MINISTERIO DE SALUD

Decreto 2259/2010

Modifícase el Decreto Nº 1704/08 en relación con el Programa de Fortalecimiento de la Estrategia de Atención Primaria de la Salud.

Bs. As., 30/12/2010

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 aprobado por la Ley Nº 26.546 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de 2010, el Decreto Nº 1704 de fecha 15 de octubre de 2008 y el Expediente Nº 1-2002-21517/09-9 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4º del citado Decreto se designó al MINISTERIO DE SALUD como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA ESTRATEGIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD (FEAPS), autorizándose al mismo para tomar las medidas que estime correspondiente para el inicio de las actividades del Programa, su correcta y normal ejecución, así como la consecución de los objetivos previstos.

Que mediante el artículo 5º del Decreto aludido se creó la Unidad Coordinadora del citado Programa en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS de dicho Ministerio.

Que en función de los objetivos específicos del referido Programa y de las competencias atribuidas a la citada Secretaría resulta necesario modificar dicha dependencia, a fin de que la citada Unidad actúe en forma directa en la órbita de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS.

Que entre los aludidos objetivos del Programa, se encuentran el desarrollo de un modelo de prevención y tratamiento de enfermedades crónicas, cuyos resultados sanitarios constituyan medidas concretas y objetivas de la mejora del funcionamiento de las redes provinciales de atención primaria, fortaleciendo la capacidad resolutiva de los servicios y consolidando los programas de gestión de suministros y formación de los recursos humanos de salud orientados a la promoción y prevención.

Que a fin de asegurar el cumplimiento de dichos objetivos y teniendo en cuenta la experiencia adquirida desde la puesta en ejecución del Programa en cuestión, fueron incorporados al presupuesto del MINISTERIO DE SALUD correspondiente al ejercicio 2010 los cargos extraescalafonarios de Coordinador General de la Unidad Coordinadora del Programa, de Coordinador de Fortalecimiento de Redes de Salud y Recursos Humanos y de Coordinador de los Sistemas de Provisión de Medicamentos e Información, resultando necesario la cobertura de los mismos.

Que el artículo 7º de la Ley Nº 26.546 dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del Poder Ejecutivo Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la referida ley.

Que mediante el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que la Contadora Graciela Beatriz VENTURA (D.N.I. Nº 13.410.585) y el Licenciado Mauricio Alberto MONSALVO (D.N.I. Nº 28.021.992), cuentan con la formación profesional y reúnen las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir respectivamente, los cargos de Coordinador General de la Unidad Coordinadora del Programa y de Coordinador de los Sistemas de Provisión de Medicamentos e Información.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la Jurisdicción y la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 7º y 10 de la Ley Nº 26.546 y el artículo 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese el Artículo 5º del Decreto Nº 1704/08 por el siguiente "ARTICULO 5º.- Créase la Unidad Coordinadora del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA ESTRATEGIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD (FEAPS) en el ámbito de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS del MINISTERIO DE SALUD y en el marco del Convenio de Préstamo a suscribirse, que tendrá a su cargo la ejecución del Programa y la administración de los fondos asignados al mismo".

Art. 2º — Sustitúyese el Artículo 6º del Decreto Nº 1704/08 por el siguiente "ARTICULO 6º.- Facúltase a la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS, a través de la Unidad Coordinadora del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA ESTRATEGIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD (FEAPS), a contratar la adquisición de bienes y servicios que fueran necesarios para la ejecución del Programa, de conformidad con las normas, condiciones y procedimientos previstos en el Contrato de Préstamo cuyo modelo se aprueba en el Artículo 1º del presente decreto".

Art. 3º — Desígnase, con carácter de excepción a las disposiciones del artículo 7º de la Ley Nº 26.546, a la Contadora Graciela Beatriz VENTURA (D.N.I. Nº 13.410.585) en el cargo extraescalafonario de Coordinadora General de la Unidad Coordinadora del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA ESTRATEGIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD (FEAPS), con una remuneración equivalente a Nivel A, Grado 0, con Funciones Ejecutivas de Nivel I, del régimen escalafonario instituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, cuya función será coordinar la ejecución de los proyectos provinciales de fortalecimiento de redes de servicios de salud, la provisión de insumos estratégicos para los servicios de salud y la planificación, información, monitoreo y evaluación del Programa, dirigiendo las distintas áreas de la Unidad Ejecutora Central, y representar al Programa ante el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), las distintas jurisdicciones del Gobierno Nacional, la UNIDAD DE FINANCIAMIENTO INTERNACIONAL DE SALUD (UFIS), las Unidades de Gestión Provincial y los Gobiernos Provinciales.

Art. 4º — Desígnase, con carácter de excepción a las disposiciones del artículo 7º de la Ley Nº 26.546, al Licenciado Mauricio Alberto MONSALVO (D.N.I. Nº 28.021.992), en el cargo extraescalafonario de Coordinador de los Sistemas de Provisión de Medicamentos e Información del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA ESTRATEGIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD (FEAPS), con una remuneración equivalente a Nivel B, Grado 0, con Funciones Ejecutivas de Nivel III, del régimen escalafonario instituido por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, cuya función será planificar y proveer insumos estratégicos y medicamentos esenciales dirigidos a la gestión de las redes de salud y de los sistemas de información, orientados a fortalecer el rol rector del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACION y de los Ministerios de Salud Provinciales.

Art. 5º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.

Art. 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Juan L. Manzur.