MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición Nº 446/2010

Registro Nº 1638/2010

Bs. As., 2/11/2010

VISTO el Expediente Nº 1.402.096/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.402.096/10 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T.) y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ratificado a foja 31, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en dicho Acuerdo, las partes convienen que, a partir del 1º de julio de 2010, las categorías representadas por la entidad gremial firmante que se encontraban encuadradas "fuera de convenio", según el detalle de puestos del Anexo I, pasarán a formar parte del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 257/97 "E", en los términos del texto pactado.

Que al respecto, se deja constancia que el Convenio mencionado ut-supra fue suscripto por los firmantes del instrumento convencional bajo comento y por la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS.

Que en consecuencia, el acuerdo será de aplicación a los trabajadores representados por la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T.).

Que el ámbito territorial y personal de aplicación del acuerdo se circunscribe a la coincidencia de la actividad principal de la empresa signataria con la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta, ratificando el Acuerdo de referencia en todos sus términos.

Que cabe señalar que atento al tenor del mismo procede el registro como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase registrado el Acuerdo celebrado entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T.) y la empresa TELEFONICA DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.402.096/10, ratificado a foja 31, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.402.096/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 257/97 "E".

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo registrado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.402.096/10

Buenos Aires, 4 de noviembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 446/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 1638/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 26 días del mes de junio de 2010, se reúnen, por una parte, los Sres. Jorge Norberto PEREZ, Roberto TUCCI y Fernando ROVAGNATI, en representación de la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (en adelante UPJET), y por la otra, los Sres. Daniel DI FILIPPO y Hugo RE en representación de TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., quienes manifiestan lo siguiente:

CONSIDERANDO:

Que en virtud del reclamo efectuado por UPJET en el mes de marzo de 2008 ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Expediente Nº 1.260.432) TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. conjuntamente con la entidad sindical han efectuado un análisis sobre el alcance de la personería gremial de UPJET.

Que la UPJET, manifiesta la necesidad de fijar con precisión el universo de los trabajadores que representa conforme la personería gremial Nro. 371, atento que, los distintos cambios tecnológicos que se han producido, han provocado sucesivas modificaciones organizacionales, ocasionando transformaciones en las funciones de sus representados en general, lo que implica el tener que llevar adelante correcciones y reformulamientos sobre todas estas cuestiones.

Que en lo que hace a las poblaciones denominadas fuera de convenio, TELEFONICA DE ARGENTINA S.A. procedió a efectuar un análisis de los casos involucrados, en especial lo atinente a las tareas que desempeñan en la actualidad a partir de la aplicación de nuevas tecnologías y teniendo especialmente en cuenta los requerimientos del actual mercado.

Que luego de un largo debate, las partes arribaron al siguiente acuerdo:

PRIMERO: Las funciones que hasta la actualidad se encontraban encuadradas como "fuera de convenio" según el detalle de puestos del anexo I y en los organismos que allí mismo se indican, pasarán a formar parte del ámbito de aplicación del CCT 257/97 E representados por UPJET a partir del 01/07/2010.

Dichas funciones formarán parte de las categorías y denominaciones convencionales existentes.

SEGUNDO: En atención a los términos del acuerdo arribado, las partes manifiestan que nada más tendrán que reclamarse recíprocamente por ningún concepto, respecto de la incorporación al CCT 257/97 E y representados por UPJET de los trabajadores que ocupan los puestos "fuera de convenio" que se detallan en el Anexo 1 y en los organismos que allí mismo se indican alcanzados por el presente acuerdo, sobre cuyas eventuales consecuencias y derivaciones las partes manifiestan que se encuentran definitivamente acordadas las diferencias que pudieran haberse originado.

Las partes acuerdan solicitar a la Autoridad de Aplicación la pertinente homologación del presente, en aquellas cuestiones que resulte pertinente.

Sin más, se firman (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

ANEXO I (Acta 26/06/2010)

Expte. N° 1.402.096/10

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las 11:00 hs del día 14 de septiembre de 2010, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, comparecen ante el Lic. Omar M. RICO, Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 1, por (UPJET) UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES, los señores: Gustavo Mario LANZA en su carácter de Secretario de Hacienda, y José VIOLA con D.N.I. 13.015.553, en carácter de Delegado de personal, por una parte, y por la empresa: TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., la Dra. Laura Analia LONGARELA, en su carácter de letrada apoderada quienes asisten a este acto.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante se cede la palabra y ambas partes, manifiestan que: venimos a ratificar el acuerdo suscripto entre (U.P.J.E.T.) y la empresa: TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., con fecha 26/06/10, obrante a fs. 2/3 y solicitamos su homologación.

Oídas las partes, el funcionario actuante pasa las presentes actuaciones a la Asesoría Técnico Legal para su conocimiento y consideración.

No siendo para más, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación, ante mí que CERTIFICO.