MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 365/2011

Constitúyese el Jurado para la remoción de los miembros del Tribunal Fiscal de la Nación.

Bs. As., 29/3/2011

VISTO el Expediente Nº 1336/2010 del Registro del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, administración descentralizada en la órbita de la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS y el Artículo 148 de la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 148 de la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, establece que los miembros del TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, administración descentralizada en la órbita de la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS de la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, sólo podrán ser removidos previa decisión de un jurado presidido por el Procurador del Tesoro de la Nación e integrado por CUATRO (4) miembros abogados y con DIEZ (10) años de ejercicio en la profesión, nombrados anualmente por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL.

Que el jurado mencionado hasta la fecha no ha sido constituido por lo que se entiende oportuno proceder a su conformación de acuerdo con lo establecido por el citado artículo.

Que a tales fines el COLEGIO PUBLICO DE ABOGADOS DE LA CAPITAL FEDERAL ha propuesto una nómina de CUATRO (4) Profesionales.

Que el cumplimiento de la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna.

Que se ha expedido la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION el día 11 de enero de 2011.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta con arreglo a lo establecido por el Artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 148 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Constitúyese el jurado a que se refiere el Artículo 148 de la Ley Nº 11.683 texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, el que será presidido por la Procuradora del Tesoro de la Nación, designándose como integrantes del mismo a los Doctores Don Mariano Xavier FERRADÁS LAMAS (M.I. Nº 16.938.296), Doña Graciela RIZZO (M.I. Nº 14.922.503), Don Eduardo AWAD (M.I. Nº 10.605.351) y Don José Roberto LÓPEZ (M.I. Nº 4.420.196); quienes podrán ser alternados, en caso de ser necesario, por los Doctores Don Leandro Rogelio ROMERO (M.I. Nº 21.126.427), Doña Andrea Gabriela CAMPOS (M.I. Nº 16.131.245), Doña Beatriz Celia RIAL (M.I. Nº 6.371.531) y Doña Diana Aída SALTA (M.I. Nº 10.463.842).

Art. 2º — Las designaciones del presente decreto regirán desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial y por el término de UN (1) año.

Art. 3º — En cumplimiento de lo dispuesto en el primer párrafo "in fine" del Artículo 148 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, el jurado de enjuiciamiento se regirá por el Reglamento aprobado por la Resolución Nº 91 de fecha 28 de junio de 2006 de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Amado Boudou.