MINISTERIO DE INDUSTRIA

Resolución Nº 276/2010

Bs. As., 29/12/2010

VISTO el Expediente Nº S01:0407629/2009 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, el Decreto Nº 2192 de fecha 28 de diciembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2192/09 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la UNIDAD MINISTRO y de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, ambas del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO actualmente MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que resulta necesario establecer las medidas tendientes a perfeccionar el accionar de las distintas áreas que conforman el citado Ministerio.

Que en consecuencia, corresponde establecer las aperturas inferiores de las dependencias mencionadas en la norma citada precedentemente.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 8º del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Decreto Nº 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, la Resolución Nº 422 de fecha 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y el Artículo 2º del Decreto Nº 2192 de fecha 28 de diciembre de 2009.

Por ello,

LA MINISTRA DE INDUSTRIA

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébanse las aperturas inferiores de la UNIDAD MINISTRO y de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, ambas del MINISTERIO DE INDUSTRIA, de conformidad con los Organigramas y Acciones que, como Anexos la, lb, lc, Id, le, If y II forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2º — Apruébanse las Coordinaciones de acuerdo al listado y acciones que se detallan en los Anexos III y IV, los que forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. DEBORA A. GIORGI, Ministra de Industria.

ANEXO la

ANEXO lb

ANEXO Ic

ANEXO Id

ANEXO le

ANEXO If

ANEXO II

UNIDAD MINISTRO

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

AUDITOR INTERNO ADJUNTO

ACCIONES:

1.- Reemplazar al Auditor Interno Titular en su ausencia.

2.- Asistir al Auditor en la formulación y control de la planificación global y anual, y de los programas específicos de auditoría.

3,- Analizar y emitir opinión acerca de los aspectos puntuales que en materia de estrategias y planes le sean requeridos por el Auditor Interno Titular.

4.- Proponer un orden de prioridades de las auditorías a realizar.

5.- Analizar los resultados de los trabajos elevados por los responsables de auditoría, evaluar y conformar las conclusiones al respecto.

6.- Coordinar la asignación de personal en las diferentes áreas de trabajo y conformar los respectivos equipos de auditoría.

7.- Analizar el comportamiento técnico profesional del personal, en el desarrollo de las acciones de auditoría, evaluando les rendimientos individuales en relación con el resultado de los programas aprobados.

8.- Definir criterios para la capacitación y actualización del personal generando los programas al respecto.

9.- Establecer el riesgo aceptable de auditoría en base al conocimiento de la materia a auditar, el riesgo inherente y el riesgo de control, a los efectos de elaborar el plan para cada una de las auditorías que se realicen.

10.- Asistir al Auditor Interno en la formulación del Plan Anual de Trabajo de la Unidad de Auditoría Interna conforme las Normas de Auditoría Interna Gubernamental y las pautas definidas por SIGEN.

UNIDAD MINISTRO

UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL

DEPARTAMENTO DE INTEGRACION INDUSTRIAL REGIONAL

ACCIONES:

1.- Promocionar y adecuar los regímenes de promoción industrial de manera articulada entre la Nación, las provincias y los municipios.

2.- Asesorar sobre la aplicación de instrumentos financieros de apoyo al desarrollo industrial.

3.- Articular políticas de promoción industrial nacionales, regionales y locales.

4.- Generar mecanismos para la integración de la política industrial con la política macro económica del país.

5.- Incentivar el desarrollo de políticas industriales integradas y complementarias en las distintas regiones del país y con los países de la subregión sudamericana, en particular con los miembros MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR).

6.- Crear estrategias adecuadas para la internacionalización de las empresas argentinas y la obtención de nuevos mercados.

UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL

DEPARTAMENTO DE COMUNICACION INSTITUCIONAL

ACCIONES:

1.- Establecer mecanismos para, las relaciones institucionales entre los organismos internacionales, nacionales, provinciales y locales responsables de los temas industriales.

2.- Generar e implementar estrategias de comunicación destinadas a dar visibilidad al desarrollo industrial del país, en la REPUBLICA ARGENTINA y en el exterior.

3.- Desarrollar estrategias institucionales en los distintos niveles para la implementación de las políticas industriales.

UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL

DEPARTAMENTO DE PROMOCION Y DESARROLLO TECNOLOGICO

ACCIONES:

1.- Promocionar acuerdos con organismos científicos y técnicos, en particular con las universidades nacionales, con la finalidad de mejorar los estándares de calidad de la industria.

2.- Brindar y desarrollar incentivos para la promoción de la calidad de la industria nacional.

3.- Propiciar y coordinar los procesos de investigación aplicados al desarrollo industrial y tecnológico en forma conjunta con el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (I.N.T.I).

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DEPARTAMENTO DE TESORERIA

ACCIONES:

1.- Efectuar la custodia y el manejo de los fondos y valores provenientes de recaudaciones o cobro de órdenes de pago de la TESORERIA GENERAL DE LA NACION, ejecutando los pagos autorizados en las mismas, previo cumplimiento de las normas reglamentarias.

2.- Efectuar pagos en concepto de liquidación de viáticos, asignación y reposición de cajas chicas, cancelación de deudas por compra de bienes o servicios y demás conceptos cancelables a través del fondo rotatorio de la jurisdicción.

3.- Confeccionar el parte diario de ingresos y egresos de valores, ya sea efectivo, banco y/o garantías, como de fondos de terceros, cargos varios, etcétera.

4.- Realizar las conciliaciones bancarias sobre los registros de extractos bancarios y libros de Tesorería de las cuentas corrientes oficiales del organismo.

5.- Disponer todos los actos y gestiones necesarios para la adecuada administración del fondo rotatorio de la jurisdicción.

6.- Atender y proceder al pago de haberes al personal, ingresando las retenciones correspondientes a los distintos organismos.

7.- Mantener actualizado el registro de valores en custodia, garantías y fondos de terceros.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

ACCIONES:

1.- Administrar el sistema de información financiera que permita conocer en forma permanente la gestión presupuestaria de la jurisdicción.

2.- Controlar el manejo y custodia de fondos y valores provenientes de recaudaciones o de cualquier otro ingreso permanente o eventual así como también de los valores y documentos que los representen tanto de la Administración Central como de los organismos descentralizados que se administren.

