Ente Nacional Regulador del Gas

TASAS

Resolución 1539/2010

Fíjase la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2010.

Bs. As., 30/11/2010

VISTO la Ley 24.076 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1738 del 18 de setiembre de 1992 y el Expediente Nº 15841/10 del REGISTRO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley 26.546 publicada en el Boletín Oficial el 27 de noviembre de 2009, aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, que comprende el presupuesto del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) distribuido por Decisión Administrativa Nº 02/10 del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que de acuerdo al presupuesto aprobado, la Tasa de Fiscalización y Control para el ejercicio 2010 ha quedado fijada en la suma de PESOS OCHENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS ($ 86.635.200.-).

Que con motivo del dictado del Decreto 799/10 que aprobó un incremento de sueldo del personal de la Administración Pública Nacional, se tramitaron los Exptes. ENARGAS Nº 16.259/10 y Nº 16.694/10 que permitieron incrementar el presupuesto del Organismo en DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 2.292.566.-) y TRES MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 3.475.000.- ) respectivamente, cuyas medidas respaldatorias son la Decisión Administrativa 730/10 (B.O. 14/10/10) y el Decreto 1798/10 (B.O. 24/11/10) respectivamente.

Que resulta necesario determinar el Saldo Final contemplando la participación de cada sujeto conforme a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge, en mayor medida, de los Estados Contables al 31 de diciembre de 2009.

Que atento que los cuatro anticipos realizados en 2010 conforman el 100% del total asignado a la Tasa aprobada por el presupuesto 2010, para el cálculo de este Saldo Final corresponde determinar solo el monto que surge del Decreto y Decisión Administrativa mencionados, es decir CINCO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 5.767.566.-) a los efectos de completar el total a recaudar en concepto de Tasa de Fiscalización y Control 2010.

Que a fin de determinar la base de cálculo para este Saldo Final, se cuenta con la información, suministrada por la Gerencia de Desempeño y Economía mediante Memorandum GDyE Nº 119/10, Nº 133/10, Nº 142/10, Nº 144/10, Nº 158/10 y GCEX (Redes) Nº 146/10 del citado expediente, correspondiente a los ingresos brutos por la actividad regulada que surge de los Estados Contables de las Distribuidoras, Transportistas, Gasoductos y Subdistribuidoras al 31/12/2009 o últimos presentados ante esta Autoridad Regulatoria en cumplimiento de la Resolución ENARGAS Nº 60/94 modificada por la Resolución ENARGAS Nº 362/96, así como también a altas y bajas de Comercializadoras.

Que durante el ejercicio, los Transportistas, Gasoductos, Distribuidoras, Subdistribuidoras y Comercializadoras han efectuado pagos a cuenta de la Tasa de acuerdo a las Resoluciones ENARGAS Nº I 1036/10, I 1132/10, I 1272/10 y I 1422/10.

Que se ha determinado el excedente del año 2009 en PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($ 699.696.-) y conforme lo dispuesto en la reglamentación del artículo 63 de la Ley 24.076 por Decreto 1738/92, correspondería su asignación al presente ejercicio, habiéndose aplicado el (CIEN POR CIENTO) 100% a la determinación de los anticipos anteriores de la Tasa de Fiscalización y Control 2010.

Que el cuerpo Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le compete, en los términos del Art. 7º de la L.N.P.A.

Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los Artículos 62 y 63 de la Ley Nº 24.076 y su reglamentación, aprobada por el Decreto Nº 1738/92.

Que el Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado de la presente Resolución en conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto P.E.N. Nº 571/07, 1646/07, 953/08, 2138/08, 616/09, 1874/09, 1038/10 y 1688/10.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE:

Artículo 1º — Fíjase la Tasa de Fiscalización y Control para el año 2010 en la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 92.402.766.-), que será abonada por cada Sociedad Licenciataria y/o por cada Subdistribuidor de Gas conforme el detalle obrante como Anexo I de la presente Resolución.

Art. 2º — A la Tasa fijada en el Artículo 1º deberá descontársele, la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS ($ 699.696.-), conforme se lo determina en el Anexo I (Columna Excedente 2009), correspondiente por asignación al presente ejercicio del excedente del año 2009.

Art. 3º — Al neto resultante, según lo previsto en el artículo anterior, deberá descontársele los importes pagados a cuenta en concepto de anticipo, por cada sujeto, de acuerdo a lo dispuesto por las Resoluciones ENARGAS Nº I 1036/10, I 1132/10, I 1272/10 y I 1422/10 y/o los importes abonados por los Subdistribuidores a requerimiento del Organismo en cumplimiento de la Resolución ENARGAS Nº 35/93, según corresponda.

Art. 4º — Establécese como fecha de vencimiento el 16 de diciembre de 2010 para el ingreso del saldo resultante por aplicación de los artículos precedentes.

Art. 5º — En los casos en que del Anexo I adjunto surja un importe a favor de la Licenciataria, Subdistribuidor y/o Comercializador, el mismo será aplicado al pago de la Tasa Anual para el año 2011.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. — Antonio L. Pronsato.

ANEXO I

TASA DE FISCALIZACION Y CONTROL AÑO 2010 - SALDO FINAL