MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

TRIBUNAL DE TASACION DE LA NACION

Resolución Nº 74/2010

Bs. As., 2/12/2010

VISTO la Ley Orgánica del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION Nº 21.626, texto ordenado por Decreto Nº 1487 del 20 de noviembre del 2001, reglamentada por el Decreto Nº 3722 del 12 de diciembre de 1977, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 15 del citado Decreto Nº 3722 del 12 de diciembre de 1977, texto conforme con el artículo 4º del Decreto Nº 1487 de fecha 20 de noviembre de 2001, establece que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION dictará su Reglamento Interno, debiendo ser publicado por un día en el Boletín Oficial.

Que mediante Resolución Nº 51 del 28 de noviembre de 2001 del mencionado Tribunal, se resolvió aplicar en su ámbito, a partir de su publicación en el Boletín Oficial, el Reglamento Interno aprobado por Acta de Sesión Especial Nº 3/01, que como Anexo I forma parte integrante de la citada resolución.

Que la Resolución Nº 51/2001 fue publicada en el Boletín Oficial de fecha 29 de noviembre de 2001.

Que mediante Acta de Sesión Especial de dicho Cuerpo Colegiado Nº 33/03, se resolvió aprobar por unanimidad la sustitución del inciso a) del artículo 4º y la incorporación de un inciso I) al artículo 19 de dicho cuerpo normativo.

Que dicha modificación se instrumentó mediante el dictado de la Resolución Nº 22 de fecha 15 de agosto de 2003, publicada en el Boletín Oficial de fecha 23 de agosto de 2003.

Que mediante Acta de Sesión Especial de dicho Cuerpo Colegiado Nº 08/09, se resolvió aprobar por unanimidad la sustitución del inciso d) del artículo 10 y del inciso b) del artículo 20 de dicho cuerpo normativo.

Que dicha modificación se instrumentó mediante el dictado de la Resolución Nº 18 de fecha 17 de abril de 2009, publicada en el Boletín Oficial de fecha 23 de abril de 2009.

Que mediante Acta de Sesión Especial de dicho Cuerpo Colegiado Nº 22/10, se resolvió aprobar por unanimidad la sustitución del Artículo 25 de dicho cuerpo normativo.

Que el artículo 26 del citado Reglamento Interno establece para el caso de una modificación futura, la publicación en el Boletín Oficial será de la parte pertinente, sin perjuicio de que su redacción íntegra sea difundida por medio del sitio Web del Organismo.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 15 del Decreto Nº 3722/77, texto conforme con el artículo 4º del Decreto Nº 1487/2001.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Modifícase el Artículo 25 del Anexo I al Artículo 1º de la Resolución del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACION Nº 51 de fecha 28 de noviembre de 2001, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 25: En caso de ausencia o impedimento de un Director de Sala, será reemplazado por el Director de la otra Sala. En caso de ausencia o impedimento del Director de la otra Sala, será reemplazado por el Jefe de cualquiera de las Salas."

ARTICULO 2º — Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese. — Ing. GALDINO A. CATTANEO, Presidente, Tribunal de Tasaciones de la Nación.

e. 09/12/2010 Nº 151548/10 v. 09/12/2010