3.- Fiscalizar los cobros y pagos conforme las normas reglamentarias.

4.- Entender en las acciones prejudiciales tendientes al recupero de créditos a favor del Tesoro Nacional en el ámbito de la jurisdicción.

5.- Controlar las actividades relacionadas con registraciones contables y de ejecución del presupuesto, tanto de la Administración Central como de los organismos descentralizados de su jurisdicción.

6.- Efectuar análisis evaluativos en base a la ejecución presupuestaria y elaborar estudios y trabajos comparativos sobre indicadores físicos y financieros.

7.- Supervisar todo lo relativo a la liquidación de facturas de proveedores, indemnizaciones, gastos de personal, otras erogaciones y transferencias.

8.- Asesorar y asistir técnicamente a los distintos estamentos de la jurisdicción.

9.- Fiscalizar las acciones relativas al registro y control de los bienes patrimoniales del área de su competencia.

10.- Controlar todo lo relativo a las rendiciones de cajas chicas y fondos rotatorios.

11.- Asesorar y supervisar la determinación y retención de impuestos y leyes previsionales.

12.- Preparar la Cuenta de Inversión de acuerdo a la CONSTITUCION NACIONAL.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

DEPARTAMENTO DE LIQUIDACIONES ACCIONES:

1.- Efectuar las liquidaciones y órdenes de pago de haberes y horas extraordinarias del personal del Ministerio y organismos descentralizados, cuya administración se halle a cargo del Servicio Administrativo Financiero (S.A.F.), aplicando las normas que se dicten en materia de política salarial.

2.- Realizar las afectaciones, altas, bajas y modificaciones de haberes.

3.- Efectuar las órdenes para los pagos de los aportes personales, patronales, obra social, Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (I.N.S.S.P.J.P.), Administración Nacional del Seguro de Salud (A.N.S.S.A.L.) sindicatos y mutuales.

4.- Realizar la contestación y ejecución de oficios judiciales, en lo que es materia de su competencia.

5.- Confeccionar en la liquidación y rendición de retenciones del impuesto a las ganancias del personal en relación de dependencia, de conformidad con la normativa vigente.

6.- Realizar las cesiones de créditos, embargos y prendas, registrándolos y aplicándolos.

7.- Controlar la documentación, de las facturas correspondientes a órdenes de compra de proveedores y a contrataciones de servicios profesionales verificando el cumplimiento de las condiciones pactadas gestionando conformidades e ingreso de comprobantes en el sistema.

8.- Efectuar la revisión de las actuaciones pertenecientes al personal contratado, verificando y aplicando las normas de carácter impositivo, ingreso de facturas y liquidación final.

9.- Efectuar la liquidación y orden de pago de las facturas de proveedores y de servicios profesionales verificando y aplicando las normas legales vigentes.

10.- Efectuar la liquidación y orden de pago de las facturas de contratistas de conformidad con las normas legales vigentes.

11.- Controlar, verificar y liquidar las cajas chicas, fondos rotatorios y transferencias en virtud de convenios con organismos internacionales, nacionales y provinciales.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

DEPARTAMENTO DE RENDICION DE CUENTAS

ACCIONES:

1.- Supervisar y controlar la documentación de descargo por operaciones de subresponsables de fondos de caja chica y fondos rotatorios de la Administración Central y Organismos Descentralizados, cuya administración esté a cargo del Servicio Administrativo Financiero (S.A.F.).

2.- Realizar el seguimiento de los cargos pendientes de rendición.

3.- Efectuar el control de las rendiciones de cuentas por viajes al interior y al exterior del país.

4.- Efectuar el control de las rendiciones de cuentas por subsidios otorgados a organismos provinciales y municipales.

5.- Archivar y administrar el archivo de la documentación contable de la Administración Central y Organismos Descentralizados, cuya administración esté a cargo del Servicio Administrativo Financiero (S.A.F.) organismos internacionales, nacionales y provinciales.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DIRECCION DE PRESUPUESTO

ACCIONES:

1.- Analizar los anteproyectos de presupuestos de las unidades ejecutoras de programas que integren la Administración Central y Organismos Descentralizados del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

2.- Elaborar el anteproyecto anual de presupuesto del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

3.- Evaluar y consolidar la información remitida por las unidades ejecutoras de programas referidas a la programación y ejecución física y financiera.

4.- Coordinar la tramitación ante la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS de la información elaborada, por las unidades ejecutoras referidas a la programación y ejecución física y financiera del presupuesto.

5.- Evaluar y coordinar la tramitación de las modificaciones presupuestarias, según las propuestas de las unidades ejecutoras de programas.

6.- Evaluar y coordinar la tramitación de las reprogramaciones de la ejecución física y financiera de las propuestas de las unidades ejecutoras de programas.

7.- Coordinar las registraciones centralizadas de la ejecución física del presupuesto de la jurisdicción.

8.- Asesorar a la superioridad en lo relativo a la interpretación y aplicación de las normas técnicas para la formulación, programación, modificación y evaluación del presupuesto de la jurisdicción.

9.- Analizar la evolución de los recursos contemplados en las previsiones presupuestarias para la atención de los distintos programas que se determinen en los organismos de la jurisdicción.

10.- Asesorar en el diseño de los programas en el aspecto económico-financiero, estableciendo objetivos y metas acordes don la posibilidad de obtención de recursos presupuestarios.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DIRECCION DE PRESUPUESTO

DEPARTAMENTO DE PROGRAMACION Y EJECUCION PRESUPUESTARIA

ACCIONES:

1.- Elaborar el presupuesto preliminar en coordinación con las unidades ejecutoras de programas presupuestarios de la jurisdicción.

2.- Elaborar el anteproyecto de Presupuesto Anual en coordinación con las unidades ejecutoras de programas presupuestarios de la jurisdicción.

3.- Programar la ejecución física y financiera de los programas, actividades, proyectos y obras contenidos en el presupuesto de la jurisdicción.

4.- Elaborar los antecedentes y proceder a la tramitación de las modificaciones presupuestarias de la jurisdicción.

5.- Elaborar informes relativos a la composición de la programación presupuestaria: programas, actividades, proyectos, obras, etcétera, de la jurisdicción.

6.- Elaborar informes sobre resultados de ejecución física para remitir a la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO.

