COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

Resolución N° 31/2011

Bs. As., 19/1/2011

VISTO el Expediente N° S01:0134680/2008 del Registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 3 de abril de 2009 se suscribió el Convenio Marco de Asistencia Técnica con la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES que fuera aprobado por Resolución N° 212 de fecha 3 de abril de 2009 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE.

Que el referido convenio tiene como objeto la prestación de cursos de capacitación, trabajos de investigación y asistencia técnica, a ser ejecutados por la Facultad.

Que en ese marco, ante la necesidad de actualizar los sistemas de información existentes en la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y con la finalidad de procurar un tratamiento informático integral que contribuya a una gestión eficaz y eficiente de esta Entidad, se requirió a la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES la elaboración de una propuesta técnica y económica para la implementación y puesta en funcionamiento de un sistema informático modulado e integral para la gestión de control, fiscalización, atención a los usuarios, gestión administrativa y jurídica.

Que a resultas de ello, el día 7 de agosto de 2009 se firmó el Convenio denominado "PROGRAMA DE TRABAJO" con la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, que fuera aprobado mediante Resolución N° 346 de fecha 23 de junio de 2009 de esta Entidad, publicada en el Boletín Oficial del día 26 de agosto de 2009.

Que posteriormente la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS se expidió en los términos que da cuenta su nota N.I.G.ADM. N° 3665 de fecha 7 de septiembre de 2009, a través de la cual informó la existencia de restricciones presupuestarias para comprometer la ejecución integral del "PROGRAMA DE TRABAJO".

Que en razón a lo expuesto se arbitraron las medidas tendientes a adecuar los compromisos originarios en cuanto a la cantidad de etapas necesarias para la ejecución del aludido Programa, reestableciendo los montos correspondientes a cada una de ellas.

Que en el marco de la metodología informática adoptada y en función a que cada una de las etapas del Programa, constituye una totalidad consistente en sí misma, el día 5 de octubre de 2009 se aprobó mediante Resolución N° 532 de esta Comisión la ADDENDA del Convenio denominado "PROGRAMA DE TRABAJO" con las readecuaciones antes señaladas de los compromisos asumidos originariamente y que fuera suscripto por la Facultad el día 6 de octubre de 2009.

Que la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS, por Nota I.G.ADM. N° 4608 del día 22 de octubre de 2009, procedió a informar que mediante Decisión Administrativa N° 350 del día 7 de octubre de 2009 se aprobó un adicional de crédito presupuestario para ser aplicado al "PROGRAMA DE TRABAJO".

Que como consecuencia de haberse superado en parte las restricciones presupuestarias, el Area Sistemas solicitó redimensionar los trabajos acordados para el año 2009, de acuerdo a su planificación originaria en concordancia con las etapas previstas inicialmente para dicho ejercicio y su correspondiente cronograma de pagos.

Que posteriormente mediante Resolución N° 590 de fecha 12 de noviembre de 2009 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE se aprobó la SEGUNDA ADDENDA, que fuera signada con la FACU TAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES el día 19 de noviembre de 2009.

Que a través de la misma se volvió a la ejecución de las tareas conforme a la planificación de las etapas previstas para el Ejercicio 2009 antes de celebrarse la primer addenda, ratificándose la intención de culminar el desarrollo integral del Programa, ejecutando las Etapas 5 y 6 descriptas en el Anexo 2 una vez superadas todas las restricciones presupuestarias existentes.

Que la Subgerencia de Contabilidad Presupuesto y Recaudaciones de la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS, mediante Nota de fecha 18 de mayo de 2010 informó que mediante Decisión Administrativa N° 285 del día 12 de mayo de 2010 se aprobó la modificación presupuestaria mediante la que se incrementó la partida 3.4.6, del presente Ejercicio Financiero, existiendo disponibilidad presupuestaria para afrontar el gasto que demande la implementación de la Etapa N° 5 del "Programa de Trabajo".

Que el Area Sistemas ha tomado intervención en el sentido de entender conveniente adoptar los procedimientos tendientes a redimensionar los trabajos previstos de acuerdo a la planificación establecida, considerando que ante la existencia de crédito presupuestario corresponde tramitar el inicio de la Etapa N° 5 conforme se estableció en el Convenio de fecha 7 de agosto de 2009, antes de suscribirse sus respectivas addendas.

Que en ese sentido mediante Resolución N° 301 de fecha 14 de junio de 2010 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE se aprobó la TERCER ADDENDA, que fuera signada posteriormente con la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES.

