MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

Decreto 1980/2010

Autorízase la adquisición de equipamiento técnico destinado a la Prefectura Naval Argentina.

Bs. As., 13/12/2010

VISTO el Expediente Nº 193.500/10, del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, lo propuesto por la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 436 del 30 de mayo de 2000 y sus respectivas modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente se plantea la necesidad de dotar a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, del equipamiento técnico de última generación que complemente el esfuerzo humano para una eficiente labor en el campo de la Seguridad Interior.

Que dicho equipamiento reúne las condiciones para aumentar la calidad de seguridad, reconocimiento, vigilancia y el despliegue en el área de la inteligencia criminal, como así también en tareas de búsqueda y salvamento en las áreas del Río de la Plata y Delta del Paraná.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 25, inciso d), apartado 6, del Decreto Nº 1023/01.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Autorízase la adquisición de equipamiento técnico de última generación, que realice el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, destinada a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, dando estricto cumplimiento a los procedimientos de contratación previstos en el Decreto Nº 1023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios.

Art. 2º — Autorízase al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos a mantener en reserva las "Especificaciones Técnico Operativas" que considere necesarias, respecto del equipamiento referido en el artículo precedente.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. —Aníbal D. Fernández. — Julio C. Alak.