MINISTERIO DE SALUD

y

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA

Resolución Conjunta Nº 2285/2010 y Nº 288/2010

Bs. As., 21/12/2010

VISTO el expediente Nº 1-2002-0177000040/06-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto Nº 277 del 14 de febrero de 1991, la Resolución Conjunta de los entonces MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE y SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 1936 y 14, respectivamente, de fecha 26 de diciembre de 2005 y la Resolución Nº 377 de fecha 12 de mayo de 2006 de la INTERVENCION NORMALIZADORA del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Conjunta citada en el VISTO se aprobaron las pautas y procedimientos para efectuar el reencasillamiento en la Carrera del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción, dependientes del entonces MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE, del personal profesional de enfermería con nivel universitario de las carreras de Enfermería Universitaria y Licenciatura en Enfermería, que prestaban servicios en condiciones de tal en la planta permanente.

Que el artículo 6º de la misma estableció la aplicación de las normas contenidas en los artículos: 2º inciso b), 4º, 9º, 10º y 12º del Anexo I de la Resolución Conjunta Nº 23 del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL y la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, de fecha 3 de septiembre de 1991.

Que, precisamente, del artículo 10 del Anexo I de la mencionada Resolución Conjunta Nº 23/91 surge que la aprobación del reencasillamiento debía ser efectuada por resolución conjunta del señor Ministro de Salud y del Señor Secretario de la Gestión Pública.

Que por la citada Resolución Nº 377/06 se aprobó el reencasillamiento del Personal Profesional Asistencial de Enfermería perteneciente al HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS".

Que, por lo tanto, resulta necesario, que las autoridades competentes procedan a ratificar el citado reencasillamiento.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que, asimismo, se han expedido la Oficina Nacional de Empleo Público de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE GABINETE, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 6º de la Resolución Conjunta de los entonces MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE y SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 1936 y 14, respectivamente, de fecha 26 de diciembre de 2005, 10 del Anexo I de la Resolución Conjunta Nº 23 del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL y la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, de fecha 3 de septiembre de 1991, y 19 de la Ley 19.549.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

Y

EL SECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

ARTICULO 1º — Ratifícase la Resolución Nº 377 de fecha 12 de mayo de 2006 de la INTERVENCION NORMALIZADORA del HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS", cuya copia autenticada obra como Anexo I de la presente.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JUAN LUIS MANZUR, Ministro de Salud. — Dr. JUAN MANUEL ABAL MEDINA, Secretario de la Gestión Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros.

El Palomar, 12 MAY 2006

Resolución Nº 377/2006

VISTO el expediente Nº 2002-0177000040/06-0, del registro de este Hospital mediante el cual se ha procedido al reencasillamiento de los profesionales de enfermería, que se encuentran encuadrados dentro de los alcances de la Resolución Conjunta Nº 297/94, mediante la cual se incorporó al Decreto 277/91, en lo que respecta al Enfermero Universitario y/o Licenciado en Enfermería; y

CONSIDERANDO

Que se actuó dentro de los términos de la Resolución Conjunta Nº 1936/05 y 14/05, por única vez, teniendo en cuenta que nunca se había aplicado en este establecimiento al personal de Enfermería con el reconocimiento de la antigüedad computable debidamente registrada en los legajos de los agentes encasillados en Categoría y grado correspondientes con todos aquellos que han obtenido los títulos respectivos, al 31 de diciembre de 2005.

Que de acuerdo a lo establecido en el acta que obra a fs. 82 del presente expte. en cumplimiento con las indicaciones de la Sra. Subsecretaria de Políticas, Regulación y Fiscalización, Dra. Claudia Madies, Miembro Paritario en la representación de esta Cartera de Estado, en la Comisión Sectorial de la Carrera Profesional creada por el Decreto Nº 277/91, conjuntamente con el Señor Jefe deGabinete del Ministerio de Salud y Ambiente, Lic. Leonardo Di Pietro Paolo, pone en conocimiento de los representantes jurisdiccionales por FEMECA a los Dres. Figueroa Jorge (titular), Licenciada Canicoba Marisa (suplente) y Nestor Feldman (suplente) como así también por ATE a los agentes Sr. Darío Silva (titular) y Licenciada Silvia Leon (suplente) y por UPCN al Dr. Alonso Gustavo (Titular) y el Sr. Sboro Carlos; quienes toman la intervención que les compete.

Que ha tomado intervención la Asesoría Legal.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1195/05,

EL INTERVENTOR NORMALIZADOR DEL HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébase el reencasillamiento del Personal profesional Asistencial de Enfermería; perteneciente a este Hospital Nacional Profesor Alejandro Posadas, de acuerdo al Decreto 277/91, Resolución Conjunta Nº 297/94, de conformidad con el detalle que obra como Anexo l del presente acto.

ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese a quienes corresponda. Dése Intervención a la UAl, y al departamento de Liquidación de Haberes, cumplido, archívese. — Dr. BERNARDO C. MASKIN, Interventor Normalizador, Hospital Nac. Prof. Alejandro Posadas.

ANEXO I

PLANILLA DE REENCASILLAMIENTO

FECHA: 28-12-2005

ESTABLECIMIENTO: HOSPITAL NACIONAL PROFESOR ALEJANDRO POSADAS

TITULAR:

e. 28/12/2010 Nº 161430/10 v. 28/12/2010