Comisión Nacional de Regulación del Transporte

BOLETO ELECTRONICO

Resolución 23/2011

Establécese que las empresas prestatarias de los servicios de transporte público de pasajeros que se encuentren alcanzadas por el Sistema Unico de Boleto Electronico (S.U.B.E.) deberán remitir la información necesaria relacionada a la actualizacion del mismo.

Bs. As, 14/1/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0005377/2011 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SE CRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 84 de fecha 4 de febrero de 2009 se dispuso la implementación de un SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.), como medio de percepción de la tarifa para el acceso a la totalidad de los servicios de transporte público automotor, ferroviario de superficie y subterráneo de pasajeros de carácter urbano y suburbano.

Que la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS es la Autoridad de Aplicación del sistema y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, organismo autárquico que funciona en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, es la entidad encargada de la gestión y administración del S.U.B.E., conforme lo estatuido por los Artículos 2º y 3º del citado decreto.

Que en virtud de la instrucción dispuesta por el Artículo 4º del Decreto Nº 84/09 la SECRETARIA DE TRANSPORTE y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA suscribieron el Convenio Marco "SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO", el cual se encuentra aprobado por el Decreto Nº 1479 de fecha 19 de octubre de 2009.

Que a través de dicho Convenio el BANCO DE LA NACION ARGENTINA designó a NACION SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA para la conducción del proyecto S.U.B.E., encontrándose dicha sociedad a cargo de los desarrollos tecnológicos pertinentes para manejar el procesamiento, la recaudación, el clearing y el back office del servicio y las contrataciones de los elementos necesarios para organizar, implementar, gestionar y administrar el S.U.B.E.

Que en virtud de ello NACION SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA ha venido requiriendo a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el suministro de la información necesaria relacionada a la definición de reglas y parámetros del back office del S.U.B.E., conjuntamente con los datos de las empresas prestatarias de los servicios públicos que se encuentren alcanzadas por el S.U.B.E.

Que al respecto cabe señalarse que por el Artículo 5º del Decreto Nº 84/09 se dispone que la implementación del S.U.B.E., alcanzará inicialmente a los beneficiarios del sistema de compensaciones al transporte público de pasajeros automotor y ferroviario creados por el Decreto Nº 652 de fecha 19 de abril de 2002 y del REGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS (R.C.C.), creado por el Artículo 1º del Decreto Nº 678 de fecha 30 de mayo de 2006.

Que por la Resolución Nº 162 de fecha 22 de julio de 2010 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE se incorporó, como condición para el acceso y mantenimiento del beneficio del precio diferencial del gasoil de las personas físicas o jurídicas que ejecuten servicios de transporte público de pasajeros por automotor o prestación asimilable al mismo, la implementación del S.U.B.E. como inciso d) al Artículo 3º de la Resolución Nº 23 de fecha 25 de julio de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, modificada por su similar Nº 409, del fecha 28 de junio de 2004.

Que en atención a lo expuesto todas aquellas empresas prestatarias de los servicios de transporte por automotor de pasajeros, que se encuentren alcanzadas por el S.U.B.E., ya sean nacionales, provinciales o municipales, deberán remitir a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE la información que el sistema requiere de conformidad en el tiempo y forma que por el presente acto administrativo se dispone.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades establecidas en el Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996 y por el Decreto Nº 454 de fecha 24 de abril de 2001.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécese que las empresas prestatarias de los servicios de transporte público por automotor de pasajeros, que se encuentren alcanzadas por el SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.), sean de carácter nacional, provincial o municipal, deberán remitir la información que el sistema requiere para su implementación y actualización, de conformidad a lo establecido en el Anexo que en DIEZ (10) fojas forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º — Comuníquese a NACION SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA y a las Entidades Representativas del Servicio de Transporte Automotor de Pasajeros, a sus efectos.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Antonio E. Sicaro.

ANEXO

INFORMACION RELATIVA AL SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO

ARTICULO 1º — Objetivo. Establecer el circuito operativo que permita a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, recopilar la información relativa a altas, bajas y/o modificaciones destinada al SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.), a los fines de su remisión a NACION SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA en tiempo y forma.

ARTICULO 2º — Alcance. El procedimiento refiere a la información suministrada por todas aquellas empresas prestatarias de los servicios de transporte público por automotor de pasajeros, que se encuentren alcanzadas por el S.U.B.E., ya sean nacionales, provinciales o municipales.