7.- Ejecutar el análisis sistemático de todas las transacciones que se produzcan y afecten la situación financiera de la jurisdicción, verificando la disponibilidad de crédito anual y trimestral de compromiso, tanto en lo referente a la Administración Central como a los Organismos Descentralizados cuya administración esté a cargo del Servicio Administrativo Financiero (S.A.F.).

8.- Efectuar la registración de los requerimientos que realice la Actividad Central del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

9.- Efectuar la registración del compromiso de los organismos descentralizados cuya administración esté a cargo del Servicio Administrativo Financiero (S.A.F.).

10.- Realizar la registración del compromiso preventivo de todos los gastos que se realicen por el Régimen de Caja Chica y Fondos Rotatorios Internos de la jurisdicción.

11.- Controlar los movimientos de fondos contables con las partidas presupuestarias.

12.- Intervenir toda documentación que represente una erogación de fondos para su registración en las distintas etapas de la contabilidad presupuestaria.

13,- Inspeccionar los estados de ejecución del presupuesto y todo otro estado que se requiera en cumplimiento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.

14.- Presentar a la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, los estados de ejecución del presupuesto, que permitan al cierre del ejercicio preparar la cuenta de inversión.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

1.- Confeccionar los pliegos, llevar a cabo los trámites licitatorios a través del procedimiento de selección correspondiente, hasta la etapa preadjudicataria inclusive y elaborar los proyectos de actos administrativos aprobatorios de los procedimientos y adjudicaciones, a suscribir por la autoridad competente, vinculados con las normas que regulen el régimen de contrataciones del Estado.

2,- Centralizar los requerimientos y formular el plan anual de necesidades tanto de elementos como de contratos de servicios o de obras públicas destinadas a cubrir las exigencias de las distintas áreas a las que se presta servicio.

3.- Intervenir en el análisis de las ofertas presentadas a efectos de predeterminar la selección de las más convenientes.

4.- Mantener actualizados los registros correspondientes al área de su competencia.

5.- Asistir en sus tareas a las comisiones de pre-adjudicaciones y recepción, asesorando en la materia.

6.- Definir la modalidad de contratación para la adquisición de materiales, suministros, maquinarias y equipos, así como la de servicios para los sectores solicitantes.

7.- Evaluar la oportunidad de adquisición de bienes frente a la disposición de los mismos.

8.- Analizar las solicitudes de necesidades de urgencia y definir las modalidades de compra.

9.- Elaborar las órdenes de compra o contrato, según corresponda.

10.- Controlar el cumplimiento de las obligaciones contractuales en lo que es materia de su competencia.

11.- Elaborar todo acto administrativo que modifique las condiciones pactadas contractualmente.

12.- Generar mecanismos que provean información al ciudadano, sobre las contrataciones del Estado, de manera actualizada y de fácil accesibilidad, promoviendo la transparencia de los actos de gobierno en esta materia.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

ACCIONES:

1.- Realizar la gestión administrativa relacionada con las compras para la adquisición de bienes a fin de satisfacer los requerimientos de las dependencias de la jurisdicción; en un todo de acuerdo a normas, procedimientos y disposiciones de la ley de contabilidad y sus reglamentaciones.

2.- Brindar información, asesoramiento y apoyo en la gestión del cumplimiento de las diferentes actividades y responsabilidades a todas las áreas intervinientes en cada licitación, asegurando el éxito del proceso licitatorio en tiempo y forma.

3.- Analizar y evaluar los distintos, requerimientos de las dependencias de la jurisdicción de acuerdo con sus necesidades.

4.- Elaborar informes, con la opinión correspondiente en el caso en que la solicitud de requerimientos de un bien o servicio tenga diferencias de criterio, cantidad, calidad, precio promedio de mercado inferior, respecto del específicamente solicitado bajo similar calidad o cualquier otro tipo de observación que se considere pertinente, con el objeto de analizar y discutir con el área solicitante alternativas de solución intermedias antes de dar comienzo al proceso de licitación.

5.- Realizar tareas conjuntas con el sector Presupuesto a efectos de que el Plan Anual de Contrataciones se corresponda con los montos y distribución por partidas del Proyecto Anual de Presupuesto.

6.- Analizar y evaluar las rendiciones anuales de los bienes muebles e inmuebles.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO Y SUMINISTROS

ACCIONES:

1.- Proveer en tiempo y forma los insumos necesarios para el desarrollo operativo y el desenvolvimiento de las áreas.

2.- Realizar la gestión de Compras y Contrataciones de los bienes y servicios necesarios para el desarrollo de las actividades del organismo.

3.- Anticipar los requerimientos de las contrataciones de servicios externos y de tercerizaciones bajo contratos públicos o privados o de compra directa, según corresponda, a través del seguimiento de los mismos, con el tiempo previo necesario y suficiente que garantice el normal desenvolvimiento de la operación del MINISTERIO DE INDUSTRIA sin desabastecimientos y cortes de servicio o merma de los mismos por efecto de demoras en tramitaciones administrativas operativas.

4.- Asegurar el suministro de todos los elementos, herramientas, medios de comunicación o necesidades de cualquier índole que sean requeridas como necesarias o imprescindibles para el normal funcionamiento de las áreas de la jurisdicción.

5.- Organizar y efectuar la registración de bienes muebles, inmuebles y semovientes pertenecientes al Ministerio. Efectuar la registración en el sistema de contabilidad patrimonial de las variaciones patrimoniales, confeccionar las planillas periódicas y el balance para su remisión a la CONTADURIA GENERAL DE LA NACION, ejerciendo la supervisión de los registros patrimoniales del Ministerio.

6.- Proyectar las disposiciones, resoluciones, decretos y otros actos referidos a la gestión patrimonial. Realizar la marcación física de los bienes de uso y los inventarios selectivos y realizar inspecciones periódicas a las distintas reparticiones.

7.- Organizar y determinar la asignación y traslado de bienes en la jurisdicción, evaluando las necesidades reales de uso.

8.- Organizar y mantener actualizado y centralizado un registro de la información remitida por las áreas y dependencias. Realizar las gestiones pertinentes determinadas para los bienes declarados fuera de uso y/o en condición de rezago, de acuerdo a la normativa vigente.

