Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 818/2010

Régimen al que se ajustarán los viajes al exterior. Modifícase el Anexo IV del Decreto Nº 280/95.

Bs. As., 2/12/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0304316/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Decreto Nº 280 de fecha 23 de febrero de 1995 y sus modificaciones, la Resolución Nº 761 de fecha 8 de noviembre de 2010 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 280 de fecha 23 de febrero de 1995 se aprobó el Régimen de Viajes al Exterior del personal de la Administración Pública Nacional en cumplimiento de misiones o comisiones de carácter oficial.

Que por la Resolución Nº 761 de fecha 8 de noviembre de 2010 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS se sustituyó el Anexo IV del Decreto Nº 280/95, incrementándose en un promedio estimado del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) los viáticos diarios de misiones al exterior previstos para los distintos Niveles Jerárquicos que reviste el personal de la Administración Pública Nacional.

Que la Coordinación Area Administrativa de la Dirección General de Administración de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de esta Cartera advierte, a fojas 49, que en el Anexo de la mencionada resolución se consignaron erróneamente los montos en concepto de viático diario para el Nivel Jerárquico II correspondientes a REPUBLICA DOMINICANA y a REPUBLICA DE SINGAPUR, y para el Nivel Jerárquico III correspondiente a REPUBLICA DE LIBERIA.

Que, tratándose de errores materiales involuntarios, corresponde su rectificación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 18 del Decreto Nº 280/95 y por el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 T.O. 1991.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyense del Anexo IV del Decreto Nº 280 de fecha 23 de febrero de 1995 modificado por la Resolución Nº 761 de fecha de 8 noviembre de 2010 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los montos de viático diario para el Nivel Jerárquico II correspondientes a REPUBLICA DOMINICANA por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS (U$S 452); y a REPUBLICA DE SINGAPUR por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS VEINTICUATRO (U$S 324), y para el Nivel Jerárquico III correspondiente a REPUBLICA DE LIBERIA por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS (U$S 242).

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Amado Boudou.