MINISTERIO DE TURISMO

Decreto 1814/2010

Créanse cargos de Coordinador. Designaciones.

Bs. As., 24/11/2010

VISTO el Expediente Nº 1235/2010 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, aprobado por la Ley Nº 26.546, los Decretos Nros. 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010, la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 919 de fecha 28 de junio de 2010 se creó el MINISTERIO DE TURISMO y por el Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010 se incorporó al Anexo I del Artículo 1º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 - Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría —el apartado XXV— MINISTERIO DE TURISMO.

Que se impone dotar a ese Ministerio de diversas instancias de coordinación que aseguren el eficiente desarrollo de distintas acciones y que hagan al funcionamiento de las actividades centrales de dicha Cartera de Estado.

Que en ese sentido resulta aconsejable crear, con dependencia directa del Señor MINISTRO DE TURISMO, UN (1) cargo extraescalafonario de Coordinador de Asuntos Institucionales, con el objeto de organizar las relaciones con los medios de comunicación.

Que, asimismo, resulta necesario crear con dependencia directa del Señor MINISTRO DE TURISMO UN (1) cargo extraescalafonario de Coordinador de Asuntos Parlamentarios, a fin de asistir en las actividades y asuntos relacionados con temas propios del Ministerio con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

Que en este orden de ideas resulta procedente crear, además, con dependencia directa de la SECRETARIA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO UN (1) cargo extraescalafonario de Coordinador de Enlace con el CONSEJO FEDERAL DE TURISMO, con la finalidad de que intervenga en las actividades entre dicho Consejo y el Ministerio.

Que, del mismo modo, deviene conveniente crear con dependencia directa de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO UN (1) cargo extraescalafonario de Coordinador Ejecutivo, con el objeto de gerenciar y coordinar la ejecución de los programas del Ministerio financiados por organismos internacionales.

Que por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.546, se dispuso el congelamiento de los cargos Vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 10 de la citada norma legal.

Que por el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que los profesionales propuestos reúnen los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para cubrir los cargos que por la presente se crean.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TURISMO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 6º, 7º y 10 de la Ley Nº 26.546 y el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 51 - ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO para el Ejercicio 2010, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante del mismo.

Art. 2º — Créase, con dependencia directa del Señor MINISTRO DE TURISMO, el cargo extraescalafonario de Coordinador de Asuntos Institucionales, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, que tendrá como cometido las funciones que se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 3º — Desígnase en el cargo de Coordinador de Asuntos Institucionales dependiente del Señor MINISTRO DE TURISMO, al señor D. Randolfo Ambrosio SEGURA (M.I. Nº 10.623.286), con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.546.

Art. 4º — Créase, con dependencia directa del Señor MINISTRO DE TURISMO, el cargo extraescalafonario de Coordinador de Asuntos Parlamentarios, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por Decreto Nº 2098/08, que tendrá como cometido las funciones que se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 5º — Créase, con dependencia directa de la SECRETARIA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO, el cargo extraescalafonario de Coordinador de Enlace con el CONSEJO FEDERAL DE TURISMO, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por Decreto Nº 2098/08, que tendrá como cometido las funciones que se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 6º — Desígnase en el cargo de Coordinador de Enlace con el CONSEJO FEDERAL DE TURISMO, dependiente de la SECRETARIA DE TURISMO del MINISTERIO DE TURISMO, al señor D. Adrián Marcelo CONTRERAS (M.I. Nº 20.664.678), con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.546.

Art. 7º — Créase, con dependencia directa de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO, el cargo extraescalafonario de Coordinador Ejecutivo, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por Decreto Nº 2098/08, que tendrá como cometido las funciones que se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 8º — Desígnase en el cargo de Coordinador Ejecutivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TURISMO, al Ingeniero D. Eduardo Jorge MULLER (M.I. Nº 8.425.312), con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.546.

Art. 9º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 51 - ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Carlos E.Meyer.

PLANILLAS ANEXAS AL ARTICULO 1º

PRESUPUESTO 2010

JURISDICCION – MINISTERIO DE TURISMO

PROGRAMA 18 – PRESTACIONES TURISTICAS

ACTIVIDAD 01 – ADMINISTRACION DE UNIDADES TURISTICAS

RECURSOS HUMANOS

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2º

MINISTERIO DE TURISMO

COORDINADOR DE ASUNTOS INSTITUCIONALES

FUNCIONES:

1.- Coordinar la relación del Señor Ministro de Turismo con los medios de comunicación gráficos y audiovisuales de la República Argentina y el exterior.

2.- Asistir al Señor Ministro de Turismo en las relaciones institucionales inherentes al ejercicio de su competencia en todo aquello que hagan al desarrollo de las relaciones con organismos dedicados a la difusión del turismo en sectores vulnerables de la Sociedad.

3.- Asesorar al Señor Ministro de Turismo en la elaboración de mecanismos de fortalecimiento institucional de las actividades desarrolladas por la Jurisdicción.

4.- Efectuar la difusión de las políticas impulsadas desde la Jurisdicción.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 4º

MINISTERIO DE TURISMO

COORDINADOR DE ASUNTOS PARLAMENTARIOS

FUNCIONES:

1.- Asistir al Señor Ministro de Turismo en el desarrollo de las actividades y asuntos relacionados con temas propios del Ministerio con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

2.- Asistir al Señor Ministro de Turismo en todos los aspectos relativos a las relaciones políticas de la Jurisdicción con el Poder Legislativo.

3.- Realizar el seguimiento de gestión de todos los Proyectos de Leyes aprobados por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y remitidos a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL, que requieran la evaluación de las áreas competentes del MINISTERIO DE TURISMO.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 5º

MINISTERIO DE TURISMO

SECRETARIA DE TURISMO

COORDINADOR DE ENLACE con el CONSEJO FEDERAL DE TURISMO

FUNCIONES:

1.- Intervenir en el desarrollo de las actividades entre el Consejo Federal de Turismo y el MINISTERIO DE TURISMO.

2.- Asesorar al Señor Secretario de Turismo en temas estratégicos de la temática relacionada con el CONSEJO FEDERAL DE TURISMO.

3.- Asistir al Señor Secretario de Turismo en los aspectos relacionados con la elaboración de políticas que tiendan a promover la relación de la Jurisdicción con el CONSEJO FEDERAL DE TURISMO.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 7º

MINISTERIO DE TURISMO

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

COORDINADOR EJECUTIVO

FUNCIONES:

1.- Gerenciar y coordinar con responsabilidad primaria, la ejecución de los programas del Ministerio financiados por organismos internacionales.

2.- Supervisar las actividades de las unidades subejecutoras en el ámbito del MINISTERIO DE TURISMO.

3.- Coordinar técnica y administrativamente los programas con financiamiento externo que dependen del titular de la Jurisdicción y de las distintas unidades de la Organización.

4.- Asesorar al Señor Subsecretario de Coordinación del MINISTERIO DE TURISMO en la coordinación de las políticas impulsadas por la Jurisdicción, para lograr la eficiencia y eficacia del gasto público.