COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

Resolución 215/2011

Manual de Procedimientos de la Gerencia de Control Técnico. Modifícase la Resolución N° 1980/08.

Bs. As., 14/4/2011

VISTO el Expediente EXP-S01:0443419/2010 del registro de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 1980 de fecha 15 de diciembre de 2008 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE se aprobó el Manual de Procedimientos de la GERENCIA DE CONTROL TECNICO.

Que en el Acápite 4.4. de dicho Manual se establece específicamente el procedimiento para la "Aprobación de Planos de Carrocería y Modificación de Chasis".

Que la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION (AGN) en ocasión de su actividad vinculada con la "Verificación de los controles ejercidos sobre el cumplimiento de la normativa relacionada con el Sistema de Protección Integral de los Discapacitados en el Transporte Público de Pasajeros que presta servicio en el Area Metropolitana de Buenos Aires", efectuó una serie de recomendaciones vinculadas con la aprobación de planos de carrocería.

Que tales observaciones dieron lugar a la Resolución Nº 207 de fecha 30 de abril de 2010 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, la que establece en su Artículo 2º lo siguiente; "La Gerencia de Control Técnico deberá solicitar a la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL asistencia técnica en relación a las pautas de diseño de las unidades accesibles de manera tal de: (i) verificar la muestra de los planos que se encuentran aprobados, (ii) indicar mejoras al proceso de análisis y aprobación de plano y (iii) sugerir criterios de seguridad, ergonometría y confort para la aprobación de planos respecto de aquellas cuestiones que resultan interpretativas en relación con la normativa vigente aplicable".

De resultas de dicha actividad, el "Centro Tecnológico de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial", dependiente de la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL (UTN) generó un documento denominado "Accesibilidad de la Personas con Discapacidad al Transporte Público Automotor de Pasajeros en el Area Metropolitana de Buenos Aires". A partir del análisis y las recomendaciones efectuadas por la AGN y la UTN corresponde, entre otras actividades, actualizar el Manual de Procedimientos incluyendo en el texto de dicho documento acápites específicos destinados a las unidades accesibles, que previamente eran tratados de forma genérica.

Que el Decreto Nº 1716 de fecha 20 de octubre de 2008, estableció en el Artículo 39 de su Anexo 1, que la COMISION NACIONAL DEL TRANSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, dependiente de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR, es el organismo encargado de la auditoría del sistema de revisión técnica obligatoria, en consecuencia corresponde desactivar dicha línea de trabajo de las actividades rutinarias de la Gerencia de Control Técnico, y actualizar su Manual de Procedimientos.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia en los presentes actuados.

Que el presente pronunciamiento es dictado conforme a las atribuciones que surgen del Decreto Nº 1388 de fecha 29 de noviembre de 1996 y del Decreto Nº 454 de fecha 24 de abril de 2001.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

RESUELVE:

Artículo 1º — Modifíquese el Manual de Procedimientos de la GERENCIA DE CONTROL TECNICO, aprobado oportunamente por Resolución Nº 1980 de fecha 15 de diciembre de 2008 de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, en lo relativo a su Capítulo 4.4. - "Aprobación de Planos de Carro-cería y Modificación de Chasis", el que quedará redactado de conformidad con el ANEXO I de la presente resolución, constando el mismo de VEINTINUEVE (29) fojas.

Art. 2º — Anúlese el Capítulo 4.3. – "Auditoría del Sistema de Talleres de Revisión Técnica de Jurisdicción Nacional", del Manual de Procedimientos de la GERENCIA DE CONTROL TECNICO aprobado por Resolución C.N.R.T. Nº 1980/08.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Antonio E. Sicaro.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar