COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General 2/2011

Apruébase los Diseños de Registros de Percepciones y Retenciones del Sistema SIRCAR.

Bs. As., 13/4/2011

VISTO:

La Resolución General Nº 84/2002 de Comisión Arbitral que aprueba el Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación (SIRCAR), y

CONSIDERANDO:

Que las jurisdicciones adheridas a tal Sistema han encomendado a la Comisión Arbitral, como ámbito en el que se receptan y canalizan las inquietudes de los fiscos integrantes y sus administrados, la modificación del contenido de las Declaraciones Juradas que presentan los Agentes, para que se incluya en las mismas la tipificación de sus distintos Regímenes de Retención y/o Percepción;

Que en consecuencia es necesario formalizar el cambio de diseño de registro de las Declaraciones Juradas que recepta el Sistema;

Por ello:

LA COMISION ARBITRAL

(Convenio Multilateral del 18-08-77)

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar los "Diseños de Registros" de Percepciones y Retenciones del Sistema SIRCAR, que se detallan en los Anexos I y II de la presente Resolución, de uso obligatorio para todas las presentaciones de Declaraciones Juradas en el Sistema que se realicen a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente, aún cuando las mismas correspondan a períodos fiscales vencidos.

Art. 2º — Las tipificaciones de los Regímenes de Retención y Percepción informadas por las jurisdicciones adherentes, estarán disponibles en Internet en el sitio www.sircar.gov.ar, a través del menú "Información".

Art. 3º — La presente Resolución será de aplicación a partir del día 1º de julio de 2011.

Art. 4º — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Alicia Cozzarin de Evangelista. — Mario A. Salinardi.

ANEXO I

ANEXO II