Ministerio de Economía y Finanzas Públicas

TRANSPORTE AEROCOMERCIAL

Resolución 840/2010

Prorrógase lo establecido por el Decreto Nº 1672/09, relacionado con el estado de disolución y consecuente liquidación a la Empresa Líneas Aéreas Federales Sociedad Anónima.

Bs. As., 6/12/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0355250/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los Decretos Nros. 1672 de fecha 4 de noviembre de 2009 y 871 de fecha 17 de junio de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1672 de fecha 4 de noviembre de 2009 dispuso en su Artículo 1º declarar en estado de disolución y consecuente liquidación a LINEAS AEREAS FEDERALES SOCIEDAD ANONIMA.

Que asimismo el Artículo 3º de la norma mencionada en el párrafo anterior estableció que el proceso de liquidación de dicha empresa tendría un plazo de ejecución de CIENTO OCHENTA (180) días, contados a partir de su inscripción en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que con fecha 25 de febrero de 2010 se celebró la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas que dispuso la disolución y liquidación de esa sociedad, la que se inscribió en la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA con fecha 19 de abril de 2010.

Que tras ello el Decreto Nº 871 de fecha 17 de junio de 2010 estableció que la disolución y consecuente liquidación de LINEAS AEREAS FEDERALES SOCIEDAD ANONIMA se desarrollare con ajuste a las disposiciones contenidas en los Decretos Nros. 2148 de fecha 19 de octubre de 1993 y 1836 de fecha 14 de octubre de 1994, a partir de la fecha del dictado de dicha medida.

Que el Artículo 2º del citado decreto estableció que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS será la Autoridad de Aplicación de dicho dispositivo y de su similar Nº 1672/09, quedando facultado para el dictado de las normas reglamentarias, aclaratorias y complementarias, a efectos de la aplicación e interpretación de los mismos.

Que por otra parte, en cumplimiento de la Resolución Nº 777 de fecha 25 de junio de 1999 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, con fecha 5 de agosto de 2010 se suscribió la correspondiente Acta de Transferencia de LINEAS AEREAS FEDERALES SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) al ámbito de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGALSAY ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que atento al dictado del Decreto Nº 1672/09, lo dispuesto en el Decreto Nº 871/10 y la suscripción del Acta de Transferencia mencionada precedentemente, cabe avanzar en el desarrollo de las actividades que permitan en forma ordenada la conclusión del proceso liquidatorio de LINEAS AEREAS FEDERALES SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) a cuyo efecto resulta necesario considerar una prórroga al plazo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto Nº 1672/09.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2º del Decreto Nº 871/10.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrógase a partir de su vencimiento hasta el 31 de diciembre de 2011 el plazo establecido en el Artículo 3º del Decreto Nº 1672 de fecha 4 de noviembre de 2009, o hasta tanto se produzca la liquidación definitiva de LINEAS AEREAS FEDERALES SOCIEDAD ANONIMA (en liquidación) dependiente de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS por medio de la resolución que así lo determine, lo que ocurra primero.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Amado Boudou.