Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Resolución 171/2010

Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la capacitación del personal. Modifícase la Disposición N° 255/10.

Bs. As., 30/12/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0254905/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, las Leyes Nros. 22.317, 24.467, 25.300 y 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 y los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998, 434 de fecha 29 de abril de 1999, 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el objetivo de incentivar la capacitación del personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que dicho Régimen fue reglamentado por los Decretos Nros. 819 de fecha 13 de julio de 1998 y 434 de fecha 29 de abril de 1999.

Que mediante el Artículo 31, inciso b) de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, se fijó el cupo anual referente al Artículo 3º de la Ley Nº 22.317 bajo la administración de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, en la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000).

Que en razón de ese cupo anual, se dictó la Disposición Nº 255 de fecha 19 de marzo de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO por medio de la cual se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la capacitación del personal - Año 2010.

Que en el marco de la convocatoria establecida por la disposición mencionada precedentemente, la cual se efectúa sobre la modalidad de ventanilla abierta, se han analizado y evaluado un total de CIENTO VEINTINUEVE (129) Proyectos de Capacitación presentados por CIENTO DIEZ (110) empresas.

Que los proyectos presentados incluyen actividades de capacitación abiertas y/o cerradas conforme la tipificación efectuada en los incisos a) y b) del Artículo 8º del Anexo I de la Disposición Nº 255/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que en virtud de ello, las áreas técnicas pertinentes, han producido los informes correspondientes sobre los proyectos presentados, dando cuenta de que los mismos cumplen con las condiciones previstas en el Reglamento aprobado por la Disposición Nº 255/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que dichos informes obran en cada uno de los expedientes abiertos al efecto.

Que en consecuencia, se entiende que dichos proyectos sean aprobados con asignación de cupo de Crédito Fiscal, de acuerdo al detalle consignado en el Anexo, que con SEIS (6) hojas, forma parte integrante de la presente medida.

Que por lo expuesto, resulta oportuno proceder a la aprobación y asignación de cupo de Crédito Fiscal por un total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON SETENTA CENTAVOS ($ 1.811.488,70) para los Proyectos de Capacitación presentados en el marco de lo establecido en los incisos a) y b) del Artículo 8º del Anexo I de la Disposición Nº 255/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que mediante la Disposición Nº 717 de fecha 14 de junio de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, se efectuó la primera asignación de cupo de Crédito Fiscal por un monto de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DIECISEIS MIL CUARENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 4.316.044,98).

Que mediante la Resolución Nº 19 de fecha 4 de agosto de 2010 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se efectuó la segunda asignación de cupo de Crédito Fiscal por un monto de PESOS SIETE MILLONES SETENTA MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE ($ 7.070.919).

Que mediante la Resolución Nº 67 de fecha 30 de septiembre de 2010 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se efectuó la tercera asignación de cupo de Crédito Fiscal por un monto de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS CATORCE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 7.529.914,80).

Que mediante la Resolución Nº 97 de fecha 15 de noviembre de 2010 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se efectuó la cuarta asignación de cupo de Crédito Fiscal por un monto de PESOS OCHO MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL DIECINUEVE ($ 8.099.019).

Que a fin de lograr mayor eficiencia en el uso de los recursos públicos, se dictó la Resolución Nº 33 de fecha 3 de septiembre de 2010 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, por medio de la cual se aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la Capacitación del Personal y al Equipamiento de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo en el marco del Régimen de Crédito Fiscal para el Año 2010, cuyo objetivo sea promover y fomentar el desarrollo productivo y empresarial, local y/o regional de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, estableciéndose para ello la utilización de un cupo máximo de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000).

Que asimismo, por medio de dicha norma, se estableció un cupo máximo de PESOS VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 28.700.000) para el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Que mediante la Resolución Nº 158 de fecha 28 de diciembre de 2010 de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, se efectuó la primera y única asignación de cupo de Crédito Fiscal para los Proyectos de Capacitación y de Equipamiento de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo por un total de PESOS CUATROCIENTOS VEINTITRES MIL NOVECIENTOS ONCE ($ 423.911).

Que en función de ello, quedó disponible un cupo de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y NUEVE ($ 876.089) correspondiente al Llamado referenciado precedentemente.

Que por su parte, queda disponible un cupo de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO DOS CON VEINTIDOS CENTAVOS ($ 1.684.102,22) correspondiente al Llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la Capacitación del Personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, implementado mediante la Disposición Nº 255/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que en esta última etapa del año, se evaluaron y aprobaron proyectos presentados en el marco de lo establecido en los incisos a) y b) del Artículo 8º del Anexo I de la Disposición Nº 255/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, superando el cupo disponible establecido para el llamado.

Que, teniendo en cuenta que del llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la Capacitación del Personal y al Equipamiento de las Agencias Regionales de Desarrollo Productivo quedó cupo disponible y a los fines de optimizar el uso de los recursos públicos en pos de permitir el acceso y la participación de la mayor cantidad posible de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en el Régimen de Crédito Fiscal, la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, estima que resulta conveniente modificar el Artículo 13 de la Disposición Nº 255/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, estableciéndose para el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas un cupo máximo de PESOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 28.827.386,48) correspondientes al cupo asignado en el Artículo 31, inciso b) de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.

Que es de destacar que en razón de lo expresado anteriormente, la Dirección Nacional de Crédito Fiscal y Capacitación Federal de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESORROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO ha asignado la totalidad del cupo disponible para el llamado a Presentación y Ejecución de Proyectos destinados a la Capacitación del Personal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, implementado mediante la Disposición Nº 255/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que mediante el dictado del Decreto Nº 919 de fecha 28 de junio de 2010, se creó el MINISTERIO DE INDUSTRIA y el MINISTERIO DE TURISMO, con las competencias allí establecidas para cada uno de ellos.

Que como consecuencia de ello, se dictó el Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010, mediante el cual se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada del MINISTERIO DE INDUSTRIA, hasta el nivel Subsecretaría, asignándole a la actual SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300, sus modificatorias y complementarias, y de las normas dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 22.317, los Decretos Nros. 819/98, 434/99, 919/10 y 964/10.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifícase el Artículo 13 de la Disposición Nº 255 de fecha 19 de marzo de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 13.- Establécese para el Régimen de Crédito Fiscal para Capacitación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas regido por el Anexo I de la presente disposición, un cupo máximo de PESOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 28.827.386,48) correspondientes al cupo establecido en el Artículo 31, inciso b) de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, bajo el Régimen de Crédito Fiscal de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas".

Art. 2º — Apruébanse los Proyectos de Capacitación presentados por las empresas que se detallan en el Anexo que con SEIS (6) hojas forma parte integrante de la presente resolución, acorde a lo establecido en los incisos a) y b) del Artículo 8º del Anexo I de la Disposición Nº 255/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, las cuales acceden al Régimen de Crédito Fiscal por los montos de reintegro allí consignados.

Art. 3º — Asígnase un cupo de Crédito Fiscal por un total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON SETENTA CENTAVOS ($ 1.811.488,70), para los Proyectos de Capacitación aprobados por el Artículo 2º de la presente medida.

Art. 4º — La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio G. Roura.

ANEXO