Ministerio de Educación

EDUCACION SUPERIOR

Resolución 476/2011

Estándares para la Acreditación de las Carreras de Ingeniería Forestal e Ingeniería en Recursos Naturales. Modifícase la Resolución N° 436/09.

Bs. As., 22/3/2011

VISTO la Resolución Ministerial Nº 436, de fecha 20 de marzo de 2009, el Acuerdo Plenario Nº 92 del CONSEJO DE UNIVERSIDADES, de fecha 7 de diciembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el citado acto administrativo declara incluidos en el Régimen del Artículo 43º de la Ley 24.521 a los títulos de INGENIERO FORESTAL e INGENIERO EN RECURSOS NATURALES, aprueba los contenidos curriculares básicos, la carga horaria mínima, los criterios de intensidad de la formación práctica y los estándares para la acreditación de las carreras correspondientes a los citados títulos, y establece las actividades profesionales reservadas.

Que de acuerdo a lo previsto por el mismo artículo en su inciso b) tales carreras deben ser acreditadas periódicamente por la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU) o por entidades privadas constituidas con ese fin, de conformidad con los estándares que establezca el MINISTERIO DE EDUCACION en consulta con el CONSEJO DE UNIVERSIDADES, según lo dispone el artículo 46, inciso b) de la Ley Nº 24.521.

Que mediante Nota SPU Nº 81, de fecha 14 de abril de 2009, dicha resolución fue notificada a la COMISION NACIONAL DE EVALUACION Y ACREDITACION UNIVERSITARIA (CONEAU).

Que mediante Nota SPU Nº 41, de fecha 23 de febrero de 2010, se requirió a la ASOCIACION UNIVERSITARIA DE EDUCACION AGROPECUARIA SUPERIOR —AUDEAS—, autora de los documentos de base, que evacue los inconvenientes detectados por la CONEAU en la mencionada Resolución para la evaluación de las carreras.

Que la respuesta remitida por la Asociación fue ampliamente debatida en el seno de la Comisión de Asuntos Académicos del CONSEJO DE UNIVERSIDADES, atendiendo las inquietudes señaladas por CONEAU.

Que por Acuerdo Plenario Nº 92 de fecha 7 de diciembre de 2010, el CONSEJO DE UNIVERSIDADES coincide con el criterio sustentado por la Comisión de Asuntos Académicos.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para dictar el presente acto resultan de lo dispuesto en los artículos 43 y 46 inc. b) de la Ley Nº 24.521.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACION

RESUELVE:

Artículo 1º — Modificar la Resolución Ministerial Nº 436, de, fecha 20 de marzo de 2009, reemplazando el ANEXO IV, por el Anexo que se adjunta a la presente.

Art. 2º — Regístrese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alberto E. Sileoni.

ANEXO IV

ESTANDARES PARA LA ACREDITACION DE LAS CARRERAS DE INGENIERIA FORESTAL E INGENIERIA EN RECURSOS NATURALES

Para la fijación de los estándares que se aprueban en el presente Anexo se tomaron como ejes rectores el resguardo de la autonomía universitaria a cuyo fin se dio carácter indicativo, —no invasivo—, y el reconocimiento de que las carreras a las que se aplicarán se enmarcan en el contexto de instituciones universitarias a las que pertenecen, careciendo de existencia autónoma.

Tales criterios generales deberán ser respetados tanto en la aplicación como en la interpretación de los estándares que a continuación se consignan.

I. CONTEXTO INSTITUCIONAL

I.1. Características de la carrera y su inserción Institucional

I.1.1. La carrera se desarrolla en un contexto universitario, (un ambiente de creación intelectual que instrumenta docencia, investigación y extensión).

I.1.2. La carrera cuenta con garantías de financiamiento institucional (presupuesto, donaciones, convenios institucionales), que garantiza el cumplimiento de la misión, metas y objetivos institucionales.

I.1.3. La carrera demuestra coherencia de la misión, propósitos y objetivos institucionales con los de la Universidad.

I.1.4. La carrera cuenta con orientaciones estratégicas debidamente documentadas no necesariamente enmarcadas en un plan estratégico.

I.1.5. La carrera presenta coherencia con los estatutos y reglamentos institucionales.

I.1.6. La carrera debe contar con un soporte institucional (organización, conducción académica y administrativa) adecuado, así como con instancias institucionalizadas responsables del diseño y seguimiento de la implementación del plan de estudios y su revisión periódica. Las funciones deben estar claramente identificadas y distribuidas.

I.1.7. La unidad académica genera espacios de participación de la comunidad universitaria en la reinterpretación y desarrollo de las orientaciones estratégicas.

I.1.8. La carrera debe promover la extensión y cooperación interinstitucional. La institución debe buscar la vinculación con empresas, asociaciones profesionales y otras entidades vinculadas con la profesión, estableciendo convenios para la investigación, transferencia tecnológica, pasantías y prácticas como forma de integración al medio socio productivo.