Que la Subgerencia de Contabilidad Presupuesto y Recaudaciones de la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS, mediante Nota de fecha 13 de enero de 2011 informó que existe disponibilidad presupuestaria para afrontar el gasto que demande la continuidad del "Programa de Trabajo".

Que el Area Sistemas ha tomado intervención en el sentido de entender conveniente adoptar los procedimientos tendientes a llevar a cabo la aludida Etapa N° 6, conforme se estableció en el Convenio de fecha 7 de agosto de 2009, antes de suscribirse sus respectivas addendas.

Que en consecuencia se procedió a confeccionar un proyecto de CUARTA ADDENDA del convenio del "Programa de Trabajo" a través del cual se acuerda la ejecución de la Etapa N° 6.

Que corresponde aprobar la CUARTA ADDENDA, del convenio suscripto entre esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES el día 7 de agosto de 2009.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta Comisión ha tomado la intervención que le compete.

Que el Interventor de esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE es competente para entender en la presente cuestión en orden a las facultades acordadas por el Decreto N° 1388 del 29 de noviembre de 1996 y el Decreto N° 454 de fecha 24 de abril de 2001.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Apruébase la CUARTA ADDENDA del Convenio denominado "PROGRAMA DE TRABAJO" suscripto entre esta Comisión y la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES con fecha 7 de agosto de 2009, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — Notifíquese a la GERENCIA DE ADMINISTRACION Y RECURSOS HUMANOS, al AREA INFORMATICA y a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA.

ARTICULO 3° — Comuníquese, Publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. ANTONIO EDUARDO SICARO, Interventor, Comisión Nacional de Regulación del Transporte.

ANEXO I

CUARTA ADDENDA

DEL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES Y LA COMISION NACIONAL DE

REGULACION DEL TRANSPORTE DE FECHA 7 DE AGOSTO DE 2009

DENOMINADO "PROGRAMA DE TRABAJO"

En Buenos Aires, a los días del mes de del año 2011, se reúnen la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, en adelante "LA FACULTAD", representada en este acto por el señor Secretario de Extensión Universitaria Dr. Emiliano B YACOBITTI, D.N.I. 24.935.785 (conforme la Resolución del Consejo Directivo N° 2947 de fecha 26 de agosto de 2008), por una parte, y por la otra, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, en adelante "LA CNRT", representada en este acto por el señor Interventor Dr. Antonio Eduardo SICARO D.N.I. N° 10.255.460 (conforme Decreto PEN N° 65/2008), acuerdan celebrar la presente ADDENDA, al convenio suscripto por las partes, el día siete de agosto de 2009, denominado "Programa de Trabajo", que tiene como objeto desarrollar e implementar un sistema de gestión integral, conforme la propuesta de diagnóstico y factibilidad nominada como "Modernización y Migración de los sistemas de Información, en adelante "EL PROGRAMA" que fuera modificado por las Addendas de fecha 6 de octubre de 2009 en adelante "PRIMER ADDENDA", de fecha 19 de noviembre del año 2009, en adelante denominada "SEGUNDA ADDENDA" y de fecha 22 de junio de 2010 de ahora en más denominada "TERCER ADDENDA".

I - MANIFIESTO:

"LA CNRT" señala por la presente, que mediante el informe suscripto en ámbito de su Area de Sistemas el día 8 de octubre de 2010, se recomendó dar continuidad al proyecto Integral de Modernización y Migración de Sistemas, a fin de dar cumplimiento a la integridad de las etapas planteadas, asimismo consigna que conforme surge del informe de su Gerencia de Administración y Recursos Humanos de fecha 20 de octubre de 2010, el crédito para dicho proyecto, correspondiente al ejercicio 2011, fue solicitado mediante Nota CNRT (I) N° 1465/2010, consignando que en caso de no resultar aprobado el aludido crédito presupuestario, podrán arbitrarse las medidas conducentes para que se autorice a llevar a cabo la modificación presupuestaria correspondiente para afrontar la financiación del monto de pesos doscientos setenta y ocho mil ciento ochenta y nueve ($ 278.189).

Teniendo en cuenta que las partes, concordaron mediante la "PRIMER ADDENDA", la "SEGUNDA ADDENDA" y la "TERCER ADDENDA" en volver a la ejecución de las etapas previstas en el "EL PROGRAMA" tal como se había acordado originariamente, es que se decide en esta ocasión ejecutar durante el. ejercicio 2011 la Etapa N° 6 prevista en el "EL PROGRAMA" antes de sus reformas.

