MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

Disposición Nº 135/2011

Bs. As., 21/2/2011

VISTO el Convenio de Complementación de Servicios suscripto entre esta Dirección Nacional y la MUNICIPALIDAD DE SALLIQUELÓ (provincia de BUENOS AIRES) con fecha 4 de junio de 2004, y la Disposición D.N. Nº 805 del 10 de diciembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que, por conducto de la Disposición mencionada en el Visto, se puso en vigencia la operatoria por la cual, en forma previa a la inscripción de determinados trámites, los Registros Seccionales de todo el país deben solicitar el informe de deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario "13 I" "Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito", correspondiente a la MUNICIPALIDAD DE SALLIQUELÓ.

Que la mencionada Municipalidad, haciendo uso de las facultades conferidas por la cláusula undécima del Convenio citado en el Visto, por medio de una Carta Documento de fecha 2 de noviembre de 2010 ha manifestado su voluntad de dejar sin efecto el mencionado Convenio.

Que, por otra parte, en relación con los Registros Seccionales correspondientes a la jurisdicción de la MUNICIPALIDAD DE SALIQUELLÓ, continúa vigente la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" prescripta por la Disposición D.N. Nº 361 del 11 de mayo de 2010, por cuyo conducto se implementaran las previsiones contenidas en el Convenio suscripto entre esta Dirección Nacional y el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que en virtud de ello, corresponde dictar el acto administrativo que, por una parte deje sin efecto el Convenio oportunamente suscripto, disponiendo al propio tiempo la suspensión de la obligación dispuesta por la Disposición D.N. Nº 805/04.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso c), del Decreto Nº 335/88 y el Decreto Nº 1997/08.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

DISPONE:

ARTICULO 1º — Déjase sin efecto el Convenio de Complementación de Servicios suscripto entre esta Dirección Nacional y la MUNICIPALIDAD DE SALLIQUELÓ con fecha 4 de junio de 2004.

ARTICULO 2º — Derógase la Disposición D.N. Nº 805/04, por cuyo conducto se implementara la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" en los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y con competencia exclusiva en Motovehículos con sede en dicha jurisdicción.

ARTICULO 3º — Los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y con competencia exclusiva en Motovehículos con jurisdicción en la MUNICIPALIDAD DE SALIQUELLÓ, continuarán aplicando la operatoria de "Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito" de conformidad con las previsiones contenidas en la Disposición D.N. Nº 361/10.

ARTICULO 4º — La presente medida entrará en vigencia el día 21 de febrero de 2011.

ARTICULO 5º — Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés general, dése para su publicación a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. MIGUEL ANGEL GALLARDO, Subdirector Nacional a/c Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Prop. del Automotor y de Cred. Prendarios

e. 25/02/2011 Nº 21411/11 v. 25/02/2011