9.- Controlar y fiscalizar los depósitos y almacenes de bienes en desuso.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DIRECCION DE SERVICIOS TECNICQS Y OPERATIVOS

ACCIONES:

1.- Dirigir las acciones necesarias para asegurar la operatividad de los edificios e instalaciones de la jurisdicción.

2.- Supervisar la conducción del personal obrero, de maestranza y servicios generales.

3.- Planificar y dirigir los programas de mantenimiento preventivo, cambios o reparaciones.

4.- Supervisar la ejecución de obras, tareas y servicios ejecutados por los equipos de trabajo constituidos "ad-hoc", que operen en los edificios e instalaciones de la jurisdicción.

5.- Efectuar el control y seguimiento de la prestación de servicios contratados a terceros en el ámbito de su competencia.

6.- Coordinar las actividades de vigilancia mantenimiento del edificio y sus bienes.

7.- Coordinar y controlar la prestación de los servicios de impresiones y fotocopiado.

8.- Efectuar las acciones necesarias para asegurar la coordinación, coherencia y excelencia de los programas de optimización, tanto de las comunicaciones como de infraestructura edilicia, su remodelación y utilización.

9.- Intervenir en la definición de los lineamientos para la ejecución del programa de racionalización de espacios físicos.

10.- Supervisar el control de ingreso-egreso de personas, paquetes o efectos a los edificios de la jurisdicción asignados.

11.- Asesorar al señor Subsecretario de Coordinación en todo lo referente a la administración de espacios físicos de la jurisdicción.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

DIRECCION DE SERVICIOS TECNICOS Y OPERATIVOS

DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO Y SERVICIOS GENERALES

ACCIONES:

1.- Atender, administrar y suministrar los servicios de apoyo que requiere el MINISTERIO DE INDUSTRIA, en el desempeño de sus funciones.

2.- Efectuar las tareas necesarias para el efectivo control y prestación de los servicios en las distintas áreas a su cargo.

3.- Velar por el cuidado y conservación de los bienes puestos bajo su custodia.

4.- Realizar las acciones necesarias para asegurar la operatividad y funcionamiento de los edificios e instalaciones de la jurisdicción.

5.- Conducir al personal obrero, de maestranza y servicios generales, supervisando la adopción de medidas de seguridad laboral.

6.- Realizar los programas de mantenimiento preventivo, cambios o reparaciones.

7.- Asistir en la elaboración de planes sobre seguridad e higiene de los edificios.

8.- Efectuar las tareas relacionadas con el almacenamiento y distribución de suministros.

9.- Mantener actualizado el registro de necesidades de la jurisdicción en forma conjunta con el Departamento de Compras y Contrataciones, con el fin de informar sobre las necesidades de stock mínimo que permita cumplir las demandas de las áreas.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

DIRECCION DE GESTION y CONTROL JUDICIAL

ACCIONES:

1.- Intervenir en todos los juicios en que el ESTADO NACIONAL a través del MINISTERIO DE INDUSTRIA o sus organismos dependientes sean parte, defendiendo los intereses del mismo.

2.- Controlar el trámite de las causas judiciales en que el MINISTERIO DE INDUSTRIA sea parte.

3.- Colaborar con las representaciones del ESTADO NACIONAL en el interior del país, en las causas judiciales en que sea parte el MINISTERIO DE INDUSTRIA y coordinar las tareas con los Fiscales de Provincia o en su caso, con los Letrados que asuman la defensa del ESTADO NACIONAL.

4.- Intervenir con responsabilidad primaria en todos los trámites de transacciones judiciales, que le sean encomendados por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.

5.- Mantener actualizado el seguimiento de las causas judiciales a su cargo, elaborando informes periódicos sobre el particular y cursar las comunicaciones previstas legal y/o reglamentariamente respecto de la previsión presupuestaria orientada a atender las sentencias condenatorias de dar sumas de dinero o asimilables.

6.- Intervenir en el trámite de los oficios judiciales, asesorando a los organismos oficiados y con responsabilidad primaria en aquellos provenientes del fuero penal, o que se relacionen con juicios a cargo de esa Dirección.

7.- Presentar las denuncias y/o acciones legales de índole penal ordenadas por autoridad competente.

8.- Practicar las intimaciones y/o ejecuciones derivadas de la determinación de perjuicio fiscal en los sumarios administrativos como así también, cursar las comunicaciones legales y/o reglamentariamente previstas a los órganos de control.

9.- Controlar y calificar la actuación de los profesionales de esa Dirección y de los servicios jurídicos de los entes descentralizados.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

DIRECCION DE GESTION Y CONTROL JUDICIAL

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS JUDICIALES

ACCIONES:

1.- Representar judicialmente al Ministerio y ejercer el patrocinio letrado en juicios en que sea parte el organismo y en aquellas otras causas judiciales en que fuere requerida su intervención en virtud de una norma legal, reglamentaria o de un acto emanado de autoridad competente al efecto.

2.- Diligenciar los Oficios Judiciales dirigidos al Ministerio y fiscalizar el cumplimiento de los términos prescritos.

3.- Intervenir en todos los trámites de negociaciones prejudiciales y/o propuestas de transacciones extrajudiciales o judiciales a fin de elevarlos para su consideración superior conforme la normativa en la materia.

4,- Intervenir en el trámite y diligenciamiento de oficios judiciales, recabando de las distintas dependencias y, en su caso, de los organismos descentralizados, la información necesaria para su respuesta.

5.- Ejercer el control y seguimiento de las causas judiciales a su cargo y elaborar los informes periódicos pertinentes.

6.- Interponer las denuncias y/u otras acciones legales de carácter penal ordenadas por autoridad competente.

7.- Mantener actualizada la información y cursar las comunicaciones previstas legal y/o reglamentariamente respecto de la previsión presupuestaria orientada a atender las sentencias condenatorias de dar sumas de dinero o asimilables.

8.- Practicar las intimaciones y/o reclamos judiciales correspondientes a las sumas determinadas por perjuicio fiscal derivadas de los actos administrativos conclusivos de sumarios administrativos.

9.- Dar cumplimiento a las comunicaciones previstas normativamente y dirigidas a los órganos de control, con arreglo a la normativa en la materia.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

DIRECCION DE DICTAMENES Y ASESORAMIENTO LEGAL

ACCIONES:

1.- Asesorar jurídicamente a las autoridades del MINISTERIO DE INDUSTRIA en los aspectos técnico legales planteados.

