MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 1974/2010

Registro Nº 1879/2010

Bs. As., 17/12/2010

VISTO el Expediente Nº 1.422.438/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a foja 3 del Expediente Nº 1.422.438/10 obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (F.O.N.I.V.A.) por la parte sindical y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES (F.A.I.I.A.) por el sector empresario, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por medio de dicho Acuerdo, las partes han convenido abonar por única vez una suma fija de DOSCIENTOS PESOS ($ 200) de carácter no remunerativo pagadera antes del día 24 de diciembre de 2010, con las consideraciones y prescripciones que obran en el texto al cual se remite.

Que las partes son las signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 593/10.

Que el ámbito de aplicación del Acuerdo, se corresponde con el alcance de representación de la entidad empresaria y de la asociación sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que las partes han acreditado por ante esta Cartera de Estado la representación invocada y la facultad para negociar colectivamente, dándose cumplimiento asimismo con los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo obrante a foja 3, celebrado entre la FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES (F.O.N.I.V.A.) y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES (F.A.I.I.A.) del Expediente Nº 1.422.438/10, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a foja 3, del Expediente Nº 1.422.438/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo juntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 593/10.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (1.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.422.438/10

Buenos Aires, 20 de diciembre de 2010

De conformidad con lo ordenado en RESOLUCION ST Nº 1974/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1879/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.422.438/10.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 16:00 horas del 15 de diciembre de 2010, comparecen en la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante la Jefa del Depto. Relaciones Laborales Nº 2, Lic. María del Carmen BRIGANTE: en representación de la FEDERACION OBRERA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO Y AFINES lo hacen los Señores: Romildo RANÚ; Justo SUAREZ, Martín BENAVIDEZ; Raúl BENAVENTE; las Señoras: Marta FLORES y Beatriz ACOSTA y, todos asistidos por el Dr. Manuel O. COBAS; y en representación de la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES lo hacen: Carlos H. BUENO, Marcelo SANGINETTO, Norberto GOMEZ, Gonzalo ECHEVERRIA, Alejandro ASSIZ y la Dra. María Eugenia SILVESTRI.

Todos los presentes debidamente acreditados en Expedientes Nº 15600/95 y 1.196.776/06 respectivamente, en su carácter de miembros paritarios.

Abierto el acto por la funcionaria actuante, las representaciones de FONIVA y FAIIA ratifican aquí las tratativas llevadas a cabo fuera del ámbito de este Ministerio, y en la que las partes acuerdan que se abonará por única vez una suma fija de $ 200.- (pesos doscientos), no remunerativa, pagadera antes del 24 de diciembre de 2010; para ser abonada a aquellos trabajadores cuyo desempeño en las empresas sean los comprendidos en el CCT Nº 593/10. Dado el carácter de dicha suma la misma será pagadera a todo el personal que revista en cada empresa hasta el día de la fecha, sin que sea susceptible de descuento alguno.

Dicho acuerdo tiene un alcance para aproximadamente 25.000 trabajadores.

Las partes manifiestan su solicitud de homologación de lo aquí acordado.

Con lo que sin más se da por finalizado el presente acto, siendo las 17,00 horas; firmando los comparecientes al pie, en señal de conformidad ante mí, que CERTIFICO.