías asociadas.

3. Supervisar el desarrollo de sistemas y programas específicos para las distintas unidades y delegaciones de la Jurisdicción.

4. Desarrollar sistemas computarizados orientados al cumplimiento de actividades en las que la Agencia Nacional de Seguridad Vial tiene responsabilidad ante terceros, prestando asistencia técnica a las unidades y organismos vinculados con sus actividades específicas en lo referente a la transferencia de tecnologías propias o desarrolladas por otros y orientadas a la modernización de los medios técnicos.

5. Proponer la aprobación de normas relacionadas con el uso y operación de los sistemas informáticos y de las tecnologías asociadas en el ámbito de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

6. Establecer un plan de prioridades a utilizar en el desarrollo e implementación de aquellas aplicaciones que resulten de uso común en las distintas áreas del Organismo, y llevar a cabo el relevamiento de necesidades informáticas en las unidades de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

7. Colaborar con otros Organismos y Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional, con el fin de facilitar la interoperatividad, capitalizar experiencias, aprovechar recursos y evitar la duplicación de esfuerzos.

8. Asegurar, en el ámbito de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el cumplimiento de las normas legales en materia de utilización de software.

9. Proponer la aprobación de normas relativas al uso y operación de los sistemas informáticos y de los vínculos de comunicaciones de la Jurisdicción.

DEPARTAMENTO INFRAESTRUCTURA INFORMATICA

ACCIONES:

1. Participar en la elaboración del Plan Anual de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el ámbito de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

2. Implementar las medidas vinculadas con el uso de las tecnologías de información y las comunicaciones en la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

3. Analizar y proponer la aplicación de nuevas tecnologías en programas y equipamiento en el ámbito de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

4. Establecer, en el ámbito de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, pautas de evaluación, mantenimiento y modernización del equipamiento existente y de los insumos y servicios relacionados con las nuevas tecnologías.

5. Proponer la aprobación de las políticas, normas y procedimientos generales de seguridad física y lógica aplicables a las tecnologías informáticas y de comunicaciones en el ámbito de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

6. Formular propuestas y planes de desarrollo e innovación tecnológica para la modernización de las redes informáticas y de comunicaciones de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, promoviendo la utilización de nuevas tecnologías en coordinación con las otras áreas de la Jurisdicción o con entidades públicas o privadas, con el fin de favorecer su desarrollo e implementación.

7. Asesorar en la tramitación de toda adquisición, arrendamiento o incorporación, permanente o transitoria, de los equipos informáticos y de comunicaciones que se requieran en el ámbito de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

8. Colaborar en el análisis y control de los procesos de incorporación, modificación o eliminación de tecnologías de la información y las comunicaciones en la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

9. Coordinar, con las distintas áreas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el apoyo y soporte técnico para la aplicación de estas tecnologías, su actualización y el desarrollo y la capacitación de los recursos humanos existentes.

10. Proponer y conducir las actividades tendientes a la estandarización y homologación del diccionario de datos en el ámbito de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

11. Participar en la organización de cursos de entrenamiento y capacitación en el ámbito de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, como así también en la de todo otro tipo de evento referido a temas informáticos en materia de seguridad vial.

12. Asegurar la existencia de un inventario actualizado de los recursos informáticos asignados a la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

13. Establecer planes de contingencia para los sistemas críticos y de recuperación de desastres informáticos, en el ámbito de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, verificando periódicamente su funcionamiento.

DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS

DEPARTAMENTO DE SUMARIOS

ACCIONES:

1. Proyectar las Disposiciones ordenando informaciones sumarias y los sumarios administrativos que la DIRECCION EJECUTIVA de la ANSV requiera.

2. Elaborar los proyectos de cierre de los sumarios administrativos.

3. Remitir a la DIRECCION DE SUMARIOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DEL INTERIOR, los sumarios administrativos para la sustanciación de los mismos.

4. Proyectar las denuncias a interponer ante la Justicia Penal competente, cuando en un sumario surjan indicios de la comisión de un delito de acción pública

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JUDICIALES

ACCIONES:

1. Ejercer la coordinación y supervisión de la representación y patrocinio del Estado en las causas en que sea parte la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

2. Intervenir con responsabilidad primaria en todos los trámites de transacciones judiciales, que le sean encomendados.

3. Colaborar con las representaciones del Estado Nacional en el interior del país, en las causas, judiciales en que sea parte la Agencia Nacional de Seguridad Vial y coordinar las tareas con los letrados que asuman la defensa del Estado.

4. Intervenir en el trámite de los oficios judiciales, asesorando a los Organismos oficiados, con responsabilidad primaria en aquellos asuntos provenientes del fuero penal y los que se relacionen con juicios a cargo de la Dirección.

5. Controlar el trámite de las causas judiciales en que la Agencia Nacional de Seguridad Vial sea parte.

6. Mantener actualizado el seguimiento de las causas judiciales a su cargo y elaborar informes periódicos al respecto.

7. Ejercer la representación del Estado en juicio, en todas aquellas causas en que fuera parte la Agencia Nacional de Seguridad Vial, ya sea por si o a través de la contratación de terceros.

8. Coordinar la recopilación de doctrina y jurisprudencia relativa a los temas de su competencia y mantener actualizada la misma.

9. Mantener informadas a las distintas áreas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial respecto a las medidas cautelares, sentencias y demás contingencias que pudieren estar relacionadas con el desempeño de sus tareas.

10. Coordinar y controlar el accionar de los profesionales contratados para representar o patrocinar al Estado en juicio, que no formen parte del Cuerpo de Abogados del Estado.

11. Elaborar los Dictámenes legales previos, en los proyectos de actos administrativos de la ANSV de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.549.

12. Asistir a las distintas Direcciones del organismo, en la elaboración de convenios de cooperación y/o contratos con entes públicos y privados, y en la comunicación, a otras reparticiones públicas a nivel nacional, provincial, municipal o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

13. Dar intervención en los juicios de relevancia institucional y económica a la Procuración del Tesoro de la Nación.

ANEXO III

e. 24/11/2010 Nº 144261/10 v. 24/11/2010