MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1845/2010

Registro Nº 1767/2010

Bs. As., 25/11/2010

VISTO el Expediente Nº 1.377.077/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.377.077/10, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, por la parte trabajadora, y, por la parte empleadora, la empresa GALERIAS PACIFICO SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el mencionado acuerdo las partes establecen la modificación del sistema de francos vigentes en el área de Servicios al Cliente, a partir del 31 de marzo de 2010.

Que los términos de lo convenido son obligatorios como acuerdo marco colectivo sin perjuicio de los derechos individuales que asistan a los trabajadores involucrados.

Que es dable indicar en relación a lo pactado que tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales signantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su

homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL y la empresa GALERIAS PACIFICO SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.377.077/10.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 11/12 del Expediente Nº 1.377.077/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.377.077/10

Buenos Aires, 30 de noviembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1845/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 11/12 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1767/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.377.077/10

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 7 (siete) días del mes de abril de 2010, siendo las 15:30, comparecen por ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, Dirección Nacional de Relaciones Laborales, ante mí Dr. Mauricio J. Riafecha Villafañe, Secretario de Relaciones Laborales del Departamento Nº 1, el Sr. MANUEL CAAMAÑO, Subsecretario de Asuntos Gremiales, por el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, conjuntamente con el cuerpo de Delegados Internos del Personal de Galerías Pacífico S.A., señores Facundo Martín Contreras, DNI 30.371.118, Ricardo Omar Cigliuti DNI 12.084.118 y Germán Aníbal Nicora DNI 25.021.918 en adelante EL CUERPO DE DELEGADOS por una parte y por la otra el Dr. Luis María Sánchez Lucca, en su carácter de apoderado, con el patrocinio letrado de la Dra. Romina Salvato T 100 F 679 DNI Nº 29.501.868 en representación de la firma GALERIAS PACIFICO S.A., en adelante LA EMPRESA, quienes concurren al presente acto.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante y concedida que le fue la palabra a las partes, estas manifiestan que han arribado al siguiente acuerdo:

• Que LA EMPRESA aceptó la petición del CUERPO DE DELEGADOS de modificar el sistema de francos vigente en el área de Servicios al Cliente.

• En tal sentido, se deja expresa constancia que LA EMPRESA a partir del 31 de marzo otorgó al personal de Servicios al Cliente dos (2) francos fijos, cada cinco (5) días laborables, en un todo conforme con lo peticionado por el CUERPO DE DELEGADOS.

• LA EMPRESA y EL CUERPO DE DELEGADOS acuerdan no modificar la categoría de trabajo, las tareas y funciones desarrolladas por el personal del área de Servicios al Cliente. Como así tampoco la estructura salarial vigente.

• EL CUERPO DE DELEGADOS manifiesta que dicho cambio no provoca perjuicio alguno a los trabajadores que prestan funciones en el área de Servicios al Cliente. Dejándose expresa constancia en este acto, que no se ven lesionados por la aplicación de lo acordado en el presente los derechos que le reconoce la Ley 20.744 y el CCT 130/75.

Las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

Siendo las 16:00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad previa lectura y ratificación ante mí que CERTIFICO.