Subdirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios

REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición 885/2010

Establécese la entrada en vigencia de la prueba piloto, correspondiente a la nueva operatoria de informatización del Sistema de Recaudación del Impuesto al Automotor.

Bs. As., 23/11/2010

VISTO el Convenio de Complementación de Servicios suscripto entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS y esta DIRECCION NACIONAL con fecha 4 de noviembre de 1987 y su modificación suscripta con fecha 29 de noviembre de 1999, por conducto de la cual se instrumenta la informatización del Sistema de Recaudación del Impuesto al Automotor a cargo de los Encargados de los Registros Seccionales de la Propiedad Automotor y con competencia exclusiva en Motovehículos, correspondientes a la jurisdicción de la Provincia de ENTRE RIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por aplicación de las previsiones contenidas en las Disposiciones D.N. NRO 326 del 3 de mayo de 2010 y D.N. Nº 790 del 15 de octubre de 2010, se dispuso la entrada en vigencia de una prueba piloto con el objeto de aplicar la operatoria de informatización del Sistema de Recaudación del Impuesto al Automotor, a través de los Registros Seccionales de la. Propiedad Automotor y con competencia exclusiva en Motovehículos de las Ciudades de PARANA, CONCEPCION DEL URUGUAY y GUALEGUAYCHU (provincia de ENTRE RIOS.).

Que resulta menester continuar con las tareas de verificación técnica previas a la fecha del efectivo uso de la nueva operatoria, extendiendo su aplicación respectó de los Registros Seccionales de VIALE (provincia de ENTRE RIOS).

Que en una primera etapa, dicha operatoria se aplicará respecto de los trámites de Altas de Inscripciones Iniciales (0 Km), Altas por Cambio de Radicación y Transferencias que se efectúan por ante dichos Registros.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

Artículo 1º — Establécese el día 23 de noviembre de 2010 como fecha de entrada en vigencia de la prueba piloto correspondiente a la nueva operatoria de informatización del Sistema de Recaudación del Impuesto al Automotor en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor con competencia exclusiva, en Motovehículos de la Ciudad de VIALE (provincia de ENTRE RIOS).

Art. 2º — La mencionada prueba piloto será de aplicación en una primera etapa respecto de los trámites de Altas de Inscripciones Iniciales (0 Km) Altas por Cambio de Radicación y Transferencias.

Art. 3º — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general dése para su publicación a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Miguel A. Gallardo.