MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1924/2010

Registro Nº 1826/2010

Bs. As., 10/12/2010

VISTO el Expediente Nº 1.355.983/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 74/75 y 77 del Expediente Nº 1.355.983/09 obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION OBRERA DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (FONIVA), por la parte trabajadora, y la FEDERACION ARGENTINA DE COMERCIALIZACION E INDUSTRIALIZACION DE LA FAUNA y CAMARA INDUSTRIAL DE PELETERIA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el mencionado Acuerdo, las partes renuevan la escala salarial para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 512/07 de la actividad, de conformidad a los montos consignados en el mismo, con vigencia a partir del 1 de septiembre de 2010.

Que el ámbito territorial y personal del mismo queda estrictamente circunscripto a la correspondencia de la representatividad de los agentes negociales signantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que por último, correspondería, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo del tope previsto en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION OBRERA DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (FONIVA), por la parte trabajadora, y la FEDERACION ARGENTINA DE COMERCIALIZACION E INDUSTRIALIZACION DE LA FAUNA y CAMARA INDUSTRIAL DE PELETERIA, por la parte empleadora, glosado a fojas 74/75 y 77 del Expediente Nº 1.355.983/09.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 74/75 y 77 del Expediente Nº 1.355.983/09.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 512/07.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.355.983/09

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1924/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 74/75 y 77 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1826/10. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente: 1.355.983/09

En la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de septiembre del año dos mil diez, siendo las 17.00 horas, comparecen en forma espontánea ante el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la NACION — Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo — ante mí, Roque Francisco VILLEGAS, Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nro. 2, lo hace, por la FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (FONIVA), comparece el señor Justo SUAREZ; en calidad de Secretario Adjunto, juntamente con el contador Dr. Héctor Gerardo DUARTE, por una parte y, por la FEDERACION ARGENTINA DE COMERCIALIZACION E INDUSTRIALIZACION DE LA FAUNA, lo hace Humberto Mario BORSANI, en calidad de gerente, todos acreditados en autos.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, éste procede a conceder el uso de la palabra a ambas partes manifiestano: Que agregan a estas actuaciones una escala salarial, la misma consta de una (1) foja, ratificando contenido y firmas, solicitando en consecuencia su correspondiente homologación.

Siendo las 17.30 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformidad, previa lectura y ratificación, ante mí, funcionario que CERTIFICO.

Expediente Nº 1.355.983/09

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a 26 de octubre de 2010, siendo las 15:30 hs. comparecen en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, ante el Secretario de Conciliación Dn. Miguel Angel ALIOTO, del Depto. De Relaciones Laborales Nº 2, en representación de la CAMARA INDUSTRIAL DE PELETERIA (CIP), lo hace el señor Héctor Dante AMARELLE, con DNI Nº 08.474.175 quien manifiesta hacerlo en su carácter de abogado apoderado ya acreditado en autos, quien en uso de la palabra manifiesta concurrir a ratificar lo acordado entre las demás partes en el CCT Nº 512/07 de la actividad, conforme es requerido a Fs. 33/35 de estas actuaciones, ratificando la escala salarial y lo demás acordado conforme surge de Fs. 75. asimismo se notifica de la RESOLUCION S.T. 1401 de fs. 56/58 prestando conformidad.

Escuchado lo manifestado por el representante empresario y no siendo para más, se da por finalizado el presente acto siendo las 16.30 hs., firmándose al pie de la presente, en señal de conformidad ante mí como actuante, que certifico. CONSTE.