ENERGIA ELECTRICA
Ley 26.675
Ley N° 14.772. Declaración de jurisdicción nacional respecto de los servicios públicos de electricidad interconectados.
Sancionada: Abril 13 de 2011
Promulgada de Hecho: Mayo 11 de 2011
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1ş La declaración de jurisdicción nacional establecida por el artículo 1° de la Ley 14.772 respecto de los servicios públicos de electricidad interconectados ubicados en numerosos partidos del Gran Buenos Aires está referida exclusivamente al territorio ocupado a la fecha de sanción de la ley por las redes de distribución de las empresas antecesoras de SEGBA S.A., más una expansión razonable de las mismas.
ARTICULO 2ş Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE.
REGISTRADA BAJO EL Nş 26.675
JULIO C. C. COBOS. EDUARDO A. FELLNER. Enrique Hidalgo. Luis G. Borsani.