2.- Dictaminar en los casos jurídicos sometidos a su consideración respecto de los proyectos de actos y/o decisiones de alcance particular.

3.- Proyectar y elevar al Director General de Asuntos Jurídicos para su intervención las opiniones legales requeridas en torno a actos de alcance general.

4.- Dictaminar respecto de la legalidad de los sumarios instruidos y substanciados en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

DIRECCION DE DICTAMENES Y ASESORAMIENTO LEGAL

DEPARTAMENTO DE ASISTENCIA NORMATIVA

ACCIONES:

1.- Realizar las actividades necesarias tendientes a evacuar las consultas que se formulen a la Dirección General, recomendando en cada caso el curso de acción a seguir.

2.- Realizar los dictámenes de los proyectos de resolución y/o disposición que ingresen a la Dirección General para su análisis.

3.- Brindar asesoramiento sobre la normativa aplicable en los casos en que la Dirección General sea competente.

4.- Asistir al Director General en las relaciones que la jurisdicción mantenga con la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION, SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, AUDITORIA GENERAL DE LA NACION, OFICINA ANTICORRUPCION, DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACION Y SISTEMAS ADMINISTRATIVOS

ACCIONES:

1.- Realizar la evaluación técnica de los proyectos de estructuras y propuestas de organizaciones funcionales de los organismos de la jurisdicción, así corno también los de creación, transferencia o fusión de organismos y otras formas que impliquen cambios en las organizaciones, controlando la efectiva aplicación de las normas vigentes en la materia.

2.- Asesorar y evaluar técnicamente a nivel jurisdiccional en materia de análisis de tareas, sistemas administrativos, métodos y medición de trabajo administrativo, análisis y diseño de formularios.

3.- Realizar la evaluación técnica y asesorar en materia de administración de espacios físicos y equipamiento de oficinas.

4.- Realizar relevamientos integrales o parciales, cuando se lo considere conveniente, de las distintas unidades de la jurisdicción ministerial, en los distintos aspectos de su competencia específica.

5.- Realizar el análisis y diagnóstico de los organismos centralizados y descentralizados de la jurisdicción.

6.- Representar a la jurisdicción en los temas de su competencia.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

DEPARTAMENTO DE MEDICINA LABORAL, HIGIENE Y SEGURIDAD DEL TRABAJO

ACCIONES:

1.- Dirigir las actividades vinculadas con educación sanitaria, socorrismo, vacunación y estudios de ausentismo por morbilidad, así como también la prestación de la asistencia inicial de las enfermedades presentadas durante el trabajo y de las emergencias médicas ocurridas, hasta tanto se haga cargo el servicio médico que corresponda.

2.- Confeccionar y mantener actualizado el legajo médico del personal.

3.- Confeccionar y mantener actualizado el registro de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.

4.- Efectuar los exámenes médicos que correspondan al personal, ya sea con personal propio o contratado a tal efecto.

5.- Efectuar toda otra actividad que corresponda, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 19.587 y sus normas modificatorias y complementarias.

6.- Centralizar las relaciones con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo cuya contratación se efectúe para la jurisdicción, en lo que respecta a su competencia específica, en el marco de la legislación vigente.

7.- Administrar, gestionar y auditar los casos y la información de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales sufridas por el personal perteneciente a la jurisdicción MINISTERIO DE INDUSTRIA, en el ámbito de su competencia.

8.- Conceder y fiscalizar las licencias especiales de su competencia y controlar las prestaciones de servicios realizadas por terceros.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE PERSONAL

ACCIONES:

1.- Coordinar la aplicación de los regímenes estatutarios y escalafonarios, las reglamentaciones relativas a licencias, compensaciones, situaciones especiales de revista, asignaciones familiares, incompatibilidades, controlar su cumplimiento y proponer las adecuaciones pertinentes.

2.- Supervisar los proyectos de actos administrativos vinculados con la gestión de recursos humanos y los procedimientos inherentes a los movimientos del personal, reclamos, certificaciones de servicios, seguros de vida y demás beneficios sociales.

3.- Supervisar la confección y actualización de los legajos únicos de personal y recibir e informar las novedades en relación con la situación de los agentes.

4.- Dirigir la administración de la información de asistencia y toda otra requerida para la liquidación de haberes y demás compensaciones (adicionales, bonificaciones, suplementos e incentivos).

5.- Supervisar los aspectos laborales y el cumplimiento de las disposiciones vigentes relativas a los derechos y obligaciones de los agentes (licencias, becas, sanciones, etcétera) y analizar los recursos y actuaciones relacionados con el ámbito de su competencia.

6.- Dirigir la actualización del registro de cargos financiados correspondiente a la jurisdicción y formular información de base para la elaboración del proyecto de Presupuesto Anual, en lo concerniente al Inciso 1, Gastos en Personal.

7.- Mantener mecanismos de difusión y asesoramiento en materia de su competencia.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE PERSONAL

DEPARTAMENTO DE LEGAJOS, CERTIFICACIONES Y ASISTENCIA

ACCIONES:

1.- Efectuar la registración de los antecedentes del personal manteniendo actualizado el legajo único de los agentes de su jurisdicción y extender las certificaciones que le sean solicitada:

2.- Verificar el cumplimiento del régimen de incompatibilidades.

3.- Diligenciar los trámites vinculados con los beneficios: previsionales, sociales, seguro de vida y subsidios que correspondieren al personal, de conformidad con la normativa vigente.

4.- Tramitar el otorgamiento de asignaciones familiares verificando el cumplimiento de la normativa vigente en la materia y efectuando las comunicaciones correspondientes para su liquidación.

5.- Intervenir en las actuaciones administrativas relacionadas con el ingreso-egreso, movimientos de personal y régimen disciplinario.

6.- Asistir y asesorar sobre los derechos y obligaciones del personal como agente público.

7.- Aplicar el régimen de licencias, justificaciones y franquicias y supervisar los procesos administrativos relacionados con permisos de salida, horarios, franquicias, medidas disciplinarias y toda novedad relativa al área, efectuando las comunicaciones correspondientes para su liquidación.

