ADUANAS

Resolución General 3012

Transporte Internacional Terrestre. Reconocimiento de precintos aduaneros utilizados por la Dirección General de Aduanas de la República Argentina. Resolución Nº 2382/91 (ANA), sus modificatorias y sus complementarias. Su modificación.

Bs. As., 7/1/2011

VISTO la Actuación SIGEA N° 14869-256-2010 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº 2382 (ANA) del 11 de diciembre de 1991, sus modificatorias y sus complementarias, estableció las normas relativas a la aplicación del Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre (ATIT).

Que la Dirección General de Aduanas entendió conveniente sustituir los precintos aduaneros utilizados en las unidades de transporte con destino a los países signatarios del referido acuerdo, por nuevos precintos elaborados bajo la norma ISO/PAS 17712.

Que de la evaluación efectuada surge que tales precintos cumplen con las características que establece el Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre (ATIT).

Que en consecuencia, corresponde disponer su incorporación a la Resolución Nº 2382/91 (ANA), sus modificatorias y sus complementarias.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera, de Operaciones Aduaneras del Interior, de Control Aduanero y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1° — Modifícase la Resolución Nº 2382 (ANA) del 11 de diciembre de 1991, sus modificatorias y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación:

a) Sustitúyese el Anexo I "N" "Indice Temático", por el Anexo I "O", que se aprueba y forma parte de la presente.

b) Sustitúyese en el Anexo II "K" "Transporte internacional por carretera", el punto 14, por el siguiente:

"14.- PRECINTOS

Las Aduanas de Partida colocarán los precintos aduaneros establecidos en el Anexo VIII/II de la presente resolución.

Al arribo de la unidad de transporte, las Aduanas de Entrada reconocerán los precintos usados por las autoridades aduaneras de los países signatarios del Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre (ATIT), cuyos modelos integran el Anexo VIII "E" de la presente, no siendo necesaria la aplicación de nuevos precintos, excepto que aquellos utilizados no correspondan a los modelos consignados en el citado anexo o, que la forma en que hayan sido colocados o el estado que presenten no ofrezcan debida seguridad.".

c) Sustitúyese el Anexo VIII/I "Precintos MS-A y ANA para las unidades de transporte con destino a los países de la región", por el Anexo VIII/II "Precintos argentinos para las unidades de transporte con destino a los países signatarios del Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre (ATIT)", que se aprueba y forma parte de la presente.

Art. 2° — Esta resolución general entrará en vigencia a partir del décimo día hábil administrativo inmediato siguiente, inclusive, al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3° — Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Grupo Mercado Común —Sección Nacional—, a la Secretaría Administrativa de la ALADI (Montevideo R.O.U.) y a la Secretaría del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones de Aduana de América Latina, España y Portugal (México D.F.). Cumplido, archívese. —Ricardo Echegaray.

ANEXO I "O" RESOLUCION Nº 2382/91 (ANA)

(TEXTO SEGUN RESOLUCION GENERAL N° 3012)

INDICE TEMATICO

ANEXO II "K"

TRANSPORTE INTERNACIONAL POR CARRETERA.

ANEXO II/I

NORMAS RELATIVAS A LA INTERVENCION DEL ANMAT PARA EL TRANSITO TERRESTRE DE MEDICAMENTOS CON DESTINO A OTROS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR.

ANEXO III

ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE.

ANEXO IV

MANIFIESTO INTERNACIONAL DE CARGA/DECLARACION DE TRANSITOADUANERO MIC/DTA.

ANEXO V "C"

INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DEL MIC/DTA.

ANEXO VI

CODIGO DE PAISES, DE ADUANAS, DE MONEDAS Y DE ENVASES Y EMBALAJES.

ANEXO VII "B"

USO DEL MIC/DTA – NOMINA DE PAISES.

ANEXO VIII "E"

RECONOCIMIENTO DE PRECINTOS – NOMINA DE PAISES Y MODELOS.

ANEXO VIII/II

PRECINTOS ARGENTINOS PARA LAS UNIDADES DE TRANSPORTE CON DESTINO A LOS PAISES SIGNATARIOS DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIALDE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE.

ANEXO IX

FORMA DE APLICACION DE LOS PRECINTOS.

ANEXO X

COMISION DEL ARTICULO 16 DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE. CRITERIOS INTERPRETATIVOS Y ACUERDOS DE LOS MINISTROS DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTESDE LOS PAISES DEL CONO SUR – ACUERDOS BILATERALES O MULTILATERALES.

ANEXO XI

RESOLUCION MERCOSUR GMC 116/94.

ANEXO XII

RESOLUCION MERCOSUR GMC 117/94.

ANEXO XIII

NORMAS SOBRE LA OPERATIVA ADUANERA PARA EL TRANSPORTE DE CORRESPONDENCIA Y ENCOMIENDAS EN OMNIBUS DE PASAJEROS DE LINEA REGULAR HABILITADOS PARA VIAJES INTERNACIONALES (ANEXO DE LA RESOLUCION MERCOSUR GMC N° 117/94).

ANEXO XIV

DISPOSICIONES OPERATIVAS PARA EL TRANSPORTE DE CORRESPONDENCIA Y ENCOMIENDAS EN OMNIBUS DE PASAJEROS DE LINEA REGULAR HABILITADOS PARA VIAJES INTERNACIONALES.

ANEXO XV

MODELO DE DOCUMENTO DE IDONEIDAD PROVISORIO.

ANEXO XVI

NACIONALIZACION DE MERCADERIAS EN TRANSITO INTERIOR EN LA ADUANA DE ENTRADA.

El original del Anexo I fue aprobado por Resolución N° 2382/91 (ANA).

La primera modificación fue aprobada por Resolución N° 458/93 (ANA).

La segunda modificación fue aprobada por Resolución N° 141/94 (ANA).

La tercera modificación fue aprobada por Resolución N° 3750/94 (ANA).

La cuarta modificación fue aprobada por Resolución N° 4290/95 (ANA).

La quinta modificación fue aprobada por Resolución N° 1172/96 (ANA).

La sexta modificación fue aprobada por Resolución N° 2435/96 (ANA).

La séptima modificación fue aprobada por Resolución N° 2635/96 (ANA).

La octava modificación fue aprobada por Resolución N° 1666/97 (ANA).

La novena modificación fue aprobada por Resolución General N° 6 (AFIP).

La décima modificación fue aprobada por Resolución N° 428/97 (DGA).

La undécima modificación fue aprobada por Resolución General N° 628 (AFIP).

La duodécima modificación fue aprobada por Resolución General N° 2309 (AFIP).

La decimatercera modificación fue aprobada por Resolución General N° 2629 (AFIP).

La decimacuarta modificación fue aprobada por Resolución General N° 2846 (AFIP).

Esta es la decimaquinta modificación aprobada por Resolución General N° 3012 (AFIP).

ANEXO VIII/II RESOLUCION Nº 2382/91 (ANA)

(TEXTO SEGUN RESOLUCION GENERAL N° 3012)

PRECINTOS ARGENTINOS PARA LAS UNIDADES DE TRANSPORTE CON DESTINO A LOS PAISES SIGNATARIOS DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE

El original del Anexo VIII/I fue aprobado por Resolución N° 458/93 (ANA).

Esta es la primera modificación aprobada por Resolución General N° 3012 (AFIP).