Secretaría de Comercio Interior

PRODUCTOS SIDERURGICOS

Resolución 35/2011

Derógase la Resolución Nº 14/11 que estableció las normas de comercialización.

Bs. As., 1/3/2011

VISTO el Expediente S01:8000025/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 1 de febrero de 2011 esta SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR dictó la Resolución S.C.I. Nº 14, mediante la cual se establecieron normas de comercialización para los productos siderúrgicos elaborados por la industria básica del hierro y del acero consignados en el Clasificador Nacional de Actividades Económicas (CLaNAE) 2010 correspondiente a la Rama 24.100.

Que la norma en cuestión fue dictada con el objetivo de lograr estabilidad en los precios, componente éste fundamental para otorgar continuidad al proceso de crecimiento de la actividad económica, así como para preservar el equilibrio macroeconómico ya alcanzado.

Que en la actualidad se advierte que no se encuentran configuradas las condiciones de mercado vigentes a la fecha del dictado de la Resolución S.C.I. Nº 14/2011, razón por la cual, corresponde derogar la misma.

Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso c) del Artículo 2º de la Ley Nº 20.680 y concordantes.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1º — Derógase la Resolución S.C.I. Nº 14 de fecha 1 de febrero de 2011.

Art. 2º — La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Mario G. Moreno.