MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución 423/2011

Apruébase el modelo de tarjeta identificatoria del personal que ejerce funciones en el Centro de Frontera Paso de los Libres.

Bs. As., 4/5/2011

VISTO el Expediente Nº S02:0002003/2011 del registro de este Ministerio, las Leyes Nros. 26.338 y 22.352, el Decreto Nº 2476 del 26 de noviembre de 1990, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 22.352 establece el régimen jurídico de los Centros de Fronteras.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 3º de la Ley citada precedentemente, la ex Superintendencia Nacional de Fronteras, tiene a su cargo la administración de los Centros de Fronteras.

Que sin perjuicio de que por el Decreto Nº 1409 del 3 de diciembre de 1996 se estableció que la Secretaría de Seguridad Interior ejercería la totalidad de las funciones atribuidas a la disuelta Superintendencia Nacional de Fronteras, y se designó a su titular Presidente de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad, en virtud de las competencias asignadas por la Ley Nº 26.338, corresponde a quien suscribe entender en la presente cuestión.

Que mediante el Decreto Nº 1554 del 20 de diciembre de 1982, se creó el Centro de Frontera Paso de los Libres.

Que el Decreto Nº 2476 del 26 de noviembre de 1990, dispone que todos los agentes que desempeñen sus tareas de atención al público deberán portar durante su jornada laboral, de manera visible y clara su nombre, apellido y cargo con el fin de que los usuarios puedan identificar en toda circunstancia al agente que los atiende.

Que, en virtud de lo dispuesto en el Decreto arriba individualizado y a fin de profundizar las acciones tendientes a mejorar la prestación de servicios en el Centro de Frontera Paso de los Libres, se propicia por este acto, la implementación de una tarjeta identificatoria de los agentes dependientes de esta Cartera de Estado que brindan servicios en el mencionado Centro de Frontera. De esta forma, los usuarios del Paso Internacional Paso de los Libres-Uruguayana tendrán un cabal conocimiento de los funcionarios que los atienden.

Que, asimismo, las tarjetas en tratamiento poseerán un sistema en virtud del cual los empleados del Centro de Frontera Paso de los Libres, registrarán el ingreso y egreso a sus puestos laborales, lo que redundará en la posesión de un conocimiento fehaciente, por parte de esta Cartera de Estado, respecto de las jornadas cumplimentadas por los mismos.

Que ha intervenido la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio.

Que la presente Resolución se dicta conforme lo preceptuado por las Leyes Nros. 22.352 y 26.338.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

Artículo 1º — Aprobar el modelo de tarjeta identificatoria del personal dependiente de esta Cartera de Estado, que ejerce funciones en el Centro de Frontera Paso de los Libres, el cual obra como Anexo I de la presente.

Art. 2º — Todos los agentes arriba mencionados, tendrán derecho a que se les otorgue la tarjeta en tratamiento.

Art. 3º — Los empleados de este Ministerio afectados al Centro de Frontera Paso de los Libres, deberán registrar tanto el ingreso como el egreso a sus puestos de trabajo de manera electrónica a través de sus tarjetas identificatorias.

Art. 4º — Los citados agentes deberán portar durante el desarrollo de toda su jornada laboral, en forma visible, en el frente superior izquierdo de su indumentaria, la tarjeta identificatoria que esta cartera de Estado les proveerá.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I

Modelo de la tarjeta identificatoria.