ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición 55/2011

Estructura Organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales. Su modificación.

Bs. As., 24/2/2011

VISTO la Actuación SIGEA Nº 13331-54-2010 del Registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Actuación citada en el VISTO se propone introducir modificaciones en la estructura organizativa de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales.

Que atendiendo razones de índole funcional y operativa, surge la necesidad de readecuar las unidades de la mencionada Subdirección General, a fin de potenciar los recursos disponibles y reforzar la gestión de las competencias a su cargo.

Que dicha propuesta cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva y de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales.

Que la Dirección de Asuntos Organizacionales y el Comité de Análisis de Estructura Organizacional han tomado la intervención que resulta de sus competencias.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, el suscripto se encuentra facultado para dictar la presente medida.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

Artículo 1º — Determinar que la unidad orgánica con nivel de División denominada "Control de Gestión" existente en el ámbito de la Dirección de Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales, pase a depender jerárquicamente de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales.

Art. 2º — Determinar que la unidad orgánica con nivel de Departamento denominada "Investigación", existente en el ámbito de la Dirección de Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales, pase a denominarse "Investigación Grandes Contribuyentes Nacionales".

Art. 3º — Crear DOS (2) unidades orgánicas con nivel de División denominadas "Investigación 1" e "Investigación 2", respectivamente, dependientes del Departamento Investigación Grandes Contribuyentes Nacionales, existente en el ámbito de la Dirección de Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales.

Art. 4º — Eliminar DOS (2) cargos de Jefe de Sección del cupo de la Dirección de Fiscalización Grandes Contribuyentes Nacionales.

Art. 5º — Eliminar UN (1) cargo de Jefe de Oficina del cupo de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales. Anexos B05 y el Anexo C, correspondiente a Areas Centrales, por los que se aprueban por la presente.

Art. 6º — Reemplazar en la estructura organizativa el Anexo A05 y en la parte pertinente, los Anexos B05 y el Anexo C, correspondiente a Areas Centrales, por los que se aprueban por la presente.

Art. 7º — La presente disposición entrará en vigencia a partir de los VEINTE (20) días corridos, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 8º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Echegaray.

ANEXO A05

ANEXO B05

SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DE GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES

DIVISION CONTROL DE GESTION

ACCION

Realizar la recopilación de información que permita establecer el resultado de la gestión y generar los reportes que permitan el seguimiento de las tareas y la toma de acciones correctivas en todo el ámbito de la Subdirección.

TAREAS

1. Supervisar y evaluar la aplicación uniforme de los programas, normas y procedimientos dictados por la Superioridad.

2. Entender en la evaluación de las tareas realizadas y efectuar el análisis de las informaciones obtenidas a fin de verificar el estado de gestión.

3. Analizar los desvíos o inconvenientes detectados informando a la Superioridad.

4. Propiciar cursos de acción para la corrección de los desvíos detectados.

5. Efectuar el seguimiento de las acciones requeridas para dar solución a problemáticas planteadas por las dependencias de la Subdirección y de aquellas tareas que la Superioridad determine específicamente.

6. Entender en la elaboración de informes y estadísticas de control de gestión que permitan el análisis, seguimiento y la toma de decisiones correspondientes.

7. Efectuar el seguimiento de las observaciones formuladas a las áreas operativas por parte de la Subdirección General de Auditoría Interna, en los temas de su competencia.

DIRECCION DE FISCALIZACION GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES

DEPARTAMENTO INVESTIGACION GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES

ACCION

Entender en las tareas de investigación, selección y asignación de los casos que serán sometidos a fiscalización y/o comprobación externa; y en la tramitación de documentación para la ejecución de las funciones de verificación, control o prevención, realizadas en el ámbito de la Dirección.

TAREAS

1. Entender en la investigación de los contribuyentes y/o responsables de la jurisdicción de la Subdirección y efectuar la selección de los mismos para proceder a su fiscalización y/o comprobación, incluyendo la requisitoria de información para su evaluación.

2. Entender en los análisis técnicos de las declaraciones juradas presentadas, de la información que brindan las bases de datos del Organismo y la proveniente de terceros, para determinar posibles brechas de evasión, a fin de diseñar e instrumentar cursos de acción para reducirlas.

3. Entender en la elaboración de informes previos al cargo, a requerimiento de la Superioridad.

DIVISION INVESTIGACION

(Corresponde a 2 unidades iguales Nº 1 y 2)

ACCION

Aplicar estrategias de generación de riesgo en la etapa de investigación, de detección de desvíos en materia de su competencia y de lo relacionado con el apoyo logístico previo a la generación de cargos de inspección; así como también tramitar la documentación para la verificación, control y prevención.

TAREAS

1. Efectuar las investigaciones tendientes a determinar el comportamiento de los contribuyentes y responsables, con la finalidad de direccionar las propuestas de operativos de fiscalización, conforme a las pautas impartidas por la Superioridad.

2. Realizar los análisis técnicos de la declaraciones juradas presentadas, de la información que brindan las bases de datos del Organismo y la proveniente de terceros, para determinar posibles brechas de evasión de los contribuyentes y/o responsables, a fin de diseñar cursos de acción para reducirlas.

3. Analizar el interés fiscal de las denuncias recibidas de terceros, aportando al área de inspección competente la totalidad de la información relevada, de corresponder.

4. Realizar relevamientos de inteligencia con relación a actividades, grupos de contribuyentes o personas determinadas con presunción de conductas fiscalmente evasivas y/o delictivas.

5. Promover la inmediata fiscalización de los casos que resulten del proceso investigativo, aportando al área de inspección competente la totalidad de la información relevada.

6. Interactuar con las áreas de fiscalización brindándole el asesoramiento necesario para el debido encausamiento del proceso.

7. Proponer cualquier otra acción de investigación tendiente a promover la generación de percepción de riesgo en cabeza de los contribuyentes, en el ámbito de su competencia.

8. Producir y brindar toda la información necesaria previa al cargo, requerida por la Superioridad.

ANEXO C - AREAS CENTRALES