PRESIDENCIA DE LA NACION

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

Resolución Nº 3/2011

Bs. As., 14/1/2011

VISTO el Título VI de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 100 de la Ley citada en el Visto, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION es el órgano normativo, de supervisión y coordinación del sistema de control interno y, como tal, le corresponde la emisión de normas de control interno.

Que el sistema se integra por este Organismo de Control y las unidades de auditoría interna creadas en cada jurisdicción y entidad, las que actuarán coordinadas técnicamente por la SIGEN, debiendo desempeñarse conforme las normas que ésta dicte.

Que como órgano normativo de dicho sistema, es función de la SIGEN emitir y supervisar la aplicación de las normas de auditoría interna, con arreglo a lo establecido en el artículo 104, inciso b) de la Ley Nº 24.156.

Que en el marco descripto, el Manual de Control Interno Gubernamental fue concebido como una guía para ser aplicada tanto por los funcionarios de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION como por los integrantes de las unidades de auditoría interna de las jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo Nacional.

Que el citado manual constituye un instrumento para facilitar la tarea de control y convertirla en una función de apoyo a toda la organización, que facilite la toma de decisiones y la mejora de la gestión, con el fin de reducir los riesgos que puedan afectar el logo de los objetivos institucionales.

Que los objetivos que se pretenden cumplir con el dictado del manual que por la presente medida se aprueba, están orientados a examinar y evaluar el sistema de control interno para determinar la eficiencia y eficacia de las operaciones, la confiabilidad de la información financiera y el cumplimiento de las leyes, reglamentos y políticas, como así también convertir a la unidad de auditoría interna en una herramienta para coadyuvar al logro de los objetivos institucionales, mediante la evaluación de los mecanismos de identificación, medición y prevención de riesgos, incorporados a los distintos procesos de un ente.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 112, inciso a) de la Ley Nº 24.156.

Por ello,

EL SINDICO GENERAL DE LA NACION

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase el Manual de Control Interno Gubernamental que se adjunta en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DANIEL G. REPOSO, Síndico General de la Nación.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar

e. 20/01/2011 Nº 6596/11 v. 20/01/2011


(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")