MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución Nº 180/2011

Bs. As., 15/4/2011

VISTO el Expediente Nº 10336/11 del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente MS Nº 10336 del 21 de marzo de 2011 tramita la presentación del Señor Secretario de Derechos Humanos del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION a través de la cual solicita que se contemple la posibilidad de señalizar aquellos lugares pertenecientes las fuerzas de seguridad, donde funcionaron centros clandestinos de detención.

Que, en tal sentido, el titular de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DE LA NACION sostiene que la marcación externa de estos lugares busca visibilizar la función que tuvieron durante la última dictadura, con la finalidad de contribuir a la reparación del daño ocasionado a las víctimas del plan sistemático de exterminio y al conjunto social afectado por el terror estatal.

Que, asimismo, menciona que estas señalizaciones se están llevando a cabo en distintas unidades militares, a partir del dictado de la Resolución Nº 1309/06 del MINISTERIO DE DEFENSA DE LA NACION que autoriza la marcación, previo reconocimiento por parte de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DE LA NACION de que allí hubiera funcionado un centro clandestino de detención.

Que hoy tiene vigencia en nuestro país un amplio plexo de normas constitucionales de derechos humanos y de instrumentos internacionales universales y regionales en la materia a los que la REPUBLICA ARGENTINA ha reconocido jerarquía constitucional, que constituyen la base normativa del derecho a la verdad de las víctimas y la sociedad en su conjunto, y que conllevan el correlativo deber de memoria del Estado, ambos expresamente desarrollados en los PRINCIPIOS PARA LA PROTECCION Y PROMOCION DE DERECHOS HUMANOS MEDIANTE LA LUCHA CONTRA LA IMPUNIDAD de la ORGANIZACION DE NACIONES UNIDAS.

Que en ese orden de ideas, el ESTADO ARGENTINO ha llevado adelante una serie de políticas a fin de dar cumplimiento con los deberes de promover, respetar y garantizar los derechos humanos, incluidos los derechos a la verdad, la justicia y la reparación, rehabilitar a las víctimas y asegurar los beneficios del Estado democrático de derecho para las generaciones actuales y futuras.

Que en consonancia con la política de MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA que viene llevando adelante el ESTADO ARGENTINO a partir del año 2003, el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION debe asumir el compromiso de realizar políticas que promuevan el conocimiento y transmisión de la memoria sobre lo sucedido durante la vigencia del Terrorismo de Estado.

Que, en este sentido, la colocación de señalizaciones recordatorias constituye una iniciativa que pretende documentar y testimoniar las violaciones a los derechos humanos ocurridas durante el Terrorismo de Estado.

Que teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, y atendiendo el compromiso tomado por el MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION en la materia, resulta oportuno disponer la autorización para la colocación de placas recordatorias en establecimientos pertenecientes a las FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD que le dependen, donde hubieran funcionado centros clandestinos de detención en el período comprendido entre los años 1976-1983, así como el mecanismo mediante el cual se tramitarán las solicitudes efectuadas a tal efecto por la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DE LA NACION.

Que, en este sentido, conforme lo dispuesto por el Decreto Nº 2009/2010 le compete a la DIRECCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD asistir a la MINISTRA DE SEGURIDAD DE LA NACION en la aplicación y cumplimiento de la normas en materia de derechos humanos, entre ellas, las tendientes a promover, respetar y garantizar los derechos a la verdad y a la justicia.

Que por ello, corresponde a la DIRECCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION el trámite y la coordinación de las solicitudes que efectúe la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS DE LA NACION.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente resolución, conforme lo dispuesto por el Artículo 4º de la Ley de Ministerios (T.O. 1992) y sus modificaciones.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Autorízase la colocación de placas recordatorias en establecimientos pertenecientes a las FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD donde hubieran funcionado centros clandestinos de detención en el período comprendido entre los años 1976-1983. La colocación de placas recordatorias se hará mediante solicitud expresa y fundada de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION.

ARTICULO 2º — Asígnase a la DIRECCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACION el trámite y la coordinación de las solicitudes que efectúe la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION en el marco del artículo 1º de la presente Resolución.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Dra. NILDA GARRÉ, Ministra de Seguridad.

e. 27/04/2011 Nº 46437/11 v. 27/04/2011