I.2. Organización, gobierno, gestión y administración de la carrera

I.2.1. La organización, el gobierno, la gestión y la administración de la carrera es coherente con el logro del proyecto académico.

I.2.2. La carrera cuenta con reglamentos para la designación de las autoridades.

I.2.3. Las autoridades de la carrera según modalidad (decanos, directores académicos, jefes de departamento o institutos), deben poseer antecedentes compatibles con el proyecto académico

I.2.4. El personal administrativo debe estar capacitado y su número debe ser congruente con la planta académica y la matrícula.

I.2.5. Los sistemas de registro y procesamiento de la información académica y los canales de comunicación deben ser seguros, confiables, eficientes y actualizados.

I.3. Políticas y Programas de bienestar institucional

I.3.1. La Institución participa en actividades de promoción de la cultura en sus diversas expresiones, valores democráticos y solidaridad social.

I.3.2. La Institución cuenta con mecanismos que promueven el bienestar de la comunidad universitaria.

I.3.3. En la Institución funcionan asociaciones de los estamentos de la comunidad universitaria.

I.3.4. La Institución presenta programas institucionales de financiamiento para estudiantes.

I.3.5. La institución cuenta con una oferta permanente de actividades de postgrado propias o compartidas con otras instituciones.

I.3.6. La institución cuenta con programas de pasantías para estudiantes y docentes.

I.3.7. La institución posee una oferta continua de capacitación para sus docentes.

I.4. Investigación y desarrollo tecnológico

I.4.1. Los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico tienen coherencia con el proceso de enseñanza aprendizaje.

I.4.2. Los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico, son pertinentes con las necesidades del medio.

I.4.3. Los proyectos de investigación y desarrollo tecnológico cuentan con lo participación de alumnos.

I.5. Extensión, Vinculación y Cooperación

I.5.1. Los proyectos de extensión son coherentes con el proceso de enseñanza aprendizaje.

I.5.2. Los proyectos de extensión son pertinentes con las necesidades del medio.

I.5.3. Los proyectos de extensión cuentan con la participación de alumnos.

I.5.4. La carrera cuenta con actividades de vinculación y cooperación interinstitucional que le permite el intercambio de recursos humanos y/o la utilización de instalaciones y equipos.

I.5.5. La carrera presenta actividades de prestación de servicios al medio.

II. PROYECTO ACADEMICO

II.1 Plan de Estudios

II.1.1. Los planes de estudios de las carreras de Ingeniería Forestal e Ingeniería en Recursos Naturales se orientan a lograr un perfil generalista respectando la diversidad o diferenciación específica que pueda surgir en función de los requerimientos de cada provincia y/o región.

II.1.2. La carrera presenta objetivos, perfil profesional, plan de estudios y propuesta pedagógica claramente definidos y coherentes entre sí.

II.1.3. El plan de estudios especifica los ciclos, áreas, asignaturas, módulos u otras denominaciones, que lo forman, constituyendo una estructura integrada y racionalmente organizada.

II.1.4. El plan de estudios de la carrera cumple con los contenidos curriculares básicos y con una carga horaria mínima de TRES MIL QUINIENTAS (3500) horas que contempla la formación práctica de acuerdo al Desarrollo del plan de estudio.

II.1.5. El plan de estudios incluye de la carrera de Ingeniería Forestal incluye SETECIENTAS CINCUENTA (750) horas de formación práctica y el de la carrera de Ingeniería en Recursos Naturales OCHOCIENTAS CINCUENTA (850) horas de formación práctica, de acuerdo a los criterios establecidos en el ítem de duración y calidad equivalente para todos los alumnos.

II.1.6. El plan de estudios presenta integración horizontal y vertical de los contenidos.

II.1.7. La organización del plan de estudios presenta mecanismos de participación e integración de docentes en experiencias educacionales comunes.

II.1.8. Los programas de las asignaturas explicitan contenidos, objetivos, describen analíticamente las actividades teóricas y prácticas, carga horaria, metodología, bibliografía y formas de evaluación.

II.1.9. La organización o estructura del plan de estudios tiene en cuenta los requisitos previos de cada área, asignatura, módulo, mediante un esquema de correlatividades definido por la complejidad creciente de los contenidos de las asignaturas y su relación con las competencias a formar.

II.2. Procesos de enseñanza-aprendizaje

II.2.1. Los contenidos y metodología de la enseñanza desarrollados son coherentes con el perfil profesional. Son actualizados y evaluados periódicamente por una unidad de seguimiento curricular.

II.2.2. Los estudiantes participan en la evaluación de los procesos de enseñanza-aprendizaje implementados para el logro del perfil profesional.

