MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 17/10

ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 69/00 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa del Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.

Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.

LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR

APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:

Art. 1 — Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:

NCM 7210.90.00 - Los demás

Nota Referencial: "Plancha tipo clad laminada compuesta de material base SA 516gr. 60 a 70 y acero inoxidable SA 240 Tp. 304L con espesor de 10 a 85 mm."

Cantidad: 250 toneladas

Plazo: 6 meses

Alícuota: 2%

Art. 2 — Esta Directiva fue incorporada al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa del Brasil a través de la Resolución CAMEX Nº 52, del 28/07/2010. No es necesaria su incorporación al ordenamiento jurídico interno de los demás Estados Partes.

CXV CCM - Montevideo, 27/VIII/10.