MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución N° 1582/2010

Registro N° 1560/2010

Bs. As., 18/10/2010

VISTO el Expediente N° 1.383.922/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 31/32 del Expediente N° 1.383.922/10, obra el Acuerdo celebrado por la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES y la empresa CELSO SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes pactan condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 122/75, conforme surge de los términos y contenidos del texto al cual se remite.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación; de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que corresponde que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a fin de que evalúe la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo obrante a fojas 31/32 del Expediente N° 1.383.922/10, celebrado entre la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA FILIAL BUENOS AIRES y la empresa CELSO SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 31/32 del Expediente N° 1.383.922/10.

ARTICULO 3° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 122/75.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo con lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.383.922/10

Buenos Aires, 19 de octubre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1582/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 31/32 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1560/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente N° 1.383.922/10

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 20 días del mes de mayo de 2010, siendo las 12.00 horas, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante mí Dr. Adalberto Vicente Dias, Secretario del Departamento de Relaciones Laborales de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, el Sr. Rubén Agustín PEREZ con D.N.I. 18.120.314 en representación de la ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (A.T.S.A.), junto a la Sra. Elena Susana MELETIS con D.N.I. 12 533.279 integrante de la comisión interna, por una parte y por la otra la Dra. Maria Silvia MONET con D.N.I. 17.607.310, en su carácter de apoderada tal como lo acredita con la copias certificadas que acompaña en este acto, constituyendo el domicilio en calle Tres Arroyos N° 2060 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (T.E. 4584-0200) en representación de CELSO S.R.L.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante cedida la palabra a las partes manifiestan que como consecuencia de los reclamos y razones expuestas por la Organización Sindical y los delegados referidas a la actual coyuntura económica y la necesidad de mejorar las condiciones de vida de sus representados, teniendo en cuenta el carácter alimentario de los salarios, las partes acuerdan:

PRIMERO: Que "La empresa" abonará a todos sus dependientes incluidos en el CCT 122/75 la suma de $ 200 mensuales a cuenta de las paritarias del sector a celebrarse en el año en curso.

SEGUNDO: Que dicho incremento salarial de $ 200 por cada dependiente convencionado se hará efectivo a partir de las remuneraciones del mes de mayo de 2010, abonándoselas conjuntamente con las remuneraciones de dicho mes.

TERCERO: Que la empresa podrá absorber dicho incremento, por este acuerdo reconocido, al concertarse las Paritarias del sector sobre los incrementos salariales que de la misma surjan.

CUARTO: Las partes ratifican todo lo acordado precedentemente y solicitan se proceda a su pronta homologación.

Sin más, siendo las 13.30 horas, se levanta la audiencia firmando las partes ante mí, que certifico.