La información correspondiente a empresas de jurisdicción nacional será extraída de la base de datos con la que cuenta esta C.N.R.T., en virtud de los parámetros operativos de los permisos y contratos de concesión de los servicios involucrados, la información suministrada en el marco de la Resolución Nº 23 de fecha 25 de julio de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, sus normas modificatorias y complementarias y del plexo regulatorio y normativo aplicable.

La información atinente a las empresas de jurisdicción provincial y municipal, será remitida a través de la autoridad respectiva en materia de transporte de dichas jurisdicciones con el aval del ministro provincial o intendente, según corresponda, en un todo conforme a lo dispuesto por el presente.

ARTICULO 3º — Destinatarios. Serán destinatarios del presente instructivo:

a) La Gerencia de Control Técnico de la C.N.R.T.

b) La Gerencia de Control de Permisos de Transporte Automotor de la C.N.R.T.

c) Las Autoridades Jurisdiccionales de Transporte Provinciales.

d) Las Autoridades Jurisdiccionales de Transporte Municipales.

e) Las Empresas de transporte Público por Automotor de Pasajeros de Jurisdicción Nacional.

ARTICULO 4º — Circuito de información del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.

APENDICE I

INSTRUCTIVO PARA LA REMISION DE INFORMACION DESTINADA

A LA ACTUALIZACION DEL S.U.B.E.

1. Nota de presentación

Cuando la Nota de presentación tenga por objeto adjuntar los formularios IA, IB, IC y D cuyos modelos se encuentran disponibles en la página WEB de la C.N.R.T., y el último se adjunta además al presente instructivo, la misma deberá estar dirigida a la Gerencia de Control Técnico de la C.N.R.T.

Cuando la Nota de presentación tenga por objeto adjuntar los formularios E y F, cuyos modelos se adjuntan al presente instructivo y se encontraran disponibles en las página WEB de la C.N.R.T., la misma deberá estar dirigida a la Gerencia de Control de Permisos de Transporte Automotor de la C.N.R.T.

La mencionada nota deberá especificar claramente el motivo, adjuntando los formularios que correspondan y la documentación respaldatoria.

En el caso de presentaciones provenientes de jurisdicciones provinciales o municipales, la nota de presentación y sus adjuntos (formularios y documentación respaldatoria) deben encontrarse suscriptos por la Autoridad Jurisdiccional del Transporte respectiva y por el Intendente para la Jurisdicción Municipal y el Ministro para la Jurisdicción Provincial, o por el funcionario en quien los mencionados hayan delegado la firma, acompañando en este último caso copia certificada del acto administrativo que avale dicha delegación.

Asimismo, la nota de presentación y el formulario D, ya sea en el caso de presentaciones provenientes de las empresas de jurisdicción nacional, como también provincial y municipal, deben encontrarse suscriptos por un responsable S.U.B.E.

2. Adjuntos a la nota de presentación (formularios y documentación respaldatoria):

a) Los formularios deben remitirse impresos y en archivo digital (CD).

b) La documentación respaldatoria deberá presentarse en copia certificada.

FORMULARIO D

DESIGNACION DE RESPONSABLE DEL S.U.B.E. Y CUENTA BANCARIA

Por la presente se expone, con carácter de declaración jurada, que los datos vertidos en este formulario corresponden a (operador de servicio público, razón social y CUIT) que desarrolla la prestación de sus servicios en la jurisdicción (nombre de la jurisdicción)

a) Nº de cuenta bancaria para depósito de S.U.B.E.:

b) Se designa como responsable a (nombre, apellido, D.N.I., teléfono de contacto y dirección de correo electrónico) quien cuenta con facultades suficientes para actuar en nombre del operador precedentemente mencionado respecto del S. U. B. E. (Adjuntar copia certificada del poder.)

Firma del Responsable S.U.B.E.

Firma del Operador

[Para los casos en que el formulario sea presentado respecto de empresas de jurisdicción provincial o municipal deberá agregarse la siguiente certificación, la cual debe ser eliminada del formulario para los casos en que el mismo sea presentado por empresas de jurisdicción nacional.]

Por la presente se expone, con carácter de declaración jurada, que la información vertida en el presente ha sido verificada y es fiel reflejo del permiso correspondiente al operador de servicio público que desarrolla su actividad en esta jurisdicción, conforme la normativa vigente.

