BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.)

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COMUNICACION "A" 5157. 13/12/2010. Ref.: Circular CREFI 3 Sección 10., del Capítulo II de la Circular CREFI - 2. Habilitación de sucursales y agencias móviles por parte de entidades financieras públicas o entidades que actúen como agentes financieros de gobiernos locales. Adecuación de importe.