ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

DIRECCION REGIONAL COMODORO RIVADAVIA

Disposición N° 21/2011

Rectificación del CONSIDERANDO de la Disposición N° 20/11 (DI RCRI). Modificación Régimen de Reemplazos de Jefatura de División Jurídica de la Dirección Regional Comodoro Rivadavia.

Comodoro Rivadavia, 31/3/2011

VISTO la Disposición N° 20/2011 (DI RCRI), del 21/03/2011, y

CONSIDERANDO:

Que en la citada Disposición se ha incurrido en un error involuntario al consignar en los CONSIDERANDOS de la misma la Jefatura de División Revisión y Recursos.

Que según lo normado en el artículo 101 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. en 1991 y sus modificaciones) establece que "En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión".

Que la rectificación se refiere a la corrección de un error material del acto administrativo, especialmente cuando tal error sea manifiesto y de fácil verificación y si bien modifica materialmente el contenido del primer acto, no altera su sustancia, siendo su procedencia excepcional y con efectos retroactivos (conf. Juan C. Cassagne en Derecho Administrativo, Tomo II, págs. 244/5).

Que corresponde rectificar la Disposición N° 20/11 (DI RCRI) de la siguiente manera: En los Considerandos donde dice: "División Revisión y Recursos", debe decir: "División Jurídica".

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por los arts. 4, 6, 9, y 10 del Decreto N° 618/97 del 10 de julio de 1997, y art. 101 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (T.O. en 1991 y sus modificaciones), procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR (Int.) DE LA DIRECCION REGIONAL COMODORO RIVADAVIA DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1° — Rectificar el CONSIDERANDO de la Disposición N° 20/11 (DI RCRI) de la siguiente manera: donde dice: "División Revisión y Recursos" debe decir: "División Jurídica".

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Abog. EXEQUIEL LEBED, Director (Int.), Dirección Regional Comodoro Rivadavia.

e. 14/04/2011 Nº 41849/11 v. 14/04/2011