MINISTERIO DE INDUSTRIA

SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

Resolución Nº 30/2011

Bs. As., 28/2/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0470461/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 87 de fecha 27 de mayo de 1981 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y MINERIA fue habilitada la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS MINEROS para extender Certificados de Origen para productos que se exporten bajo tratamiento arancelario preferencial a los países integrantes de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI) y del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).

Que del Estatuto aprobado por la Resolución Nº 000638 de fecha 18 de julio de 2001 de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS surge que la citada asociación continúa funcionando con la denominación de CAMARA ARGENTINA DE EMPRESARIOS MINEROS.

Que mediante la nota de fecha 21 de octubre de 2010 dirigida al señor Subsecretario de Política y Gestión Comercial, presentada mediante el Expediente Nº S01:0388700/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, agregado a foja 2 del expediente mencionado en el Visto, la citada entidad solicitó el cese de su habilitación para emitir Certificados de Origen en el marco de la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI) y del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), ya que no emite actualmente Certificados de Origen y es intención de esa Cámara no emitirlos más en lo sucesivo, tal como informara la misma con motivo del procedimiento de evaluación llevado a cabo en esa entidad por parte de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Que en virtud de lo solicitado por el representante de la CAMARA ARGENTINA DE EMPRESARIOS MINEROS corresponde comunicar al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y a nuestra Representación Permanente ante la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI), el cese de la habilitación que se otorgara a la referida entidad civil, para la emisión de los Certificados de Origen que acompañen las exportaciones de los productos negociados.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 10 del Decreto Nº 1329 de fecha 19 de febrero de 1965, y por los Decretos Nros. 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 964 de fecha 1 de julio de 2010.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Déjase sin efecto la habilitación de la CAMARA ARGENTINA DE EMPRESARIOS MINEROS, entidad continuadora de la ASOCIACION ARGENTINA DE EMPRESARIOS MINEROS, para emitir Certificados de Origen dispuesta mediante la Resolución Nº 87 de fecha 27 de mayo de 1981 del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y MINERIA.

ARTICULO 2º — A través del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, comuníquese a la ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION (ALADI), el cese de la habilitación de la CAMARA ARGENTINA DE EMPRESARIOS MINEROS.

ARTICULO 3º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. EDUARDO D. BIANCHI, Secretario de Industria y Comercio.

e. 04/03/2011 Nº 24268/11 v. 04/03/2011