Secretaría Legal y Técnica Presidencia de la Nación

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

Resolución 32/2011

Establécese el arancel por el servicio de edición web de Anexos de actos administrativos, no publicados en la edición gráfica.

Bs. As., 4/5/2011

VISTO la propuesta efectuada por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, el Decreto Nº 1172 del 3 de diciembre de 2003 y la RESOLUCION SLyT Nº 83 del 28 de diciembre de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que por el acto citado en primer término se estableció que los Anexos de los actos administrativos emanados del PODER EJECUTIVO NACIONAL, no publicados en la edición gráfica del BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, podrán visualizarse en forma libre y gratuita a través del sitio www.boletinoficial.gov.ar.

Que los organismos emisores de tales actos solicitan expresamente a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL la inclusión o no, de los Anexos respectivos, en la edición gráfica del BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.

Que la visualización de documentos a través del sitio web del organismo requiere del desarrollo diario del proceso editorial informático.

Que hasta la actualidad los costos correspondientes al proceso de edición de los Anexos en el sitio web han sido soportados íntegramente por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.

Que teniendo en consideración el establecimiento de la gratuidad, para los usuarios del BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, de los servicios precedentemente mencionados, corresponde adecuar los ingresos del sistema de cooperación técnica y financiera con el fin de evitar un desbalance entre los costos de producción y las prestaciones a brindar.

Que resulta necesario establecer un arancel acorde con el servicio que presta el organismo editor.

Que los procesos de edición gráfica y vía web a cargo de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL requieren de la utilización de diversos recursos que garanticen su desarrollo en tiempo y forma.

Que asimismo se trata de contemplar cuidadosamente una tarifa racional y acorde con el servicio que se brinda y con los costos que ello conlleva.

Que por la RESOLUCION SLyT Nº 83 del 28 de diciembre de 2010 se han establecidoestablecido los precios por los servicios que brinda la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL de acuerdo con el Cuadro Tarifario que se consigna en el Anexo I que forma parte de la misma.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 918 del 17 de julio de 2001 y 1272 del 11 de octubre de 2001.

Por ello,

EL SECRETARIO LEGAL Y TECNICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1º — Establécese, a partir del 2 de mayo de 2011, el arancel por el servicio de edición web de Anexos de actos administrativos emanados del PODER EJECUTIVO NACIONAL, no publicados en la edición gráfica del BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, que presta la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL.

Art. 2º — Incorpórase al Cuadro Tarifario para los servicios que presta la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL aprobado como Anexo I de la RESOLUCION SLyT Nº 83 del 28 de diciembre de 2010, el Punto "1.2.4.- Anexos Edición Web no publicados en la Edición Gráfica".

Por cada página a publicar en tamaño A4 se cobrará la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 250).

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Carlos A. Zannini.