Firma, aclaración y sello de la Autoridad de Aplicación en materia de Transporte

Firma, aclaración y sello del Ministro del área o Intendente según corresponda

FORMULARIO E

DESCRIPCION DE RECORRIDOS OPERADOR

(consignar nombre y apellido o razón social)

Línea Nº ....

1. Listar los recorridos (indicar letra) agrupándolos por modalidad (ej. servicios comunes, expresos, diferenciales, expresos diferenciales, etc.) indicando el punto de origen y el punto de destino de cada uno, identificados por intersecciones, localidad y partido.

Ej.: Servicios Comunes Básicos

Recorrido A (por LINIERS)

LA BOCA (CAPITAL FEDERAL) - AEROPUERTO INTERNACIONAL DE EZEIZA (PARTIDO DE EZEIZA - PROVINCIA DE BUENOS AIRES)

Recorrido B

LA BOCA (CAPITAL FEDERAL) - LINIERS (CAPITAL FEDERAL)

Servicios Expresos

Recorrido C (por AUTOPISTA 25 DE MAYO)

AVENIDA PASEO COLON y COCHABAMBA (CAPITAL FEDERAL) -ESTACION LINIERS (TRENES DE BUENOS AIRES - SOCIEDAD ANONIMA - ex LINEA SARMIENTO - CAPITAL FEDERAL)

2. Itinerario entre Cabeceras

a) Recorrido (indicar letra)

b) (Insertar descripción del recorrido de IDA y REGRESO, calle por calle, indicando cruces de puentes, pasos a nivel, viaductos, etc.)

Ej. IDA A____: Desde____y____, por_____ etc., hasta______y ______.

Ej. REGRESO A_____: Desde____y ____, por ____etc., hasta ___y ____.

(Identificar número y fecha de las normas aprobatorias al pié de cada uno de los recorridos antes descriptos).

Por la presente se expone, con carácter de declaración jurada, que la información vertida en este formulario ha sido verificada y es fiel reflejo del permiso correspondiente al operador de servicio público que desarrolla su actividad en esta jurisdicción, conforme la normativa vigente.

Firma, aclaración y sello de la Autoridad de Apli cación en materia de Transporte

Firma, aclaración y sello del Ministro del área o Intendente según corresponda

CNRT

COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

FORMULARIO F

CUADRO TARIFARIO

Línea Nº....

Recorrido....

(descripción del recorrido señalando origen y destino, indicando intersección de calles, localidad y partido) (servicio...... )

Indicar Nº fecha de la norma aprobatoria del presente cuadro tarifario y adjuntar copia certificada de la misma

CNRT

COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

BOLETO ESCOLAR

Indicar Nº y fecha de la norma aprobatoria distinta de la que aprueba el cuadro tarifario

BOLETO SECUNDARIO

Indicar Nº y fecha de la norma aprobatoria distinta de la que aprueba el cuadro tarifario

OTROS

Indicar Nº y fecha de la norma aprobatoria

Instrucciones para el llenado de los campos del cuadro precedente:

Línea: Indicar número de línea

Recorrido: Indicar letra que lo identifica, así como origen y destino del recorrido.

Tipo o modalidad de servicio (ej.: Servicios Comunes, Expresos, Diferenciales, Expreso Diferenciales, otros de corresponder)

Origen del recorrido:

Indicar intersección de calles/avenidas/plaza, etc. donde inicia el mismo

Origen de Sección:

Indicar intersección de calles/avenidas/plaza, etc. donde inicia la misma

Fin de Sección:

Indicar intersección de calles/avenidas/plaza, etc. donde finaliza la misma

Destino del recorrido:

Indicar intersección de calles/avenidas/plaza, etc. donde finaliza el mismo

Boleto Escolar:

Indicar la Tarifa

Boleto Secundario:

Indicar Tarifa o porcentaje con relación al Boleto mínimo

Otros

Indicar otros tipos de Tarifas

———

(1) NOTA: La denominación del origen de la sección debe coincidir exactamente con la denominación del fin de la sección inmediatamente anterior.

Por la presente se expone, con carácter de declaración jurada, que la información vertida en el presente formulario ha sido verificada y es fiel reflejo del cuadro tarifario correspondiente al operador de servicio público que desarrolla su actividad en esta jurisdicción, conforme la normativa vigente.

Firma, aclaración y sello de la Autoridad de Aplicación en materia de Transporte

Firma, aclaración y sello del Ministro del área o Intendente según corresponda