CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS

Ley 17.202

Cambio de denominación del representante de la Secretaría de Cultura y Educación ante el Consejo.

Bs. As., 13/03/67;

En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 5° del Estatuto de la Revolución Argentina,

El presidente de la Nación Argentina Sanciona y Promulga con fuerza de ley:

Artículo 1° – Sustitúyase del texto del artículo 1° de la Ley N° 16.868/65 el párrafo que dice: ...y el Subsecretario de Educación del Ministerio de Educación y Justicia..., que será reemplazado por el siguiente: y el Subsecretario de Cultura de la Secretaría de Estado de Cultura y Educación."

Artículo 2° – Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Onganía. – Guillermo A. Borda