Comisión Nacional de Regulación del Transporte

TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS

Resolución 8/2011

Establécese el día 1° de abril de 2011 como nueva fecha de implementación del Sistema Informático de Control (SISCON).

Bs. As., 7/1/2011

VISTO el Expediente N° S01:0485519/2010 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO

Que entre las atribuciones estatuidas a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se encuentran las vinculadas al control y fiscalización del servicio de transporte automotor de pasajeros de carácter interurbano de jurisdicción nacional.

Que en virtud de dichas facultades la COMISION NACIONAL DE REGULACION DE TRANSPORTE dictó la Resolución N° 282 de fecha 20 de mayo de 2009, en cuyo Artículo 2° se establece que a partir de la implementación del SISTEMA INFORMATICO DE CONTROL (SISCON), las empresas operadoras de los servicios de transporte por automotor de pasajeros de carácter interurbano, correspondientes a servicios públicos, de tráfico libre, ejecutivos y para el turismo, deberán declarar los servicios que se dispongan prestar, en forma obligatoria y con anterioridad a la prestación de los mismos, de conformidad a las normas de funcionamiento del SISCON.

Que se ha instruido a las empresas acerca de la manera de operar el aplicativo desarrollado y que éstas han aportado sus opiniones acerca del funcionamiento del mismo y de los inconvenientes que registraron en los procesos de carga que han emprendido y se ha acreditado a los responsables dentro de las empresas operadoras del proceso de carga ante el Organismo de Control.

Que la GERENCIA DE CONTROL DE PERMISOS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR, informó que el aplicativo informático no ha sido suficientemente validado, sugiriendo para su instrumentación técnica un tiempo mayor de gestión y prueba, del orden de los tres o cuatro meses.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto es dictado en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto N° 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996 y por el Decreto N° 454 de fecha 24 de abril de 2001.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1° — Establécese como nueva fecha de implementación del SISTEMA INFORMATICO DE CONTROL (SISCON) el día 1° de abril de 2011.

Art. 2° — Notifíquese la presente medida a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, a la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD y al ORGANISMO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Antonio E. Sicaro.