MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1660/2010

Registro Nº 1624/2010

Bs. As., 29/10/2010

VISTO el Expediente Nº 1.389.511/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 8 obra el Acuerdo celebrado por el CENTRO DE PATRONES Y OFICIALES FLUVIALES, DE PESCA Y CABOTAJE MARITIMO, por la parte sindical, y la empresa PUERTO BAHIA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que la vigencia del Acuerdo opera a partir del 1 de enero de 2010.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárese homologado el Acuerdo celebrado por el CENTRO DE PATRONES Y OFICIALES FLUVIALES, DE PESCA Y CABOTAJE MARITIMO, por la parte sindical, y la empresa PUERTO BAHIA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, obrante a fojas 8 del Expediente Nº 1.389.511/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 8 del Expediente Nº 1.389.511/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.389.511/10

Buenos Aires, 3 de noviembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1660/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 8 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 1624/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Buenos Aires, a los 2 días del mes de junio de 2010, se reúnen por un lado la Empresa "PUERTO BAHIA S.A.", con zona de operación Río de la Plata/ Río Paraná, con domicilio legal en Solier Nº 492, Haedo, Prov. de Buenos Aires, representada en este acto por su Presidente, Sr. Vignes Germán, DNI Nº 17.855.698; y por otro lado el "CENTRO DE PATRONES Y OFICIALES FLUVIALES, DE PESCA Y DE CABOTAJE MARITIMO" representado por el Secretario General Cap. Juan Carlos Pucci y el Secretario Gremial Cap. Jorge Daniel Bianchi; quienes de común acuerdo resuelven los siguientes puntos a partir del 1 de enero del presente año y por el término de un año establecidos en la presente ACTA ACUERDO:

1) A partir del 1 de agosto, la remuneración bruta mensual garantizada de los Patrones de Zona Especial y sus relevos de las lanchas de la Empresa que cumplen tareas de servicios, traslados de tripulantes y apoyo a la actividad marítima y también tareas de batimetría, será de $ 8,775,0.- (Ocho mil setecientos setenta y cinco con 00/100 pesos).

2) La diferencia del retroactivo de los meses de enero a julio, será de 10.810,8.- (Diez mil ochocientos diez con 80/100 pesos). La misma se abonará en tres pagos de $ 3,603,60.- (Tres mil seiscientos tres con 60/100) junto con las liquidaciones de los meses de mayo, junio y julio de 2010.

3) En el caso de que se produzca una suba de la inflación superior a un dígito durante el período de vigencia de la presente ACTA ACUERDO, las partes se reunirán a fin de acordar la actualización.

4) El Franco compensatorio continúa en la relación del uno por uno.

5) En los demás puntos aquí no acordados, se establecen los acordados en el Convenio Colectivo de Trabajo de PATRONES con la CAMARA DE ARMADORES DE REMOLCADORES Exp. Nº 6.887/95 y el Acta Acuerdo con los mismos integrantes de fecha 12 del mes de septiembre del año 2005.

6) A solicitud de cualquiera de las partes, podrán en forma conjunta o individual, presentarse ante la autoridad competente para solicitar la homologación del respectivo acuerdo.