MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBDIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición N° 145/2011

Registro Nº 191/2011

Bs. As., 31/1/2011

VISTO el Expediente Nº 1.421.383/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.421.383/10, obra el Acuerdo celebrado entre la F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES, por la parte trabajadora, y, por la parte empleadora, la empresa TELEFONICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el mencionado acuerdo las partes establecen que las funciones realizadas en los puestos y organismos que se detallan en el Anexo I, que forma parte del mismo, pasan a estar encuadradas en el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 547/03 "E".

Que es dable indicar, que los términos de lo convenido son obligatorios como acuerdo marco colectivo sin perjuicio de los derechos individuales que asistan a los trabajadores involucrados.

Que a su vez, cabe señalar en relación a lo pactado que, tanto el ámbito personal como el territorial de aplicación, quedan estrictamente circunscriptos a la correspondencia de la representatividad entre los agentes negociales firmantes.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten las partes.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto surgen de lo normado por el Decreto Nº 454/10.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º — Declárase homologado el Acuerdo con Anexo celebrado entre la F.O.E.T.R.A. SINDICATO BUENOS AIRES y la empresa TELEFONICA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.421.383/10.

ARTICULO 2º — Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente acuerdo, obrante a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.421.383/10.

ARTICULO 3º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación, de carácter gratuito, del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de conformidad a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. ADRIAN CANETO, Subdirector Nacional de Relaciones del Trabajo; Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.421.383/10

Buenos Aires, 7 de febrero de 2011

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 145/11, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 191/11. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 días del mes de junio de 2010, se reúnen, por una parte, los Señores Osvaldo IADAROLA, Claudio MARIN y Alejandro TAGLIACOZZO en representación de FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES y por la otra, los Sres. Hugo RE, Norberto CARLOTTO y Laura LONGARELA, en representación de TELEFONICA DE ARGENTINA S.A., quienes manifiestan lo siguiente:

PRIMERO: Las funciones que hasta la actualidad se encontraban encuadradas como "fuera de convenio" según el detalle de puestos del anexo I y en los organismos que allí mismo se indican, pasan a formar parte del ámbito de aplicación del CCT 547/03 E.

Dichas funciones forman parte de las categorías y denominaciones convencionales existentes.

SEGUNDO: En atención a los términos del acuerdo arribado, las partes manifiestan que nada más tendrán que reclamarse recíprocamente por ningún concepto, respecto de la incorporación al CCT 547/03 E de los trabajadores que ocupan los puestos "fuera de convenio" que se detallan en el Anexo 1 y en los organismos que allí mismo se indican, alcanzados por el presente acuerdo, sobre cuyas eventuales consecuencias y derivaciones las partes manifiestan que se encuentran definitivamente acordadas las diferencias que pudieran haberse originado.

Las partes acuerdan solicitar a la Autoridad de Aplicación la pertinente homologación del presente, en aquellas cuestiones que resulte pertinente.

Sin más, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

ANEXO I (ACTA 29/6/2010)

Nombre del Puesto

Código Oficina

Descripción de la Oficina

Empleados

ANALISTA JR - 13

100350300010

GESTION DE ALTAS

1

ANALISTA SSR - 21

100101000000

IMPUESTOS MUNICIPALES

1

100350400010

GESTION DE NOMINA TASA

2

05030000001 A

ADMINISTRACION DE CORRESPONSALES

1

ASISTENTE JR - 11

100101000000

IMPUESTOS MUNICIPALES

2

ASISTENTE SR -13

100150000000

IMPUESTOS

1

ASISTENTE SSR - 12

100150000000

IMPUESTOS

1

ESPECIALISTA JR - 13

170310000000

JEF. DE ANALISIS Y GESTION DEL FRAUDE

1

ESPECIALISTA JR - 21

100710000000

GCIA. GESTION DE CLIENTES

1

SOPORTE SR - 21

81058000000A

TUPS COM INTERIOR 1

1

Total general

12