II.2.3. La evaluación de los estudiantes es congruente con los objetivos y metodologías previamente establecidos. En dicha evaluación se consideran los aspectos cognoscitivos, actitudinales, el desarrollo de la capacidad de análisis, destrezas y habilidades para seleccionar y procesar información y resolver problemas.

II.2.4. Los estudiantes conocen con anticipación el método de evaluación y se asegura el acceso a los resultados de sus evaluaciones como complemento de la enseñanza. Su frecuencia, cantidad y distribución no afecta el desarrollo de los cursos.

III. RECURSOS HUMANOS

III.1. Cuerpo Docente

III.1.1. La carrera cuenta con un cuerpo docente, en número y composición adecuados, con dedicación suficiente que garantiza las actividades de docencia, investigación y extensión.

III.1.2. La trayectoria y formación en docencia, investigación y extensión de los miembros del cuerpo docente está acreditada y es adecuada a las funciones que deben desempeñar.

III.1.3. Los docentes poseen título universitario de igual o superior nivel al de la carrera, salvo excepciones cuando se acrediten méritos sobresalientes.

III.1.4. Los docentes tienen una adecuada participación en proyectos de investigación y/o extensión

III.1.5. La Institución cuenta con un registro actualizado de los antecedentes académicos y profesionales del personal docente, de carácter público, que permita evaluar el nivel del cuerpo docente.

III.1.6. El ingreso a la docencia está reglamentado y se ajusta a normas públicas no discriminatorias.

III.1.7. Los docentes son evaluados periódicamente y son informados de los resultados de todas las evaluaciones, incluyendo la opinión de los alumnos sobre su desempeño. Los mecanismos de promoción docente toman en cuenta la evaluación del desempeño académico.

III. 2. Estudiantes y Graduados

III.2.1. La carrera cuenta con mecanismos de admisión acordes a sus objetivos y propósitos.

III.2.2. La carrera ofrece mecanismos de admisión explícitos y conocidos por los postulantes de manera de asegurar la no discriminación.

III.2.3. La carrera posee mecanismos de seguimiento y de diseño de estrategias que aseguren un normal desempeño de los alumnos a lo largo de su proceso de formación.

III.2.4. La carrera cuenta con mecanismos de resguardo de la información relacionada con exámenes, trabajos prácticos, informes sobre experiencias de laboratorio, taller, campo y trabajos de integración, que permiten evaluar la calidad del trabajo de los estudiantes.

III.2.5. La carrera prevé mecanismos de actualización, formación continua y perfeccionamiento profesional de los graduados.

III.2.6. La carrera cuenta con mecanismos de seguimiento de graduados y favorece la participación de los mismos en la institución.

III.3. Personal de apoyo

III.3.1. La institución cuenta con personal de apoyo para atender las necesidades de la carrera.

III.3.2. La institución cuenta con un sistema reglamentado de ingreso y promoción del personal de apoyo.

III.3.3. La institución cuenta con mecanismos de capacitación del personal de apoyo.

IV. INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO

IV.1. Recursos presupuestarios

IV.1.1. La unidad académica cuenta con un plan de desarrollo explícito que incluye metas a corto, mediano y largo plazo y que considera aspectos presupuestarios de inversión y gastos de operación atendiendo tanto al mantenimiento como al mejoramiento de la calidad.

IV.1.2. La unidad académica cuenta con mecanismos de planificación administrativa y financiera, con programas de asignación de recursos que privilegien la disposición de fondos adecuados y suficientes para el desarrollo de las actividades académicas.

IV.1.3. La institución cuenta con derechos sobre los inmuebles.

IV.2. Aulas y equipamiento

IV.2.1. La unidad académica cuenta con aulas suficientes en cantidad, capacidad, disponibilidad horaria para el desarrollo de las clases, en relación al número de alumnos.

IV.2.2. La unidad académica cuenta con equipamiento didáctico de características acordes con las metodologías de enseñanza que se implementan.

IV.3. Bibliotecas y centros de documentación

IV.3.1. La carrera tiene acceso a bibliotecas y/o centros de información actualizados, que disponen de un acervo bibliográfico pertinente, actualizado y variado, con equipamiento informático y acceso a redes de bases de datos.

IV.3.2. La biblioteca y/o el centro de información cuenta con personal suficiente y calificado para su dirección y administración.

IV.3.3. El servicio a los usuarios y el horario de atención es adecuado.

IV.3.4. La biblioteca o centro de información cuenta con un registro actualizado de los servicios de préstamo.

IV.4. Laboratorios, campos y otras instalaciones requeridas por el plan de estudios.

IV.4.1. La carrera cuenta con laboratorios y áreas de experimentación (propios o bajo convenio), suficientes en cantidad, capacidad, disponibilidad horaria, equipamiento y mantenimiento que se adecuan a las necesidades y objetivos fijados.

IV.4.2. La carrera dispone de equipamiento informático y didáctico acorde con las necesidades pedagógicas.