8.- Elaborar la información de base para la correcta liquidación de haberes del personal.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE PERSONAL

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE CARGOS Y PROYECTOS

ACCIONES:

1.- Elaborar los proyectos de actos administrativos que impliquen altas, bajas y movimientos de personal y efectuar las notificaciones correspondientes.

2.- Mantener actualizado el registro de los cargos y horas de cátedra de la jurisdicción ministerial y comunicar la información de base para la elaboración del Proyecto de Presupuesto Anual, en lo concerniente al Inciso 1 - Gastos en Personal, de acuerdo al ordenamiento estructural vigente.

3.- Mantener actualizado el nomenclador de Funciones Ejecutivas de la jurisdicción.

4.- Elaborar los actos administrativos y efectuar el control de aplicación del Régimen de Asesores, Auxiliares y Suplementos Extraordinarios de Gabinete.

5.- Aplicar los regímenes estatutarios y escalafonarios vigentes y proponer las adecuaciones pertinentes.

6.- Intervenir en la tramitación de credenciales.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

DIRECCION DE ADMINISTRACION Y GESTION DE PERSONAL

DEPARTAMENTO DE CONTRATOS Y PASANTIAS

ACCIONES:

1.- Dirigir lo concerniente a la selección y elaboración de contratos previstos por el Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, el Decreto Nº 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nº 25.164 y cualquier otra modalidad, ya sea de locación de servicios, obras y otras contrataciones necesarias para el cumplimiento de las misiones encomendadas a la jurisdicción y a la Dirección General de Fondos de Administración Financiera Internacional.

2.- Proponer la elaboración de políticas de formación, capacitación y asistencia técnica, a fin de fortalecer la gestión, fomentando espacios de intercambio y aprendizaje.

3.- Mantener actualizados los antecedentes de todas las personas contratadas mediante cualquier modalidad, que desarrollen tareas en el ámbito de la jurisdicción.

4.- Elaborar los proyectos de actos administrativos que sean necesarios para la aprobación de los contratos de cualquier modalidad que se desarrollen en la jurisdicción.

5.- Brindar, cuando correspondiere, la información a otros organismos respecto de las personas contratadas, cualquiera sea la modalidad y fuente de financiación.

6.- Dirigir lo concerniente a las pasantías que se desarrollen en la jurisdicción.

7.- Administrar el Sistema Nacional de Pasantías Universitarias dentro de la jurisdicción y los regímenes de Asistencia Técnica, controlando su correcta aplicación.

8.- Garantizar en la experiencia de pasantía la extensión orgánica del sistema educativo en el ámbito de la jurisdicción de acuerdo a la Ley Nº 26.427 consagrando como rasgo central de la pasantía el carácter educativo de la misma.

9.- Mantener actualizados los antecedentes de los pasantes en el ámbito del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

DIRECCION DE CARRERA, CAPACITACION Y RELACIONES LABORALES

ACCIONES:

1.- Coordinar y evaluar la aplicación de los sistemas de selección y evaluación de desempeño.

2.- Coordinar los estudios que permitan la clasificación de puestos de trabajo y la caracterización de los perfiles básicos aconsejables para su ocupación.

3.- Asegurar el seguimiento y actualización permanente del nivel de cumplimiento, por parte de los agentes de la jurisdicción del ámbito de su competencia, de los requisitos exigidos para la promoción de grado.

4.- Efectuar y/o coordinar estudios tendientes a la elaboración y formulación de propuestas de fomento de la productividad.

5.- Coordinar lo vinculado con la elaboración y propuesta de la política de capacitación de los recursos humanos.

6.- Coordinar las acciones de detección permanente de necesidades de capacitación y la generación de los mecanismos que permitan su satisfacción, sin afectar la normal prestación de los servicios a cargo de la jurisdicción.

7.- Coordinar la centralización de las certificaciones de créditos de capacitación que se obtengan, tanto por cursos efectuados a través del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (I.N.A.P:), como por equivalencias reconocidas por dicho organismo.

8.- Administrar y mantener actualizado el sistema de información básico del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P) de la jurisdicción, apoyando a otras áreas administrativas que formulen requerimiento de datos.

9.- Coordinar las actividades vinculadas con la difusión de acontecimientos de interés general.

10.- Asistir en la gestión de las relaciones laborales con las entidades gremiales y evaluar las situaciones litigiosas colectivas e individuales y proponer mecanismos alternativos de solución de conflictos.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

DIRECCION DE CARRERA, CAPACITACION Y RELACIONES LABORALES

DEPARTAMENTO DE SELECCION Y EVALUACION DE PERSONAL

ACCIONES:

1.- Efectuar el seguimiento de la carrera administrativa del personal y proponer estrategias de desarrollo.

2.- Efectuar el análisis de puestos y definición de perfiles para su desempeño y ejecutar las tareas concernientes a la organización y desarrollo de los procesos de selección, incluyendo los correspondientes al régimen de cargos con Funciones Ejecutivas.

3.- Mantener actualizado el registro de créditos de capacitación y evaluaciones de desempeño del personal, de la jurisdicción ministerial.

4.- Elaborar los actos administrativos de promoción de grado de los agentes de la jurisdicción ministerial que cumplan, en cada caso, con los requisitos exigidos para tal fin en la normativa vigente.

5.- Ejecutar las tareas de organización y desarrollo de los procesos de evaluación de desempeño.

6.- Analizar y sustanciar los recursos y actuaciones relacionados con el ámbito de su competencia.

7.- Efectuar las convocatorias de la Delegación Jurisdiccional Permanente de Carrera y coordinar su funcionamiento en el marco de la normativa vigente.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

DIRECCION DE CARRERA, CAPACITACION Y RELACIONES LABORALES

DEPARTAMENTO DE CAPACITACION Y COMUNICACION ORGANIZACIONAL

ACCIONES:

1.- Realizar el diagnóstico de los requerimientos de capacitación y proponer planes de desarrollo de las actividades, asegurando una eficiente distribución en el tiempo de la oferta educativa, a fin de resguardar el normal desenvolvimiento de los servicios.

2.- Gestionar y promover la realización de actividades de capacitación en instituciones educativas de reconocido prestigio, del ámbito nacional o internacional, públicos o privados.

3.- Gestionar ante el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (I.N.A.P.), el reconocimiento de los créditos de capacitación por equivalencia, de los cursos realizados por los agentes.