Finalmente se pone de relieve en este punto que tal como se ha venido sosteniendo en las anteriores addendas, las partes ratifican que el valor total de "EL PROGRAMA" asciende a pesos dos millones setecientos ochenta y un mil ochocientos ochenta y seis ($ 2.781.886), razón por la que el monto de la Etapa N° 6, tal como fuera establecida originariamente asciende a PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE ($ 278.189) y no a la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO ($ 230.155), como erróneamente se consignó en el Punto III — INTENCION — de la "TERCER ADDENDA".

II - ALCANCE:

Conforme a la declaración precedentemente efectuada, las partes convienen en modificar el ANEXO 3 — CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS DE PAGOS — de "EL PROGRAMA", que fuera modificado por "LA PRIMER ADDENDA", "LA SEGUNDA ADDENDA" y la "TERCER ADDENDA", el que quedará redactado de la siguiente forma:

ANEXO 3 - CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS DE PAGOS

Las tareas correspondientes al Inicio y las Etapas 1 a 6 serán ejecutadas durante los años 2009, 2010 y 2011, por un monto total de pesos dos millones setecientos ochenta y un mil ochocientos ochenta y seis ($ 2.781.886).

AÑO 2009

Durante este ejercicio fiscal se ejecutarán trabajos equivalentes a un importe de pesos un millón ciento setenta y cuatro mil ochocientos cuarenta y ocho ($ 1.174.848) los que serán abonados por "LA CNRT" mediante tres desembolsos: el primero de ellos, al inicio de las tareas y en concepto de anticipo por un importe de pesos quinientos cincuenta y seis mil trescientos setenta y seis ($ 556.376) y el segundo y tercer desembolso a través de dos cuotas iguales de pesos trescientos nueve mil doscientos treinta y seis (309.236), abonados en forma sucesiva con la recepción y conformación de los "Entregables" correspondientes a las Etapas 1 y 2 descriptas en el Anexo 2 del presente Convenio bajo el título "composición de las Etapas".

AÑO 2010

En este período fiscal se realizarán los trabajos equivalentes a la suma de pesos un millón trescientos veintiocho mil ochocientos cuarenta y nueve ($ 1.328.849), los que serán pagados a través de tres desembolsos. El primero de ellos por un importe de pesos cuatrocientos sesenta y nueve mil ciento treinta y uno ($ 469.131) abonados por "LA CNRT" previa recepción y conformación de la Etapa 3, el segundo desembolso por la suma de pesos cuatrocientos veinte mil novecientos veintiuno ($ 420.921) abonados por "LA CNRT" con la recepción y conformación de la Etapa 4 y el tercer desembolso, también previa recepción y conformación de la Etapa 5, por un importe de pesos cuatrocientos treinta y ocho mil setecientos noventa y siete ($ 438.797).

Todo lo señalado según el siguiente detalle:

AÑO 2011

En este período fiscal se realizarán los trabajos correspondientes a la Etapa 6 del "PROGRAMA", que asciende a la suma de pesos doscientos setenta y ocho mil ciento ochenta y nueve ($ 278.189), que será abonada por "LA CNRT" con la recepción y conformación de dicha Etapa 6.

Todo lo señalado según el siguiente detalle:

ANEXO 3

CRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS DE PAGO

 

MONTO

ANTICIPO INICIO DE TAREAS

FIN ETAPA 1

FIN ETAPA 2

556.376

309.236

309.236

TOTAL 2009

1.174.848

FIN ETAPA 3

FIN ETAPA 4

FIN ETAPA 5

469.131

420.921

438.797

TOTAL 2010

1.328.849

FIN ETAPA

6 278.189

TOTAL 2011

278.189

TOTAL 2009 /2010/2011

2.781.886

III - DOMICILOS

Las partes reiteran los domicilios denunciados en la Cláusula DECIMA de "EL PROGRAMA", así "LA CNRT" constituye domicilio a todos los efectos legales en Maipú 88 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y "LA FACULTAD" constituye domicilio legal en la calle Viamonte 430 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde serán válidas las notificaciones judiciales y en la Av. Córdoba 2122 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en donde serán válidas las comunicaciones extrajudiciales vinculadas con el desarrollo y aplicación de la presente addenda.

En prueba de conformidad y aceptación de la presente addenda, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

e. 24/01/2011 Nº 8401/11 v. 24/01/2011