4.- Requerir las certificaciones de los créditos de capacitación de los agentes de la jurisdicción, registrarlas e informarlas al Departamento de Selección y Evaluación de Personal.

5.- Promover la concesión de becas destinadas a la participación de los agentes en cursos, jornadas y/o congresos que se vinculen con su quehacer especifico.

6.- Administrar las bibliotecas de la jurisdicción ofreciendo a los usuarios internos y externos una variedad de herramientas de información que fortalezcan el conocimiento para las actividades operativas y productivas.

7.- Promover, a través de los medios habituales de difusión, el conocimiento de los acontecimientos económicos, técnicos, culturales, sociales y deportivos, que sean de interés para los integrantes del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION

DIRECCION DE CARRERA, CAPACITACION Y RELACIONES LABORALES

DEPARTAMENTO DE RELACIONES LABORALES Y GREMIALES

ACCIONES:

1.- Asesorar a las autoridades en los temas relativos al proceso derivado de la Ley Nº 24.185 y normas reglamentarias.

2.- Asistir en la gestión de las relaciones laborales con las entidades gremiales y evaluar las situaciones litigiosas colectivas e individuales y proponer mecanismos alternativos de solución de conflictos.

3.- Efectuar las interpretaciones del marco legal y reglamentario que rija las relaciones laborales del PODER EJECUTIVO NACIONAL con su personal en un todo de acuerdo con los alcances que impone la normativa vigente en la materia.

4.- Participar en el análisis de los aspectos vinculados con la política salarial aplicable a la Administración Nacional, asesorando a las autoridades en la materia.

5.- Intervenir en los procesos de resolución de conflictos individuales o colectivos, relativos al personal del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

6.- Atender las relaciones con los representantes gremiales de la jurisdicción e intervenir en la negociación de acuerdos o convenios con el personal.

7.- Intervenir en el diseño, desarrollo, implementación y actualización periódica de los sistemas de procesamiento de información integral sobre recursos humanos y elaborar la información estadística necesaria para la toma de decisiones.

8.- Diseñar, desarrollar e implementar mecanismos de interacción con las áreas de recursos humanos jurisdiccionales, para asegurar la profundización y fortalecimiento del concepto de dependencia funcional.

9.- Mantener y difundir un sistema de información actualizado sobre las normas y jurisprudencia relativas a empleo público de la Administración Nacional.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION GENERAL DE FONDOS DE ADMINISTRACION FINANCIERA INTERNACIONAL

DEPARTAMENTO DE EVALUACION Y APROBACION DE PROYECTOS

ACCIONES:

1.- Verificar el grado de cumplimiento de las metas presupuestarias y físicas de los compromisos internacionales adquiridos.

2.- Realizar estudios que permitan la definición de prioridades para la asignación de recursos y coordinar acciones con otras áreas del Ministerio para asegurar la elaboración de proyectos en forma compatible con los requerimientos estratégicos.

3.- Evaluar los proyectos de inversión pública de acuerdo a las normas sobre la materia, con el fin de determinar su factibilidad.

4.- Controlar y evaluar la ejecución presupuestaria de los programas con financiamiento externo. Manteniendo y actualizando una base de datos selectiva del estado de ejecución de los fondos asignados

DIRECCION GENERAL DE FONDOS DE ADMINISTRACION FINANCIERA INTERNACIONAL

DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTOS DE PROYECTOS

ACCIONES:

1.- Efectuar el seguimiento de los proyectos en ejecución.

2.- Verificar la ejecución de los proyectos originales y advertir sobre eventuales desvíos que pudieran haberse producido.

3.- Supervisar los indicadores y diagnóstico de los proyectos en ejecución o a ejecutar.

4.- Solicitar a los organismos y entes beneficiarios informes sobre el grado de avance de los proyectos.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION DE INFORMATICA

DEPARTAMENTO DE SERVICIOS INFORMATICOS

ACCIONES:

1.- Dirigir, coordinar y supervisar el desarrollo de los servicios de informática, sistemas operativos y base de datos, según las necesidades de cada unidad de la jurisdicción.

2.- Verificar que los sistemas cuenten con las autorizaciones respectivas, de sus equipos y programas en uso y custodiar la documentación en un solo lugar.

3.- Mantener en funcionamiento las bases de datos de acuerdo a las medidas de seguridad de los usuarios, a la creación y mantenimiento de cuentas y con las restricciones y políticas de acceso.

4.- Evaluar la documentación técnica, presentada por los proveedores, para la adquisición de tecnología informática, por parte del Ministerio, así como de programas y equipos nuevos, determinando su utilidad y compatibilidad con los programas y equipos existentes.

5.- Administrar el portal de Internet oficial del MINISTERIO DE INDUSTRIA de manera de impulsar la provisión de medios, herramientas y servicios que faciliten la gestión de las diferentes dependencias.

6.- Administrar las cuentas de correo electrónico del dominio mit.gob.ar alojados en el servidor de la Dirección de Informática.

7.- Adoptar y ejecutar un sistema de copias de respaldo de los datos y sistemas; de manera que los usuarios finales puedan contar con copias de respaldo de sus propios documentos.

8.- Proponer y acompañar los Sistemas de Control Informáticos a ser implementados en las diferentes áreas del Ministerio.

9.- Impulsar el adecuado uso de los recursos informáticos del Ministerio, como herramienta de Gestión.

DIRECCION DE INFORMATICA

DEPARTAMENTO DE SOPORTE TECNICO

ACCIONES:

1.- Proveer servicios de soporte técnico para los equipos informáticos de todas las dependencias del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

2.- Supervisar los servicios de informática y otros aspectos técnicos relacionados con el funcionamiento de base de datos, asistencia técnica, mantenimiento de redes, Internet, comunicaciones y el uso y aprovechamiento de las tecnologías.

3.- Establecer los instrumentos tecnológicos necesarios para el diseño, supervisión y evaluación de las redes necesarias para la prestación de los servicios de informática, que demanden las unidades que integren el MINISTERIO DE INDUSTRIA.

4.- Instalar, reparar y mantener correctiva y preventivamente todos los equipos informáticos y de comunicaciones de las dependencias del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

5.- Implementar mecanismos de control y detectar las necesidades de actualizaciones de software y hardware existentes en las dependencias del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

6.- Llevar el registro de los mantenimientos y reparaciones efectuados a los equipos instalados en la jurisdicción, de manera de respaldar y documentar el servicio prestado a las dependencias del Ministerio.

7.- Administrar y monitorear el correcto funcionamiento de las redes y los equipos de comunicación interconectados que constituyen la estructura de comunicación de este Ministerio.

8.- Canalizar adecuadamente las respuestas ante los reclamos e inquietudes de los usuarios de los portales administrados por la Dirección de Informática.

9.- Evaluar los riesgos y los controles de seguridad requeridos por el Ministerio.

DIRECCION DE INFORMATICA

DEPARTAMENTO DE INGENIERIA EN SISTEMAS

ACCIONES:

1.- Investigar y proponer a la Dirección de Informática la implementación de nuevas tecnologías, informes de automatización de procesos a través de sistemas de gestión y realizar evaluaciones tecnológicas puntuales solicitadas.

2.- Investigar nuevas tecnologías, determinar su factibilidad y viabilidad así como realizar acciones que fomenten su utilización en las dependencias centrales del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

3.- Garantizar que los proyectos ‘Informáticos desarrollados en la Dirección de Informática cumplan con los requerimientos de calidad establecidos de acuerdo a las políticas de gestión propias.

4.- Diseñar, crear y supervisar páginas Web para las dependencias del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

5.- Coordinar y/o asesorar el análisis, diseño o desarrollo de los sistemas informáticos y/o propuestos, en acción integrada con otras dependencias del Ministerio.

6.- Coordinar y promover el desarrollo y la administración de los sistemas informáticos del Ministerio y el establecimiento de un sistema integral de información.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

DEPARTAMENTO DE DESPACHO

ACCIONES:

1.- Efectuar la recepción, registro, tramitación, protocolización y distribución de los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones ministeriales y de los Secretarios y disposiciones de los Subsecretarios.

2.- Realizar el control de los mencionados proyectos, desde el punto de vista formal y formular las observaciones pertinentes que pudieren corresponder.

3.- Promover la tramitación y realizar el seguimiento de los asuntos cuya atención y vigilancia le fueren expresamente encomendados por la superioridad.

4.- Analizar y proponer plazos y unidades de Responsabilidad Primaria de ejecución de los proyectos.

5.- Atender el registro y custodia de los proyectos originados en este Ministerio.

6.- Numerar y expedir copia autenticada de todas las resoluciones dictadas por el señor Ministro, Secretarios ministeriales y disposiciones de los Subsecretarios del área archivando su original.

7.- Llevar el registro de las actas, acuerdos, cartas de intención, protocolos y convenios firmados por el señor Ministro, Secretarios y Subsecretarios del área, archivando un ejemplar original.

DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

DEPARTAMENTO DE MESA DE ENTRADAS

ACCIONES:

1.- Asistir en la recepción, clasificación, registro, seguimiento y archivo de la documentación y correspondencia dirigida al organismo, supervisando el cumplimiento de las normas administrativas vigentes.

2.- Brindar asesoramiento, en los temas de su competencia específica, en aquellas tramitaciones que por cuestiones de prioridad o trascendencia le sean asignadas.

3.- Efectuar el seguimiento de aquellos trámites que por su carácter específico, le fueran encomendados por la superioridad.

4.- Efectuar las operaciones de notificación de actos administrativos, de acuerdo con las normas vigentes.

5.- Mantener actualizado el Registro de Firma de Funcionarios del MINISTERIO DE INDUSTRIA, sus Secretarias, Subsecretarías y reparticiones dependientes y extender las certificaciones que le sean solicitadas.

6.- Asistir en la administración y control del archivo de expedientes del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

7.- Asistir en el otorgamiento y/o derivación cuando corresponda, a las áreas pertinentes, las solicitudes de vista de expedientes.

8.- Asistir en la recepción y derivación a las áreas que correspondan, de la documentación referida al Decreto Nº 1172 de fecha 3 de diciembre de 2003.

DIRECCION DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS

DEPARTAMENTO DE ARCHIVO GENERAL

ACCIONES:

1.- Gestionar la recepción, custodia, organización y conservación de los expedientes y actuaciones administrativas de la UNIDAD MINISTRO y de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.

2.- Controlar y establecer lineamientos en la organización y funcionamiento de los archivos a las dependencias de la jurisdicción.

3.- Mantener actualizado un sistema de información que contenga el detalle de todos los expedientes y actuaciones administrativas que se encuentran archivados en el Departamento como así también, en todos los archivos existentes en la jurisdicción.

4.- Ejercer la administración y control del archivo de expedientes del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

ANEXO III

MINISTERIO DE INDUSTRIA

UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL

- COORDINACION DE PROMOCION INDUSTRIAL

- COORDINACION DE DESARROLLO INDUSTRIAL REGIONAL

ANEXO IV

MINISTERIO DE INDUSTRIA

UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL

COORDINACION DE PROMOCION INDUSTRIAL

ACCIONES:

1.- Diseñar instrumentos técnicos para la promoción industrial.

2.- Asesorar a los Gobiernos Provinciales y Municipales en el diseño de instrumentos técnicos administrativos adecuados para el desarrollo industrial.

3.- Asesorar sobre la aplicación de incentivos y acciones, de acuerdo a los perfiles y potenciales económicos regionales, para el apoyo de industrias incipientes.

4.- Brindar asistencia técnica para el análisis de proyectos de conformación de desarrollo de parques industriales, provinciales y municipales.

UNIDAD DE DESARROLLO INDUSTRIAL LOCAL

COORDINACION DE DESARROLLO INDUSTRIAL REGIONAL

ACCIONES:

1.- Impulsar los procesos de integración regional.

2.- Impulsar y promocionar las normas de calidad internacional y nacional.

3.- Impulsar la interacción entre el Estado, las empresas y entidades de ciencia y tecnología, con énfasis en la formación y capacitación de recursos humanos y promoción de actividades de investigación y desarrollo.

4.- Generar mecanismos de mejoras en la productividad para hacer más competitivas a las empresas y lograr que las mismas alcancen nuevos mercados.

e. 17/01/2011 Nº 5925/11 v. 17/01/2011